Núcleo de Nájera: monasterio de Santa María la Real y casco viejo

 

 

 

 

 

La importancia de las villas en los siglos centrales de la Edad Media no necesita presentación cuando se trata de La Rioja Alta. Hace años que J. A. García de Cortázar reflexionó sobre las grandes líneas de la historia del territorio, un espacio que a mediados del siglo XII definían el Ebro y el Camino de Santiago y que en el plazo de un siglo vió cristalizar su identidad en torno a tres vectores: la consolidación de la frontera fluvial entre los reinos de Navarra y Castilla, la territorialización del derecho, y la concreción de unos intereses económicos y políticos propios. Estos elementos sirvieron para caracterizar a La Rioja Alta y fueron la base de su articulación dentro de la Corona de Castilla 1: los tres tenían en común el hecho urbano. La frontera estaba guardada por las villas que dominaban el gran río. El derecho municipal se había expandido por toda la región y aún más allá a través del fuero de Logroño, al tiempo que la experiencia de los magistrados de las villas altorriojanas nutría el Libro de los Fueros de Castiella. Los intereses económicos y comerciales, en fin, eran presentados a través de la perspectiva de las villas, y también las villas habían de ensayar fórmulas asociativas frente a su versión regional de los males del reino antes de que acabase el siglo XIII.

Aunque la red de villas quedó formalizada como conjunto a lo largo del siglo XII, el panorama se completó durante el reinado de Alfonso X. En tal momento, el vasto triángulo cuyos vértices eran Miranda, Logroño y Villafranca Montes de Oca quedaba conformado por un lado septentrional, que se apoyaba en el Ebro y constituía una línea bien delimitada a lo largo de la frontera de Navarra y más difusa respecto a las tierras de la cofradía de Alava, frontera interior del reino. Junto con Miranda, Salinillas de Buradón y Labastida, Haro, Davalillo y Briones, se acercaban al Ebro antes de Logroño. Éste era el punto de intersección de otro lado meridional que, apoyado en el Camino de Santiago, se prolongaba por Navarrete y Entrena, Nájera, Santo Domingo de la Calzada, Ibrillos y Belorado, hasta alcanzar Villafranca. La nómina quedaba completa con Cerezo de Riotirón y Sajazarra, en el lado occidental 2.

La floración de villas en La Rioja Alta durante el período central de la Edad Media puede asociarse inmediatamente al impulso de factores como la frontera navarra y el Camino de Santiago. Pero, en realidad, tal evidencia forma parte de una problemática más amplia, que invita a reflexionar sobre los fenómenos paralelos atestiguados en toda Europa y sobre la proliferación de villas semejantes en los territorios de la Corona de Castilla.

 

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Durante el período de referencia se distinguen dos grandes etapas en la historia de las villas riojanas. La primera es, particularmente, la que contempla su implantación: Implantación como nuevas realidades, pero también en medio de una organización espacial, social y política que se ha fraguado con anterioridad. De ahí una cierta paradoja: las villas se diferencian del conjunto del territorio por sus funciones específicas y sus ordenamientos jurídicos, pero se encuentran limitadas por la presencia activa de poderes territoriales que han sido resultado de una evolución secular. Por otra parte, el dominio político del territorio experimenta diversas alternativas a lo largo del siglo XII: en manos de los aragoneses hasta el segundo tercio del siglo XII, los navarros permanecerán en Logroño durante la minoría de Alfonso VIII. Las villas, sin embargo, no trasparentan los efectos de estos hechos. En cualquier circunstancia, la frontera conlleva el establecimiento de una línea paralela de villas navarras al otro lado del Ebro: San Vicente de la Sonsierra, Laguardia, Labraza, Viana.

La segunda etapa corresponde a la época de grandes trasformaciones que se abre a mediados del XIII con el reinado de Alfonso X: las relaciones de las villas con el territorio y con la monarquía, la sociedad urbana, así como las expectativas económicas, experimentan profundos cambios respecto al período anterior. No cabe olvidar que durante la primera mitad del siglo XIII la Corona de Castilla prolongó su expansión meridional hasta dominar el valle del Guadalquivir, que entró en decadencia la ruta de Santiago como foco de actividad económica, y que la organización política del reino era una yuxtaposición de particularidades. En el tiempo del rey Sabio parece haberse pretendido un nuevo equilibrio, que no llegó a cristalizar y que tuvo dos grandes consecuencias. Si por una parte se plasmó entonces el programa político que había de regir las directrices de la monarquía durante un siglo, por otra se plantearon las condiciones de crisis social que, patentes a fines del siglo XIII, iban a dominar los destinos del país durante décadas.

