En España, tenemos completos o casi completos además del nuestro, los Esmaragdos de Silos y de S. Millán de la Cogolla (éste se encuentra hoy en la R. A. de la Historia) (nota 1.- :
(1) La «Lista de códices visigóticos» que A. Millares pone en el Apéndice II de su Tratado de Paleografía española. Madrid, 1932, pag. 451 y sigs., cita los siguientes códices:
106. - MADRID, Bibl. Nac. 18672.99 s. XI. Smaragdus. In regulam S. Benedicti. - Fragmento.
148.-MADRID. Academia de la Historia. Aemilianensis 26 (F. 196). s. IX. Smaragdus. In regulam S. Benedicti.-Liber scintillarum, etc.
179.-MANCHESTER. John Ryland's Library. lat. 116. S. IX. ex. Smaragdus. In regulam S. Benedicti.
180.-MILLAN (SAN) DE LA COGOLLA. a. 954 Smaragdus. In regulam S. Benedicti.
234.-SILOS. Arch. del Monast. ms. 1 (antes H). Smaragdus, In regulam S. Benedicti, s IX-X.
243. -SILOS. Arch. del Monast., fragms. 5-16. s. X. Smaragdus. In regulam S. Benedícti. Doce folios.)
pero mientras el Silense, por ejemplo, ha sufrido menos mutilaciones y lleva notas marginales con glosario romance (explicación de palabras latinas por otras también latinas más vulgares), el de Valvanera, contiene cuatro folios adicionados para refuerzo del manuscrito, con fragmentos litúrgicos en música «in campo aperto» de muy estimable valor. El Silense conserva más completo el Prólogo de la Regla con su correspondiente comentario, pero le faltan los primeros folios hasta «et apertis oculis ad deificum lumen», folios que conserva el de Valvanera, en los cuales (principio del comentario) aparece un Prefacio en dísticos latinos muy probablemente del mismo Esmatagdo, al cual sigue el Proemio al Prólogo de la Regla.
El Esmaragdo de Silos posee los capítulos últimos que al de Valvanera faltan y en cambio éste termina con una lección (fragmento) ascético-monástica (especie de Proverbios) que en aquel no se contiene, por todo lo cual es necesaria una fiel transcripción de cada uno de estos códices, acompañada de un estudio comparativo.
El mérito principal de estos códices llamados Esmaragdos por el nombre del famoso Comentarista, radica más que en la respetable antigüedad en que fueron escritos (nota: La primera parte del Esmaragdo de Silos pertenece a los últimos años del IX ), en la mayor o menor pureza con que presentan el texto de la Regla Benedictina.
La redacción directa hecha por S, Benito de su Regla sufrió en siglos posteriores algunas correcciones e interpolaciones de atrevidos copistas que llegaron a generalizar y consagrar como copia fiel e integra del manuscrito primitivo casinense, sus descuidos e intromisiones sin fundamento.
Los códices que llevan este sello de adulteración y que fueron escritos la mayor parte en los siglos X, XI y XII, forman la familia denominada «Textus Receptus».
El códice original del abad Esmaragdo es derivación directa del manuscrito que el abad de Montecasino, Theodomaro, envió a Carlomagno en año 787 y que constituye fuente pura si atendemos a la siguiente frase que dirigió al emperador: «"Iuxta praeceptionem vestram, en vobis Regulam Beati Patris de ipso codide quem ílle suis sanctis manibus exaravit, trascriptam direximus»; pero teniendo en cuenta el prurito de los copistas de corregir, especialmente a partir del s. X, obligan a priori a dudar de la fidelidad en la redacción en los manuscritos que contienen el Comentario y Texto de la regla por el abad Esmaragdo.
El Texto de la Regla Benedictina según el Códice de Valvanera se libró por suerte de estas atrevidas intromisiones según se observa al cotejarlo con el ms. Sangaliense del 914 que constituye hoy día, uno de los testigos más serios de la primitiva redacción casinense.
Cuando aparezca la transcripción del texto de la Regla según nuestro Esmaragdo, que saldrá pronto acompañada del correspondiente aparato critico, se podrá ver que no sigue el texto «Vulgatus» inserto en Migne, sino el primitivo, contra lo cual no obstan las pequeñas modificaciones filológicas que tanto nuestro Comentario como todos los demás códices, llevan consigo, especialmente aquellos que fueron escritos en la época de mayor corrupción del bajo latino
Además. la integridad de un ms. de esta índole no debemos conjeturarla como regla segura, por la época y la región en que fué escrito, si bien estas circunstancias ayudan poderosamente; ni tampoco decir, que el Esmaragdo escrito en España en el s. X, lleva forzosamente consigo las mutaciones e impurezas literarias de los códices colocados en la línea Italia, Alemania, Francia y España; no conocemos sobradamente las correrías de estos y los copistas tenían delante muchas veces originales o copias originales de procedencia lejana. Por otra parte, ¿quién negará al menos la probabilidad de que la tradición casinense, con relación a la redacción pura y genuina del Texto de la regla, pasase igualmente pura a nuestra Patria sin hacer dicho recorrido? Si el imperio de Carlomagno fué fértil a la semilla monástico, benedictina, a raíz de la muerte de S. Benito, España admitió conjuntamente y con el mismo entusiasmo la Regla del Patriarca de los Monjes de Occidente, hallándose geográfica e históricamente a la misma distancia de la patria del Santo que aquellas naciones.
Conservación, mutilaciones y división del Códice
La malhadada Exclaustración del 35 hizo estragos en los archivos, especialmente monasteriales y por consiguiente en el de Valvanera. Los pocos fondos documentales que conserva fueron salvados como de milagro, parte por los PP. exclaustrados que sobrevivieron a la calma masónico-liberal en la que fué posible la Restauración del Santuario, parte por personas devotas a cuyas manos fueron a parar algunos documentos, quienes se apresuraron a devolver a Valvanera lo que con tanto esmero y durante tantos años y siglos había poseído. Lo restante que conservamos se salvó gracias a la inteligente y afanosa búsqueda del Rmo. P. Abad D. Agustin Urcey.
Pero hasta tanto ¿por qué manos pasaron estos documentos? Sólo señalo, por vía de ejemplo, que el Rmo. Urcey díó por casualidad con el famoso Becerro Gótico en los altos de una casa de Viniegra (de Abajo?).
El códice de Esmaragdo experimentó también los efectos de estas desgraciadas correrías. Lo dice claramente la bárbara mutilación que en él se advierte, privándole nada menos que de 15 capítulos, sin contar los fragmentos de otros.
Consta actualmente de 95 folios (piel de becerro) de 25 x 30 cms., sin contar cuatro más que se añadieron para refuerzo y mejor conservación del Códice; folios adicionados, de gran valor por cierto por su antigüedad y por contener varios fragmentos litúrgicos en notación neumática «in campo aperto». De ellos haremos la transcripción literaria, después de un breve juicio sobre su antigüedad y características paleográfico-musicales.
Guarnecen el manuscrito dos toscas tapas de madera, forradas de carcomida piel una de ellas y el canto, pues los malos tratos privaron de este fuerte revestimiento a la otra tapa.
Antiguamente esta piel de las tapas era sujetada por 10 clavos de plomo, bastante gruesos, de los que se conservan solo tres: dos en la tapa anterior y uno en la posterior. Cinco correas unen el cuerpo del Códice con las tapas a las que taladran toscamente, apareciendo los cabos por la parte interior de aquéllas.
El Códice está dividido en tres partes o Libros, división que afecta más bien a la parte material que a la literaria pues además de no apreciarse en ella separación alguna lógica, es más que suficiente la capitulación tradicional de la Sta. Regla.
Hé aqui esta triple división:
1.ª parte:
Desde el Prólogo, precedido de un Prefacio en dísticos latinos y un Proemio en prosa, hasta el Cap. IV de la Regla (Quae sint instrumenta bonorum operum), folio actual 26, V., correspondiente al antiguo 37. Enuncia de este modo la división:
«Explicit explanatio liber
primus in Beati Benedictí
Regula ab Zmaracdo Abbate editus
Incipit eiusdem liber segundus
in eadem Regula Deo gratías».
Como se acaba de ver, en el vuelto del mismo folio comienza la segunda división que alcanza el Capítulo VIII exclus. (De Officiis Divinis in noctíbus).
Esta tercera división está enunciada de esta manera:
«Incipit expositionis liber tertius
in Beati Benedicti Regula. VIII.
De officiis diuinis in noctibus».
Aunque faltan muchos capítulos de la última parte, como más abajo se notará, probablemente el Códice no contenía más divisiones que las tres enunciadas si tenemos en cuenta la extensión de las dos primeras y los folio s que aproximadamente debían llenar la laguna de la tercera.
La mutilación que experimentó el manuscrito debió ocurrir sin duda en época reciente, quizás en los bárbaros tiempos de la Exclaustración. Digo esto porque la numeración que se advierte en la parte superior de los folios, está hecha con tinta y formas que revelan un tiempo relativamente moderno, lo cual queda confirmado por los malos tratos que en el cosido, especialmente, recibió entonces, siendo urgente su reparación, pues se encuentran varias hojas sueltas, expuestas a extraviarse al menor descuido.
Hé aquí los cuadernillos (de 8 folios) de los cuales conservamos la cifra manuscrita (original): el I, III,V, VI, VII, VIII, XI, y XlIII ..
Posteriormente se numeraron los folios hasta el 111 inc. pudiendo continuar la numeración, hoy día, hasta el 120 inc.
Aquí se rompe la ilación, quedando después tres folios solamente (excluidos los de refuerzo) que alcanzarían aproximadamente la cifra 170 si tenemos en cuenta los capítulos que faltan y la extensión de la Glosa de Esmaragdo.
Para facilitar el trabajo de hallar el principio y final de las lagunas que se advierten, señalaré el lugar correspondiente, en la Edición Critica de Dom. Butler, para el Texto de la Regla, y en el Comentario de Torquemada (ed. Coloniae Agrippínae, anno M.D.LXXV.) para la glosa de Esmaragdo.
La numeración, al citar el Códice. será la colocada en el margen inferior, o sea, la correspondiente al número actual de folios.
Lagunas del Códice
Prólogo
Folio 7 v, correspondiente al último v, del cuadernillo 1.º
Termina el Texto de la Regla: «Ita enim omni tempore de bonis suis in nobis parendum» (Butler, pág. 2, línea 6).
Comentario: «Quando nosmetipsos abnegantes crucemque» (Torquemada. pág. 297, columna 1.a, línea 6).
Comienza el texto de la Regla:
«Post hanc interrogationem» (Butler, pág. 4, lin. 19).
Comienza el Comentario:
«(Intelli) gítur de quo esaias ait» (Torq., pág. 304, lin. 52, 1.a col).
Termina la Regla.
Folio 9 v, correspondiente al antiguo 17 v ):
«Unde et dominus in euangelio ait: qui Qudit uerba mea et facit ea, similis est uiro sapienti qui edificat domum suam supra petram, et cetera». (Butler, pág, 6, lin 5).
Termina el Comentario:
«Quasi consumationem perseberantie sue super fundamentum illut poni de quo alibi». (Torq., pág. 306, lin. 27, 1.a col) .
Comienza el texto de la Regla (folio 10, r.:)
«Hec conplens dominus expectat nos cotidie his suis santis monitis, factis nos respondere devere ... ». (Butler, pág. 6, lin. 12) ..
Comienza el Comentario:
«Apostolus ayt. Fundamentum enim aliut nemo potest ponere ... ». (Torq., pág, 306, col. 1.a, lin. 29).
Capítulo 1 de la Regla.
Texto de la Regla acaba (folio 15, v. Coincide con el final del III cuadernillo que antiguamente hacía de folio 23):
«Set in plumbi natura mollíti». (Butler, pág, 10, lin, 12).
Comentario acaba:
«Plumbum vero in ignem missum inmolescit et deperiit. Sic et monacus». (Torq., pág. 311, lin. 34, 1.a col).
Capítulo II.
Comienza el texto de la Regla (folio 16, r.):
«Abbas qui preese dignus est monasterio et semper meminere debet quod dicitur ... ». (Butler, pág. 12, lin. 4).
Comienza el Comentario:
«Non iracundum, non uinolentum ... ». (Torq., pág. 312, 1.a col, lin. 24) ..
Acaba el texto de la Regla (folio 21, v., correspondiente al 31 antiguo):
«Percute filium tuum uirga et liberabis anima eius a morte». (Butler, pag. 16, lin.10).
Acaba el Comentario:
«Castigatio autem in excomunicatione et in uerbis et in uerberibus ... ». (Torq., pág. 317, 10a col, lin. 51).
Comienza el texto de la Regla (folío 22, r.):
« Ut non solum detrimentum gregis sibi commissi non patiatur perire, uerum in augmentationís boni gregis gaudeat ... ». (Butler, pág. 17, lin. 8).
Comienza el Comentario:
«Et quanto gaudet cum gaudentibus, flet cum flentibus ... ». (Torq. pág, 318, 2.a col., lin. 45)0
Capitulo VII.
Texto de la Regla termina (fólio 61 v., correspondiente al 72 antiguo):
«Existimet se homo de celis a domino semper respici omni ora et facta sua omni loco ab aspectu diuinitatis uideri et ab angelis omni ora nuntiari ... ». (Butler, pag. 30 lin. 8).