El estudio del proceso se basa en una amplia colección de fuentes escritas. Por fortuna, los últimos quince años han contemplado la edición de numerosos cartularios altorriojanos, que sirven como prueba de la riqueza del patrimonio documental existente u originario del país, a la vez que denotan problemas comunes a otros territorios de la antigua corona de Castilla -como es la insuficiencia de los archivos municipales para este período 3.

 

 

LA CONFIGURACION DE UNA RED DE VILLAS

 

El siglo XII constituye el período fundamental del proceso urbanizador en La Rioja alta. La masiva implantación de villas permite hablar de la formación de una red urbana; se trata, como antes se adelantaba, de un amplio grupo asimilable con matices al que forman las pequeñas ciudades europeas por su población -Santo Domingo de la Calzada, la única de que se tienen datos, podía contar con un millar de habitantes hacia 1200-, por sus funciones comerciales y su actividad artesanal, y por sus estatutos jurídicos privilegiados.

El movimiento iniciado con la población de Logroño prosigue de forma sostenida, sin rupturas, pautado igualmente por la concesión de fueros que otorgan privilegios propios de la condición de villas a un buen número de núcleos de la región; a éllos se añaden memorias redactadas en momentos posteriores, conmemoraciones y noticias incidentales en los diplomas, que sirven para hacerse una primera idea del ritmo del proceso. Esta serie de cuadros no puede evitar los claroscuros, como ponen de relieve los ejemplos de Miranda y Cerezo de Río Tirón, además de que en algún otro caso falten las referencias mínimas para apreciar la evolución 4. Aparte del nacimiento del burgo de Santo Domingo de la Calzada en los últimos años del reinado de Alfonso VI, la primera noticia de una población en el siglo XII se sitúa por los años 1110-1112; se trata de la reocupación de la antigua civitas de Oca, donde se agruparon los habitantes del contorno buscando refugio ante la guerra que enfrentaba a los partidarios de la reina Urraca con los de su marido, Alfonso el Batallador de Aragón, tras obtener el permiso correspondiente de Diego Vermudez, señor de la tierra 5. En el curso de su gobierno sobre La Rioja, el monarca aragonés otorgaba fuero en 1116 a la villa de Belorado 6. Una vez reincorporada la región a Castilla, Alfonso VII se lo concedió a los pobladores de Entrena y queda constancia de que en 1148 se promovía bajo su patrocinio una nueva puebla en Logroño, villa cuyos fueros confirmaba al mismo tiempo?; su hijo Sancho III parece haber tenido una iniciativa del mismo sentido respecto a Villafranca Montes de Oca 8.

Pero, sin duda, la época más fructífera fue el largo reinado de su sucesor Alfonso VIII, quien se refería en 1204 entre las populationes quas de novo feceram a las de Nájera, Baños, Grañón, Ibrillos, Sajazarra y Miranda 9. Esta lista no es completa; a élla deben añadirse como mínimo las cartas de población de Haro y Navarrete, que datan respectivamente de 1187 y 1195, los fueros otorgados a Santo Domingo de la Calzada en 1187 y 1207, o una nueva puebla en las afueras de Logroño a la que se alude en 1216 10.

La primera consideración que sugiere esta lista de testimonios se relaciona con la propia implantación de las villas. Fundaciones, en el sentido pleno del término, ha habido muy pocas desde 1109. Puede estimarse como tal el caso de la ciudad de Oca, momentánea recuperación de un emplazamiento antiguo y abandonado, y su heredera, Villafranca Montes de Oca 11. Pero la inmensa mayoría de los núcleos objeto de las pueblas tenían una prolongada historia anterior. No hace falta referirse a la importancia de Nájera desde que fue ocupada por los pamploneses a comienzos del siglo X; otros lugares como Grañón, centro de poder territorial y avanzada castellana desde esas fechas, o Belorado, aldea documentada desde 945, resultan expresivos de esto mismo 12. En realidad, lo que los textos ya aludidos y otros revelan es un proceso de formalización de las villas a partir de diversas realidades más antiguas y a través de estatutos municipales, nuevas funciones y notables modificaciones físicas y territoriales. En virtud de su dilatada cronología, el proceso ha contemplado una doble dinámica: por una parte, ha implicado cada vez a más lugares; por otra, la formalización ha tenido en cada villa desarrollos particulares a lo largo del tiempo. En la medida que han existido criterios y situaciones relativamente comunes -la difusión del fuero de Logroño, la situación fronteriza, el Camino de Santiago como vía de tránsito, o la fuerte impronta de la Corona-, el resultado ha ofrecido un umbral de homogeneidad que permite hablar del conjunto de las villas como de un todo, aunque los puntos de partida y el balance de resultados fueran diversos. Es significativo, desde este punto de vista, que la original diversidad de denominaciones (civitas para Nájera a comienzos del XII, burgo para Logroño o Santo Domingo hasta los años 1140, populationes para designar cualquier nueva realizacion coyunturalmente), haya confluido antes del final de siglo en un solo término, el de villa.