Termina el Comentario:
«Et qui susceperit unum paruulum talem in nomine meo, me suscipit; post paululum addidit». (Torq., pag. 358, 2.a col., lin. 11).
Comienza el texto de la Regla (folio 62, r., correspondiente al 72 primitivo):
«Docemur ergo merito nostra non faceee uoluntatem». (Butler, pag. 31, lin. 8).
Comienza el Comentario:
«Obedibit et facere uoluntatem patris, quanto magis serbus debet obedire ... » (Torq. 359, lin. 19 de la 2 ª col.).
Capitulo XXI.
Termina el texto de la Regla (folio 76 v., correspondiente al 88 antiguo):
«Qui decani talis· eligantur in quibus securus abbas partiatur honera sua; et non eligantur per ordinem sed secundum uite meritum et sapientie doctrine». (Butler, pag. 53, lin. 10).
Termina el Comentario:
«Prepositi in abbates unus alium portans tanquam in muro lapides quadrati, apostolo testante qui ait: unus alteri». (Torq., pag. 375, 2.a col., lin. 26).
Capitulo XXXVII.
Comienza el texto de la Regla {folio 77 r., correspondiente al 105 antiguo):
«Preueniant oras canonicas ... ». (Butler. pag. 70, lin. 13).
Comienza el texto del Comentario:
«In estatis uero diebus quarta et secunda feria et sabbato infantuli sexta ora reficiant ... ». (Torq., pag. 392. 1.ª col., lin. 25).
Capitulo LVIII.
Termina el texto de la Regla (folio 92 v., correspondiente al antiguo 120):
«Quod ex illa die non licet egredi de monasterio nec collum excutere de sub iogo sic regule que sub tam morosain deliberationem licuit aut excusare out suscipere». (Butler, pag. 102, lin 33).
Termina el comentario:
«Cum uero ille dixerit posse omnia obedire et omnia abbotis uerba predicta quum se respon (derít)». (Torq., pag. 409, 1.ª col., lin. 12).
Nota.-Después del Comentario propiamente dicho, se encuentran los márgenes interiores de seis folios cortados intencionadamente por la mano de algún ignorante y enemigo, sin duda, de los valores históricos.
Viene seguidamente una lección ascético-monástica (Proverbio los llama su autor), la cual no aparece en las ediciones impresas del comentario de Esmaragdo.
Comienza, fragmentada, con las siguientes palabras:
«Timor domini custodit animan, continentia (sic) autem bona confortat illam».
Termina:
«Mementote eius qui dedit vobis in domino proverbia loculenta, et non oblisbiscaris animam eius humilem in tempore orationis. Finit, deo gratias·. (Amen)».
Aquí acaba el texto del Códice, inmediatamente antes de la Data y la Súplica.
De esta lección conservamos dos folios completos, más el recto y media columna del vuelto de otro.
Antigüedad del Códice
A pesar de la bárbara mutilación que ha sufrido a través de los tiempos, especialmente en la última parte, correspondiente al Libro 3.° del Comentario, tenemos la suerte de poseer el folio último en cuyo vuelto estampó caprichosamente el copista el siguiente colofón que no deja lugar a dudas sobre la fecha en que se escribió tan valioso manuscrito, añadiendo además, el nombre de los grandes príncipes cristianos que por entonces gobernaban en nuestra Patria.
Dice así:
EXPLICITUS EST CODEX
ISTE SUB DIE QUOD ERIT
IIIo IDUS MAIS DIE SABATO
ERA DCCCCXCIIA LUNE
CURSI XXIIo LUNA NONA
REGNANTE REX
ORDONIUS IN LE
GIONE ET COMITE
FREDENANDO GUNDESALBIZ
IN CASTELLA.
DEO GRATIAS.
Que quiere decir:
«Se acabó este Códice el día tercero de los idus de mayo (13 de Mayo), en sábado en la era DCCCCXCIIA (año de Xto. 954) del curso lunar XXIIº, luna nona. Reinando el rey Ordoño en León y el conde Fernán González en Castilla. Deo gratias».
Para ahorrar dificultades a la imprenta en la transcripción de la numeración antigua, he consignado la era conforme la actual costumbre, mas para conocer la forma del original, se advierte que el Códice pone: la L en forma de un dos bastante cerrado, y la X, con virgula en la parte superior del brazo derecho. Inmediatamente después de la Era, hay una A mayúscula cuyo objeto no es otro que el de adjetivar ordinalmente la numeración.
Cuando el copista era poco cuidadoso en la escritura, al señalar una fecha en que entraba la X de este género, originó en los historiadores equivocaciones nacidas de su descuido o incorrección. Estas X aparecen de muy diversas maneras para significar 40, pudiéndose agrupar en dos estilos generales: el de los que ponen la vírgula de tal manera que puede considerarse una prolongación del brazo derecho y a veces también en el izquierdo de la parte inferior, pero de manera que forme una parábola más o menos pronunciada; y el de los otros que adicionan la vírgula de modo que describen con ella, no una parábola, sino un ángulo curvilíneo.
Este último estilo es el que ofrete menos confusiones pues ya se advierte claramente la adición de aquella, y además es el genuino. La primera forma, si prolongá poco la virgula, hace dudar de la equivalencia 10 ó 40.
La X de nuestro Códice pertenece al segundo grupo, o sea, a aquel que escribe la vírgula ádicional de modo que ésta forme ángulo curvilíneo con el brazo de la X.
En su lectura no hay lugar a dudas, áparte de que, considerada como equivalente a 10, sería falso lo que el copista dice en el predicho colofón: re g n a n te r e x o r d o n i u s i n l e g i o n e e t c o m i t e F r e d e n a n d o G u n d e s a l v i z i n C a s t e l l a ..
Se ha hecho esta advertencia del abece paleográfico porque en el recto del folio 1.° de refuerzo al Códice, hay una nota de escritura relativamente moderna (siglo XVII?) que dice:
«haec regula SS. P. N. Benedicti omnium relligionum Patriarchae a manuenssibus exarata et scholiis exposita est sub ordonio 3.° legionis rege et sub comite fernando GundessaÍvo apud castellanos rerum potiente, quae omnia non leve sunt argumentum pro fundatione antiqua huius domus Valvaneriae cui scribebatur. Ordonius autem ipse obiit Zamorae anno dominicae incarnationis nongentessimo vigessimo octavo. Hoc primum patet ex penultimts iisceps maiuscutis ultimae pagine huius codicis»: (En esta última frase, se refiere a la data antedicha) ...
Sin duda alguna, de no haber sido distracción de la mano que zafiamente escribió sobre la notación musical del folio adicionado, la causa de su error histórico nació de su poca pericia en la paleografía, ya que ni Ordoño 3.° murió en 928, ni gobernó en fecha anteriormente aproximada.
Probablemente consideró el autor de esta nota la L como un dos y la X con vírgula, como 10, y duplicando la X leyó 20, lo cual en unión de los dos trazos verticales posteriores. le sumaron 22, así que en consecuencia leyó: Era 922.
Pero a pesar de esto ¿qué rey Ordoño (de los cuatro) vivió en esta fecha, u otra inmediatamente vecina? Ordoño 2.°; pero este murió en 924 y no en 928.
Más abajo y en el mismo folio y plana, corrigiendo a la nota de arriba se lee lo siguiente:
«El rey Ordoño 3.° entró a reinar según Morales, 3.° tomo, folio 233, el año de 950. D. Ordoño 2°, según el mismo, autor, folio 187, el año de 914; con que este libro no se pudo escribir en el año que la nota de arriba dize».
La mano de esta cita anduvo más acertada, pero no debía haber sacado la consecuencia de que el Códice no pudo escribirse en el año que señala la primera nota porque en él muriese Ordoño 3.° según la errada opinión de su autor, ya que éste no dice que el Códice se escribiese en 928, sino en tiempo de Ordoño 3.°, que murió en 928.
A continuación encontramos otra nota de la misma época, poco más o menos, que las anteriores y de mano al parecer distinta, que dice así:
«Yepes pone Era de 92 ...................... leyó 90 o fué hierro (sic) de la imprenta?».
El autor de esta nota cojeaba del mismo pie que el de la primera, con la diferencia de que el error de este no radica en la mala interpretación de la L y de la X sino en los trazos verticales posteriores que equivalen naturalmente a dos.
Como estos dos trazos verticales están unidos por los extremos con las líneas marginales de la franja (las líneas del colofón están sobre franjas amarillas y azul obscuros) que sirve de fondo al texto de la data, adquieren la forma de H cerrada sin la línea del centro, y esto, unido a que detrás viene una A para convertir el numeral en ordinal, pensó tal vez que estos últimos signos no tenían nada que ver con la numeración de la Era.
Yepes leyó muy bien 92 y no hubo error alguno de imprenta en su Crónica al señalar la era del Esmaragdo de Valvanera.
Lo. que debían haber hecho esos monjes poco cuidadosos es no emborronar un folio valiosísimo en el cual no tuvieron la delicadeza de respetar los fragmentos litúrgicos con neumas sin líneas, que en él se contienen. Menos mal que la tinta primitiva, debido a ser más negra y fuerte, permite con un poco de paciencia descifrar la música y el texto literario de aquellos.
La misma recriminación merecen otros que con mano verdaderamente zafia, sembraron de borrones casi todas las planas de los cuatro folios, colocados para refuerzo del Códice.
El colofón está escrito en hermosas capitales y, según se ha dicho, sobre franjas amarillas y azul,obscuras, alternativamente colocadas por líneas y que sirven de fondo a las letras. Estas son rubras y negras, de modo que las de color rojo están sobre fondo amarillo para destacarse más, y las negras, sobre las franjas azules.
Características paleográficas
Diciendo que el Códice fué escrito en Castilla a mediados del s. X (era 992, año de Xto. 954) revelamos el tipo de letra o sea, el visigótico, predominante en esta época en nuestra Patria si exceptuamos la región denominada Marca Hispánica, La letra es limpia y correcta, a dos tintas: negra, o más bien, ocre pálido para la glosa de Esmaragdo, y rubra generalmente para el texto de la Regla.
En los adornos de las capitales entran, además, el amarillo, azul-cobalto, verde-obscuro, violeta-claro y púrpura-violáceo, colores que conservan la misma fuerza de tonalidad en su respectivo plano, y desprovistos en general de líneas que apunten el relieve.
En la O inicial del folio actual 86 v. al representar la corola de una flor se advierte una de las pocas excepciones, pues en el androceo, sobre un fondo violeta pálido, se destaca un circulito verde obscuro que quiere producir el efecto de relieve redondeado. Más donde se aprecia la pericia del miniaturista es en los entrelazados de algunas capitales donde una candorosa ingenuidad va unida con una delicadeza sorprendente. Véanse, por ejemplo, la O miniada del folio acto 80, v.; la O del mismo folio. r.; las A de los folios 105, r. y 79, V.
Por regla general, los adornos son sencillos, abundando los trebolados, peinecillos, fileteados. serpenteados y entrelazados. Frecuentemente los remates son de forma lanceolada y trebolada.
De letras que imiten figuras grotescas de animales, solo tenemos un ejemplo y es en el folio 76 actual, correspondiente al antiguo 88, r. Aquí aparece una S en forma de ave con cola de pez.
Lo que nos encanta al contemplar estas capitales miniadas es la candorosa sencillez plasmada en ellas. Obsérvese la A del Absculta y la Q inicial del Comentario sobre el séptimo grado de humildad (fol. acto 66, v.) cuya ejecución nos haría pensar hoy en un distraído niño de escuela que burla las miradas del maestro para entretenerse en dibujar figuras recargadas de puntos y circulitos.
Respecto a la redacción gramatical del texto, huelga decir que este se halla sujeto a las incorrecciones del periodo de mayor corrupción del sermo vulgaris latino, aparte de las frecuentes erratas del copista. Así leemos: Set, Omines, Honerati, Esaias, Karitatem, Mici, Iniqus, Temtatio, Ac Hac. (por hac, ac).
Frases de bárbara construcción como éstas:
Nunc ergo filit, audi me et non accedas ad hostia antiquorum virorum; Qualiter pribatis diebus Matutinis agantur; Si quid debeant monacus propium abere; De oratorio monasterio; De eo quod non omnis obserbationibus iustitie in ac sit regula constituta .
Los signos ortográficos, además de ser muy escasos en variedad, no siguen una regla fija en las diversas especies gramaticales de separación, de modo que el signo que quiere representar a la coma, según el contexto, aparece en otros lugares haciendo las veces de punto y viceversa. El copista solo quería mostrar en el curso del texto, separación de cláusulas, sin distinguir el grado gramatical de éstas.
Los signos de admiración e interrogación no se encuentran en el Códice.
No obstante esta confusión ortográfica, podemos establecer la siguiente clasificación, atendiendo a la frecuencia con que en determinados casos se usan los signos:
Para el punto final y el punto intermedio casi siempre se ve escrito el signo ., encontrándose a veces este otro : o sea, el representado por dos puntos superpuestos, el cual sirve más frecuentemente de punto final.