En consecuencia, el problema del período inicial no reside tanto en precisar los momentos de creación como en los procesos de configuración. Su análisis comporta distintas vertientes: como espacios urbanizados, como espacios jurídicos y como espacios territoriales.

La configuración física de las villas pasa por distintos modelos. Algunas parecen haberse desarrollado en yuxtaposición a elementos anteriores; así, en 1137 se menciona la villa nova de Ibrillos, primer indicio de una aglomeración que crece junto a la muela donde debió situarse el castillo homónimo en el siglo XI 13. En otras prima la aglomeración de elementos relativamente dispersos; la antigua estructura de Grañón ofrece la imagen de un poblamiento alveolar, articulado en diversos barrios, que debieron reunirse con motivo de las iniciativas de fines del siglo XII: entonces debió conformarse el plano regular que todavía hoy organiza el caserío. En villas como Logroño o Santo Domingo de la Calzada, el crecimiento se ha producido alrededor del núcleo primitivo a través de sucesivos arrabales que se integran progresivamente en las estructuras urbanas previas. Pero la morfología de las villas es una envoltura, un síntoma asociado en gran medida a la evolución de sus funciones productivas y al grado de éxito en su papel como centro de intercambios con el contorno, lo que se materializa en el mercado semanal. En este sentido, el uso común del término villa no significa por sí solo la cristalización de una pujante vida urbana; seguramente, muchas villas nuevas no han pasado de ser aglomeraciones de caracter rural en La Rioja como en otras partes 14.

La evolución del ordenamiento jurídico proporciona una segunda serie de perspectivas. El punto de referencia principal es el fuero de Logroño, que tiene una visible irradiación regional. Concedido por Alfonso VI en 1095, conoció adiciones y modificaciones en los reinados posteriores, explicitas en las confirmaciones de los monarcas, en privilegios particulares o a través del Fuero Viejo de Castilla. Se trataba de un «corpus» vivo y, por tanto, su aplicación a otras villas supuso la incorporación de diversas de las nuevas reglamentaciones, como se manifiesta en Haro, Miranda o Santo Domingo de la Calzada. Más allá del hecho jurídico que representan éste y los demás ordenamientos, interesa subrayar su uso social, esto es, cómo sirvió de marco en la conformación de un poder urbano capaz de organizar y dirigir la comunidad. Pero al mismo tiempo, y teniendo en cuenta lo que se ha dicho desde el punto de vista morfológico y funcional, parece evidente que un mismo ordenamiento ha cobijado realidades de muy distinto peso específico.

Un tercer punto de vista es el territorial. El fomento de las villas estuvo estimulado por las concesiones de espacios productivos y jurisdiccionales que tuvieron distintas formulaciones; tres casos pueden resultar modélicos. Alfonso VII otorgó en 1141 a los vecinos de Santo Domingo que pudieran participar en el disfrute de los bosques, pastos yaguas próximos con las aldeas del contorno, lo que suponía integrarlos en los aprovechamientos consuetudinarios de las comunidades más antiguas15. Sancho III concedió a los hombres de Nájera en 1154 la libre posesión de los ejidos y términos de la villa, probablemente renunciando a los derechos soberanos que le correspondían; pero no se podría ver en ello la atribución del extenso territorio de la civitas de Nájera, sino de las inmediaciones de la villa 16. En fín, la concesión del fuero de Miranda por Alfonso VIII en 1177 incluía numerosos bienes de realengo de un amplio alfoz, a lo que el rey añadió ciertas iglesias rurales y alguna que otra aldea; en el ámbito del mismo alfoz persistían, como se hace constar, otros señores laicos y eclesiásticos cuyos derechos debían respetarse. Los tres testimonios coinciden en la limitada autoridad de los concejos sobre su espacio circundante. Los tres señalan que la implantación de las villas está condicionada por el peso de una herencia.