Para representar la coma y el punto y coma, usó el copista de todas estas formas:
punto .
punto seguido de punto y coma .;
admiración !
dos comas superpuestas e invertidas generando aproximadamente el número 6 sobre el 9
dos comas en sentido vertical y entre ellas la admiración !
Sobre el autor o copista del Esmaragdo de Valvanera
Ni después de la data, ni tras la Súplica del amanuense leemos el nombre de éste. Suhumilad o quizás el predicho raspado después de las letras OR (orabies), nos han privado de conocer un dato interesante para la historia pues del solo nombre podríamos colegir otros conocimientos que nos darían luz para asentar afirmaciones fluctuantes.
Solamente nos dice o podemos leer que los que canten o lean en el Códice. no cesen de rogar al Señor del cielo por sus siervillos. incluyéndose él entre ellos, y que la transcripción del ms. le ha hecho pasar muchas noches desvelado, aconsejando a los lectores. que sigan las huellas marcadas en él para merecer vivir en el Reino Celestial.
El Esmaragdo de Silos es firmado por un tal «Iohánnes, presbiter»; el de San Millán parece, según referencias, que también es anónimo.
Por el Códice, pues, no sabemos el nombre del copista; quizás entre los folios desaparecidos, que son muchos, hubiera aparecido alguna nota que nos indicase algo.
Los historiadores antiguos del Monasterio sostienen, basados en la tradición, que su autor fué el monje de Valvanera, Simón Pérez, apellidado por antonomasia «el escritor», a quien también le atribuyen la famosa Biblia Gótica que Morales llevó de Valvanera al Escorial por consejo de Felipe lI.
La única razón positiva que dichos historiadores aducen es la tradición, porque solamente la tradición, respetable por cierto, nos asegura que la referida Biblia, que tanto alabó Morales, es obra de Simón Pérez; ahora bien, aquel autor al examinar su letra dice: «y aunque no se dice en ella cuándo se escribió, cierto, la forma de la letra asegura ser de estos tiempos (s. XI) y aún de más atrás. Trujóse esta Biblia del monasterio de Ntra. Sra. de Valvanera de la Orden de S. Benito ... »
Cuantos pudieron ver la Biblia y el Esmaragdo, observan una similitud paleográfica tan grande que aseguran que una misma mano los escribió; y como la Biblia se atribuye a Simón Pérez, a este mismo autor atribuyeron el Esmaragdo.
La tradición y la posesión inmemorial de este códice favorecen la opinión sostenida por todos los historiadores, entre ellos, por el citado Morales, en cuyo tiempo esa creencia se hallaba muy arraigada, lo cual, por otra parte, no niega la posibilidad de que" otro scriptorium que el de Valvanera produjese obras tan admirables.
¿ Qué prueba constituye el Esmaragdo de Valvanera para la antigüedad del Santuario?
Para Yepes es prueba segura de la antigüedad de Valvanera como abadía benedictina el Códice de Esmaragdo, pues no solo señala sin dudar que el Códice se escribió en Valvanera, de lo cual se desprendería naturalmente que la Regla Benedictina se observaba en nuestro monasterio en el año 954, fecha en que se escribió el Comentario, sino que aún remonta la entrada de los Benedictinos en el Santuario Riojano a tiempos anteriores «muchos años antes de los reyes D. Fernando de Castilla y D. García de Nájera» (Yepes, Centuria 1.ª folio 284, v.).
Este argumento, basado en la antigüedad del Comentario de Esmaragdo, no diré que es gratuito por lo dicho, pero quitada esta creencia inmemorial, en la cual no hace gran incapié el sabio Cronista, por la cual se atribuye al monje de Valvanera, Simón Pérez, la posesión de este no es razón suficiente para afirmar categóricamente el que se escribiese en la casa poseedora, en nuestro caso, Valvanera, porque ya sabemos que de un scriptorium se repartían Códices para otros monasterios e iglesias, a veces muy distantes; y además, los orígenes de Valvimera como Monasterio benedictino son obscuros por su antigüedad y por los pocos datos que nos suministra la Historia Latina de Castroviejo, o mejor dicho por el poco crédito que se merece el Catálogo Abacial de este historiador o de su amanuense, especialmente en lo que se refiere a los primeros prelados del Santuario. El sabio historiador Rmo. Urcey señala ocho lagunas en el abaciologio de esta Historia latina, aparte de otros hechos de capital importancia para la historia de Valvanera que no debía callar el autor o el copista, aunque se tratara de un relato compendiado.
Al fijar con mayor o menor proximidad los orígenes de Valvanera no debemos dejar arrastrar la imaginación por el entusiasmo de piadosos historiadores quienes basados en escrituras inventadas o en memorias que no vieron ni probaron, remontan el desenvolvimiento de la vida benedictina en Valvanera a los siglos VII y VIII. Pero tampoco, repito, debe ser un argumento irrecusable que debemos seguir letra por letra la Historia Latina, traducción de la escrita en «román paladino» probabilisimamente por Gonzalo de Berceo.
Hay que tener en cuenta, 1.°, que dicha historia fué traducida por el abad Castroviejo el año 1419 y redactado su original en el primer tercio del s. XIlI (en tiempos del abad Juan Sánchez), fecha en que la Invención de la Imágen de Valvanera, base y centro de la vida monástica en los montes Distercios, resultaba lejana.
2.º. Que se escribió compendiosamente y de modo que los hechos muy distantes se agrupan como inmediatamente cercanos.
3.º. Que se redactó para fomentar la piedad y que la critica histórica, aunque no excluida, no ocupa lugar preeminente y prueba de ello son las lagunas aludidas.
4.º. Que la vida en Valvanera y, por consiguiente, el desenvolvimiento de los hechos sigue un ritmo muy lento, debido especialmente a las dificultades que en estos lugares crea la Geografía.
Con estos antecedentes probaremos acercarnos y rebasar, si es posible, la fecha 954 en que se escribió el Esmaragdo para ver al menos una posibilidad de que el Códice se escribiese en Valvanera.
La primera fecha que aparece en la Historia primitiva es el año 1035 en cuyo tiempo gobernaba D. Nuño, cuarto de los abades señalados por aquella. Supongamos que no hay errata en la fecha. en el nombre y en la numeración ordinal, y podemos fijar la elección del primer abad hacia el 1085, poco más o menos, pues hay que tener en cuenta que aunque se encuentran prelacias cortas, aparecen abades con más de 30 años de gobierno como D. Iñigo y D. Alvaro, y que los abadiazgos de los primeros prelados son, en general. largos.
Ahora bien, en tiempo del abad D. Sancho (primero del Catálogo) eran 103 los monjes, «sin contar al predicho abad D. Sancho».