 

 

LAS CONDICIONES DE INSERCIÓN DE LAS VILLAS EN EL TERRITORIO

 

El poder de la nobleza y la Iglesia en La Rioja del siglo XII. A mediados del siglo XII, el falsario que redactó el documento de los «Votos» de San Millán contemplaba La Rioja Alta a través de sus aldeas; las villas existentes en ese época no le merecían ninguna acotación especial. La perspectiva se ajustaba a una realidad cierta; aquellos núcleos rurales constituían la forma de hábitat característica de la región. Pero era también una visión señorial; para el monje del monasterio de San Millán de la Cogolla, las aldeas resumían el crecimiento poblacional y el auge colonizador en los valles del Oja, del Najerilla o del lregua, el incremento de la producción agraria del siglo XI y la capacidad del cenobio para apropiarse de sus resultados 17.

Las comunidades rurales habían quedado encuadradas en el marco de señoríos diversos. Rara vez se superponía el marco señorial sobre la aldea; por una parte, los señoríos se extendían sobre espacios más amplios, donde los habitantes de múltiples aldeas se sometían al poder de un mismo titular; por otra, a escala local, un determinado señor solía poseer un número más o menos grande de los solares de la aldea -concebidos como los núcleos de la explotación familiar-, aparte de derechos privilegiados sobre los demás espacios de aprovechamiento. En todo caso, el fenómeno más llamativo era la dependencia generalizada de los campesinos respecto a quienes ostentaban los derechos de propiedad y la autoridad jurisdiccional.

Quienes formaban este grupo no eran, por otra parte, facilmente reducibles a un esquema. En La Rioja Alta del siglo XII había un poderoso abadengo. Su estrato más antiguo se institucionalizó al compás de la progresión cristiana del siglo X; es el caso de San Millán de la Cogolla, de San Martín de AIbelda, de San Prudencio de Monte Laturce. A mitad del XI se produce la fundación de Santa María la Real de Nájera. Habrá que esperar al siglo siguiente para contemplar la fundación de Santo Domingo de la Calzada y de Santa María de Cañas, así como la consolidación de Calahorra como sede de la diócesis que abarca el conjunto regional -con excepción de sus confines occidentales, incluidos en la de Burgos-. Fuera de la clasificación cronológica, esta rápida enumeración solo da cuenta de los centros eclesiásticos más significativos. Como primer matiz, debe indicarse que la proyección territorial de algunos de ellos desbordaba ampliamente el marco regional, según sucedía con San Millán o Santa María de Nájera, mientras en otros casos la importancia de la institución en La Rioja alta no era tan grande como la que poseía en otras áreas, como ocurría con San Prudencio o la propia catedral de Calahorra. Por otro lado, la evolución institucional de los cenobios ha sido dispar; entre los de establecimiento más antiguo, San Millán se convirtió en sede de un cenobio reformado bajo las costumbres cluniacenses, Albelda en una comunidad de canónigos seculares, y San Prudencio en un monasterio cisterciense. En buena medida, los ejes de la evolución corresponden con fenómenos de época. El esplendor cluniacense del siglo XI tiene otro ejemplo señero en Santa María de Nájera, cuyos primitivos canónigos agrupados en torno al obispo cedieron paso a los monjes negros desde 1077. La consolidación de la autoridad diocesana, sin embargo, conseguiría situar en su órbita al venerable San Martín de Albelda y al floreciente Santo Domingo de la Calzada en el primer tercio del siglo XII. En la segunda mitad de esta centuria, la renovación cisterciense se implantará en Monte Laturce y dará origen al monasterio femenino de Cañas 18.

Paralelamente, el poder nobiliario ha tenido una fuerte impronta, que se percibe sobre todo a través de las casas de Haro y de Cameros. Los primeros representantes de cada una de ellas hacen acto de presencia desde mediados del siglo XI en sus territorios emblemáticos, cuando todavía se hallan en poder de los monarcas pamploneses que, por lo demás, habían hecho de Nájera su capital. Más tarde, es muy posible que su apoyo haya propiciado la rápida anexión de La Rioja por Alfonso VI, aunque en el reinado de este monarca la importancia de ambas familias ceda ante la del conde castellano García Ordoñez, el principal mandatario regio en esta nueva frontera. En cualquier caso, el alineamiento de ambas casas con la reina Urraca desde 1110 pone de relieve que los intereses de Haros y Cameros se asociaban más a Castilla que a Navarra. A partir de 1134, cuando Alfonso VII afianzó la autoridad castellana de nuevo en La Rioja, las dos parentelas recompusieron su influencia de modo perdurable 19. Aunque la estabilidad de su poder se viese frecuentemente sacudida por sus conflictos con el monarca, su rango entre la nobleza del reino y sus propias conexiones familiares aseguraron su preponderancia por espacio de dos siglos más.