Estos cenobitas no tenían más entradas económicas que las limosnas de los fieles y los bienes que percibian de la Granja de Villanueva (junto a Anguiano) donación del «Píísimo» D. García de Navarra; y ahora nos preguntamos: ¿cuándo comenzó a desenvolverse este cenobitismo propíamente dicho, en Valvanera? ¿Qué tiempo estuvieron los monjes sin abad hasta la elección del predicho D. Sancho? ¿Qué lapso de tiempo transcurrió desde la Invención de la Sagrada Imágen y desde el cenobítismo, que se practicaba en tiempo de los penitentes Nuño y Domingo (los que encontraron la Imagen), hasta la consolidación y florecimiento de la vida monástica del abadiazgo del primer abad D. Sancho? No lo sabemos; quizás nos quedemos cortos, quizás largos al señalar la fecha, porque pisamos terreno basado en conjeturas pero no seamos excesivamente parcos temiendo a la crítica, al remontar o extender la vida benedictina siquiera a los últimos años del primer tercio del s. X, lo justo para decir que nuestro Esmaragdo pudo escribirse en Valvanera. Y no nos sorprenda llamar benedictino al monacato de esta época porque en el vecino monasterio de S. Millán de la Cogolla, con certeza, ya se observaba la Regla del Patriarca de Occidente
La Historia Latina nos dice que cuando el Angel reveló a Nuño el sitio donde estaba oculta la Sagrada Efigie, le habló de este modo: «Procurarás construir en ese lugar un oratorio, que, pasado poco tiempo, se convertirá en monasterio de varones, que no cesarán de rogar por los vivos y difuntos». Efectivamente, atraídos por la fama de las virtudes de Nuño y Domingo, la soledad de Valvanera vióse animada por muchos anacoretas, llegando a 116 su número, los cuales se reunían los Domingos para oir Misa, confesar, comulgar y oir la predicacióndel Santo presbítero Domingo, compañero de Nuño. Pero téngase en cuenta que desde la época en que comenzó este género de vida religiosa (anacorético,cenobitica), hasta los tiempos de D. Sancho debieron pasar muchísimos años y si en la historia de Castroviejo aparecen juntos los hechos es debido a que faltan tres folios (el 16, 17 y 18) en los cuales sin duda hablaría el historiador de los principios del monacato extrictamente considerado, según se desprende de la frase del folio 19: «Numerus uero Fratrum erat centessimus tertius absque praefato abbate Sanctio ..... » del cual antes de las hojas cortadas, no se hace mención.
Esto se ve confirmado plenamente por el Privilegio tan barajado por los historiadores del Santuario, y con razón, porque, pese a los vanos prejuicios de algunos, aún no se ha objetado en contra de su autenticidad con argumento alguno digno de tenerse en cuenta.
Me refiero a la copia original que se conserva en Valvanera del Privilegio del rey D. Alfonso VI, firmado en el monasterio de S. Salvador de Oña en la Era MCXXX correspondiente al año 1092.
En este privilegio se dice que el rey, obedeciendo «como a una inspiración divina y para agradecer a Dios los muchos beneficios que le concedía, tanto a él, como a su reino, queda restaurar los antiguos monasterios e iglesias destruídos por las guerras y persecuciones religiosas». Que le «vino a la memoria» entonces el nuestro de Valvanera el cual (le denomina con la palabra Iglesia) fue: «Ab anticuo tempore fundatam (Eclesia) iam pene a sua quondam nobilitate deiectam ac minoratam» y prosigue: «Ego pro honorificentia omnipotentis dei, suo pristino et antiquo honori et decori redderem, et etiam maiori et ampliori amplitudine decorarem».
Reflexiónese sobre estas expresiones del Privilegio y nos convenceremos de que no debemos ser extremadamente parcos al dar largos años al lapso de tiempo transcurrido entre la Invención de la Imagen de Valvanera y la constitución formal del cenobitismo benedictino en el Santuario.
Con el Feliz Hallazgo, o sea, en tiempo de Nuño y Domingo, comienza la observancia religiosa en Valvanera. Se fabrica un pequeño oratorio que después, en los últimos años de aquellos anacoretas. comenzó a ampliarse.
En esta segunda época la vida anacorética se transforma en cenobítica propiamente dicha pues cuando el sacerdote Domingo recogió el cadáver de su compañero Nuño en la cueva del «Alambre» (la actual cueva de Nuño) y lo transladó al Monasterio. se lee en la citada Historia latina:
«Encontró al Prefecto de la Congregación, pues entonces aún no tenían Abad, si bien llevaban hábito religioso y tenían oratorio con cementerio».
Con el tiempo Valvanera, aunque lentamente. adquiere esplendor y grandeza cuya época está muy lejana de la fecha del Privilegio. 1092. Ahora bien, si agrupamos los hechos que rodean inmediatamente a la Invención milagrosa de la Sagrada Imagen, y los juntamos a los años del Abadiazgo de don Sancho, primero del Catálogo, notaremos una exageración en las frases del aludido privilegio de D. Alfonso, relativas a la antigüedad del Santuario.
Con este documento a la vista, no hay más remedio que sostener la creencia de que muchísimo antes del último cuarto del siglo X, en que según la Historia latina gobernó D. Sancho, se observaba la vida cenobítica en Valvanera y esto, extrictamente considerada. Lo más probable es que. en el Catálogo de Castroviejo existen varias lagunas muy cercanas al abadiazgo de D. Sancho, caso de que este fuera el primero. y esta opinión no es improbable porque entre los 25 abades que trae el Catálogo, se encuentran nada menos que ocho abades innominados, que son: D. Gomesano, D. BIas, Don Gómiz, D. Domingo Sánchez, D. Sancho, D. Rodrigo de Portugal y D. Diego, que suponen un espacio de tiempo considerable.
Ya hemos dicho que Castroviejo no hizo sino traducir «quoad sensum» el original en román paladino, atribuido con fundamento a D. Gonzalo de Berceo; más este poeta, aunque dotado de gran sinceridad, seguramente no compulsó con extremado espiritu critico los documentos de que se sirvió para componer la Historia del Hallazgo portentoso de su Patrona y Señora, aunque nos diga en el capitulo primero que la compuso según las tradiciones de los ancianos y lo contenido en diversos códices (documentos), «iuxta traditiones seniorum et contenta in diversis codicibus». Lo que le interesaba y buscaba era fomentar la piedad de los fieles sencillos para quienes la escribía.
Por otra parte, aunque la sana critica coloque la Invención de la Imagen en la segunda mitad del s IX, bien podía el Privilegio de D. Alfonso del 1092 llamar a aquellos tiempos «antiguos», sin necesidad de los 500 años que supone Rubio. Dos siglos de existencia hacen antigua una cosa si se considera la palabra «antigua» en un sentido no muy alambicado, como es fácil lo tomaría D. Alfonso.
Creemos, pues, posible el que se escribiese en Valvanera el códice de Esmaragdo ya que en la fecha 954, el cenobitismo benedictino florecía en las soledades del Distercio.
Súplica del amanuense
Inmediatamente después del DEO GRATIAS del EXPLICITUS (folio último del Códice, v.) se encuentra la siguiente súplica del copista en mayúsculas de pequeño tamaño:
«Quisquis híc concinerít aut concentor reppertus fuerit domínum poli ínterpellarí pro seruulis. non desístat ut hic in presenti euo faciat sequí pedas fore sciens illas quos subter adnotabímus et post cum illis feliciter uiuire concedat in celestibus regnis. Amen. Quia sí sciretís quantasue calamitates quantasque nodes duxímus insomnes magis ad funus anímaduertitis quam ad gaudium manibus plauderetis set or (antes?) concedíte veníam».
Ni en el espacio de la última línea ni debajo parece que el paciente copista escribiese su nombre pues no se advierte raspado ni deterioro alguno en el folio.
La súplica escrupulosamente traducida quiere décir: «Cualquiera que aquí cante (o lea declamatoriamente) o fuere hallado cantor, no cese de rogar al señor del cielo por sus siervecillos para que aquí en el tiempo presente haga seguir las pisadas (preceptos) sabiendo que han de ser aquellas que hemos anotado debajo (dentro del códice) y después conceda (a mi) vivir con ellos eternamente en los reinos celestiales. Amen, Porque si supierais cuantas calamidades y cuantas noches hemos pasado en vela, más que aplaudir con las manos, atenderíais al quebranto; pero (rogando?) conceded indulgencia.
S u b t e r, significa debajo o debajo de, y en nuestro caso puede muy bien explicarse sin necesidad de atribuir error alguno al amanuense por haber escrito esta palabra en lugar de Super o Supra.
Es verdad que la Súplica y Exhortación se encuentra al final del Códice y parece inconsecuente decir: Seguid las pisadas (los preceptos) que hemos anotado debajo, pero puede salvarse la aparente incorrección, traduciendo el Subter por «dentro (del códice)» o «debajo de este folio final» que por el mero hecho de ser final, está debajo del cuerpo del códice, y al mismo tiempo se encuentra sobre los demás folios, en los cuales anotó las máximas aludidas que constituyen las huellas que hay que seguir para llegar al Cielo.
D u x i m u s e i n s o m n e s, por duxi e ínsomnís, ya que en el curso de todo el manuscrito se advierte una sola mano.
A d n o t a b i m u s por adnotavimus, pues mal diría a n o t a r e m o s cuando ya acabó de transcribir el Comentario, clausurando su trabajo con el «Deo gratias» final.
El o r a n t e s que se ha puesto con interrogación de duda ofrece algunas dificultades, no en el sentido literario pues bien cabe esta palabra, pero sí en el paleográfico ya que lo mismo que este vocablo podrían reconstruirse otros entre los cuales quizás el nombre del copista, con el cual (en caso dativo) casaría perfectamente la frase «Concedite veniam».
Hemos escogido la palabra o r a n t e s porque se leen claramente las letras OR por las cuales principia el vocablo borrado.
La palabra termina con el signo s de abreviación sobrepuesta de modo que puede acabar en s (is, es, etc.) e y ue, según puede verse en cualquier capítulo del manuscrito.
Debajo del signos de abreviación aparecen dos puntos correspondientes a los extremos superior e inferior de la letra que precede a la sílaba abreviada.
Estos vestigios pueden muy bien ser parte de la t si queremos reconstruir la palabra o r a n t e s, habiendo espacio justo entre la r (or) y los puntos de la letra borrada para intercalar las letras a, n, t, que faltan según nuestra interpretación, y completar la t. El signo de abreviación equivaldría en este caso a la desinencia es.
Comentario y texto de la Regla
En el estudio de este códice, prescindiendo de los folios añadidos para reforzar su encuadernación y que no tienen que ver con el cuerpo del Comentario, conviene tener en cuenta dos cuestiones separables: la Glosa de Esmaragdo y el Texto de la Regla Benedictina, el cual. para distinguirlo de aquella, aparece por regla general escrito en letra encarnada.
Sobre la primera no hay duda alguna. Además de la conformidad del texto del Códice con el que aparece en otros similares, tenemos la observación explicita del amanuense, quien al acabar el Libro primero del Comentario (fol. 26 actual, v.) dice: «Explicit explanatio liber primus in beati Benedicti regula ab Zmaracdo abbate editus». La glosa, pues, pertenece al abad Esmaragdo y no a otro comentarista.
Al asignar la familia o grupo de códices a que pertenece el texto de la Regla del Esmaragdo de Valvanera, ya se ha dicho que sin duda alguna debe colocarse entre los directamente derivados del ms. consignado en la edición crítica de Don Butler por la letra griega mayúscula Psi, que es el enviado a Carlomagno por el abad Theodomaro, contra lo cual no obstan las pequeñas diferencias filológicas y algunas particularidades, entre las cuales la más notoria es la siguiente: en el titulo del Prólogo encontramos esta singular enunciación: «Incipit prologum regule patrum monacorum».
Este titulo sorprende pues ningún códice nos lo presenta asi, esto es, con el p a t r u m en genitivo de plural, sino en singular refiriéndolo a S. Benito. Así el Sangalliense (año 914) dice: «In nomine domini nostri Ihesu xpi, incipit prologus regule patris eximii beati benedieti». Entre los Casinenses, el 175 (principal de la colección), lo enuncia de este modo: «Incipit prologus sancti benedicti monachorum». Los demás de esta colección: «Incipit prologus regula sancti benedictí» [(nota 1.- El mencionado ms. 175 se escribió en el primer tercio del s. X bajo el abadiato de Juan I (915-934).]
Otros finalmente dicen así: «Incipit prologus regule monachorum.-«Incipit prologus eximií patris benedicti in regulam suam.-«Prologus de regula sancti patris nostri benedícti» .
Las variantes de los códices enumerados, a lo que se acomodan los demás, no ofrecen duda alguna ni siquiera aparente sobre la paternidad del Prólogo de la Regla.
El códice de Valvanera nos obliga a buscar una razón que explique la singular redacción del titulo de su Prólogo. Al escribir la palabra p a t r u m ¿ guió mal el cálamo el copista? Tal vez si, pero no es lo más probable, pues una errata de esta índole salta a la vista en un titulo escrito con suma claridad y limpieza en hermosas capitales. Esforzábame por leer f r a t r u m en lugar de p a t r u m, mas la claridad de la letra no dejaba lugar a duda ¿Cómo, pues, explicar esta característica enunciación?
Dos son las soluciones más obvias: una que traduce el texto: «Comienza el prólogo de la Regla de los padres monjes», y otra que lo interpreta: «Comienza el prólogo de la Regla de los padres de los monjes». En la primera, o sea, estableciendo una simple concordancia de caso entre el p a t r u m y m o n a c o r u m, se toma la palabra padres en un sentido lato y también estricto. En el primer sentido, podía interpretarse como Fratres o Hermanos, o bien, como Padres, atendiendo a la paternidad espiritual de los simples monjes aunque no estén revestidos con el sacerdocio. En el sentido estricto el p a t r u m parece referirse a los Padres Monásticos o de los Monjes. La interpretación acoge las dos formas. La solución segunda guarda estrecha relación con esta última manera de interpretar, o sea, considerando el Patrum en su sentido estricto histórico.
La redacción de la Regla Benedictina debe atribuirse sin duda de ningún género al Patriarca de los Monjes, S. Benito; pero esto no quiere decir que el Santo, como otros legisladores monásticos, no recogiese para la formación de su Regla conceptos y hasta frases enteras de otras obras. Efectivamente, meditaba constantemente las Sagradas Escrituras y las obras de los Padres Eclesiásticos y del Yermo, y al escribir su Regla recogió acertadamente la médula, lo más apropiado para el régimen externo e interno del cenobio tipo que él estableció.
Solamente una vez hace alusión explícita a un legislador monástico y, es en el Capítulo 73, último de su Regla, donde se lee:
«Aut quis liber sanctorum catholicorum Patrum hoc non resonat ut recto cursu perveniamus ad Creatorem nostrum? Necnom et collationes Patrum et instituta et vitas eorum, sed et regula sancti Patris nostri Basilii, quid aliud sunt ni si bene viventium et oboedientium monachorum instrumenta virtutum?». En el Cap. XLII también leemos: «Legat unus collationes vel vitas Patrum».
Implícitamente nos señala las obras de muchos maestros y escritores monásticos. Al examinar el texto de la Regla, recuérdanse sin esfuerzo alguno, aparte de las citas in numerables de la Sagrada Escritura, las producciones monásticas de S. Jerónimo, S. Agustín, S. Basilio, S. Pacomio, la «Vitae Seniorum», Casiano, Rufino (Hist. Monástico de Egipto) y otros. De estas fuentes bebe y copia hasta frases enteras, como se ha dicho. Por estas razones no tiene nada de particular el que el amanuense «motu proprio» o transcribiendo el códice que tenía delante, pusiera el citado título prologal.
S. Benito no fué, ni mucho menos, atrevido plagiario. Su mérito principal en la redacción de su magna Regla radica en la acertada prudencia que, como buen romano, tuvo al recoger, combinar, separar e interpretar la legislación legada por sus mayores en la vida religiosa.
De ningún modo debemos pensar que el autor de nuestro códice pudo tal vez dudar de la paternidad del texto de la. Regla, atribuyéndolo a S. Benito o a varios autores, considerándolo una miscelánea, falta de unidad, no tamizada por un solo espíritu crítico-religioso quien formó literaria y formalmente un «unum» más valioso y espléndido que las partes copiadas. aisladamente consideradas; no. Bien sabía que el texto íntegro de la Regla debe atribuirse a S. Benito y en confirmación de esto, a continuación del título del Prólogo y al escribir la palabra a b s c u l t a, cita a S. Benito como autor de la misma, la cual es parte integrante de su Regla. Dice: «A b s c u l t a Hec, nos ortantis Beati uerba sunt Benedicti. Ille etenim Spiritu Sancto repletus ut nos ad meliora proficiscamur ortatur ...»
A S. Benito, pues, atribuye nuestro Códice el Prólogo lo mismo que todas las partes de su magna Regla, por consiguiente hay que decir que la singularidad antedicha es o errata del copista, o debemos interpretarla en algunas de las formas expuestas o parecidas, a la cual podría añadirse otra asentada en menor probabilidad, la cual consideraria al P a t r u m tantas veces aludido significando Padres Monásticos, o sea, Padres Benedictinos, en cuanto estos siguen las pisadas o huellas, plasmadas en la Regla del Patriarca de Occidente, ofreciéndolas a los venideros como recto camino.
La misma palabra a b s c u l t a de nuestro Esmaragdo, no deja de ofrecer sus características especiales. Es la primera palabra de la Regla, la cual se escribió en los códices de muchas maneras; así leemos: absculta, asculta, ausculta, obsculta, adsculta, y quizás de alguna otra forma, todas las cuales reconocen el mismo sentido.
El códice de Valvanera dice a b s c u l t a, lo mismo que el manuscrito de la monja Leodegunad cuyo titulo es «Vetus colletío regularum monastícarum» y que fué escrito en el año 912 y hoy se guarda en la Biblioteca del Escorial. El Sangaliense (año 914) dice: o b s c u l t a. La misma forma mantienen los códices que conservan la tradición Casinense. Solo el ms. 499 de esta colección (s. XIII-XIV), consigna: a s c u l t a.
Acerca de esta palabra, en nuestro Códice, hay una curiosidad digna de notarse y es de que el copista escribe lo mismo que recrimina. Pone con letra rubra (para glosar) a b s c u l t a y, sin embargo, dice más abajo: «Sunt enim qui eum ausum (sic) temerario reprendere (corregido: arguere) conantur (corregído: mouentur) dicentes: Absculta debuit dicere, non obsculta, nescientes quia sicut recte dícitur: obaudi et obtempera et obsecunda et alía multa talia, ita rectissime dici potest obsculta».
A continuación y por vía de ejemplo ponemos un cuadro con las diferencias más notables entre nuestro Esmaragdo, el Sangaliense de 914, Torquemada y el Textus Receptus, por las cuales se verá como el Texto de la Regla según el Cod. Valvanera, no es el «Vulgatus» inserto en Migne(Patrol. Lat .,102) sino que por el contrarío, sigue las fuentes puras de las cuales según se ha dicho es un respetable testimonio el códice de S. Galo con el cual lo cotejamos:
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Variantes más típicas de los códices: Sangaliense (A) (914), edición del Esmeragdo por Torquemada, Esmeragdo de Valvanera y el Textus Receptus de R. B. (Regula Benedictina). |
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Págs. 432-433 (1) | | 434-435 (2) | | | 436-437 (3) | | |
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438-439 (4) | | 440-441 (5) | | | 442-443 (6) | | |
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EL ESMARAGDO DE VALVANERA (a.954)
ALEJANDRO PÉREZ O. S. B.
BERCEO
IER
NÚMERO IV
AÑO II
LOGROÑO 1947