Haros y Cameros representan a la alta nobleza. Aunque con más dificultades, se percibe simultaneamente la existencia de un grupo social muy extenso que ha tallado sus señoríos a escala local o en el ámbito de pequeñas comarcas. Son los infanzones, milites y caballeros, según se identifican en los documentos, aunque con más frecuencia el dato indicador de su estatuto privilegiado sea simplemente una designación del lugar donde tienen su cuna y su patrimonio añadida a su propio nombre. Se trata de un grupo complejo en el que, junto a los dueños de solares y collazos en cualquier aldea, se engloban gentes como los señores de Agoncillo, que pueden remontar hasta Alfonso VIII la infeudación del castillo de Lodosa, en Navarra, a sus abuelos 20.

La aristocracia entreteje un vasto sistema de vínculos. Cada uno de los sectores lo desarrolla de formas diversas en su interior y con los otros dos, asegurando de este modo la hegemonía social del conjunto. Pero esto no significa que cada sector se relacione con los otros en un plano de igualdad. En La Rioja, las casas de la alta nobleza parecen ostentar el papel hegemónico. En ello ha incidido la propia condición fronteriza de la región y la necesidad de la monarquía de asegurar una línea disputada. Pero no es el único factor; tomemos el ejemplo de las relaciones de los magnates con monasterios y catedrales, donde ha sido suficientemente resaltada una faceta -la trasferencia de bienes que cristaliza en el inmenso patrimonio eclesiástico-, en detrimento de otra -las relaciones de familiaridad que convierten a los grandes linajes en protectores de las instituciones-, que les ha dado una amplia capacidad de gestión de sus recursos materiales y espirituales; Santa María de Nájera, San Prudencio o Santa María de Cañas proporcionan abundantes ejemplos 21. De ello también se puede deducir que, a escala material, el balance no fue demasiado positivo para las instituciones eclesiásticas, las cuales veían evaporarse buena parte de sus ingresos potenciales por las apetencias de sus protectores laicos 22. Por su parte, la pequeña nobleza ha girado en torno a los grandes linajes, generación tras generación. Sin que puedan desdeñarse los beneficios recibidos directamente del monarca, ha estado mucho más a la espera de obtenerlos de los grandes de la región a través de concesiones vitalicias o hereditarias que pagaban sus servicios, entre los cuales no era el menos significativo la lugartenencia de castillos y villas en nombre de su titular; al propio tiempo, ha imitado los comportamientos de los mayores, en cuanto a la Iglesia se refiere y a la medida de sus posibilidades 23. En definitiva, la fuerza de las grandes parentelas residía en su capacidad de conseguir el equilibrio entre su poder territorial y el poder supremo del monarca, fuente de autoridad y de recompensas; de acceder al patrimonio acumulado por la Iglesia, siempre necesitada del apoyo de los fuertes y su reserva de rentas; y de mantener la lealtad de los caballeros de la comarca, su brazo armado cuanto mejor retribuido.

Todo esto, evidentemente, no obsta para advertir relaciones horizontales en el seno de cada grupo. Uno de sus ejemplos a escala de las grandes casas son las conexiones por vía matrimonial, que asegurarán las alianzas con la aristocracia del reino y la frontera, y con la propia monarquía, y contribuirán desde comienzos del siglo XIII a vincular a la casa de Haro con la de Cameros, evitando la difuminación de ésta después de 1277 24, En el terreno eclesiástico se producen de otro modo; las largas disputas por cuestiones decimales se alternan con avenencias entre los monasterios -particularmente San Millán y Nájera-, y la diócesis de Calahorra, que por otro lado no duda en ceder protagonismo en La Rioja Alta a Santo Domingo de la Calzada, elevada al rango de concatedral en los años de Fernando III 25. Y, por lo que se refiere a la baja nobleza, también han existido otras formas de articulación, de las que da cuenta la primitiva cofradía de Santo Domingo, constituída de modo preponderante por caballeros de las aldeas próximas al santuario 26.

 

Las villas, nuevos centros de organización territorial. La aparición de las villas ha representado un cambio notable en las estructuras de organización del poder territorial y del poblamiento en la región. En primer lugar, parece evidente que diversas de las poblaciones asumieron las funciones de los castros que habían articulado políticamente el espacio en la época altomedieval. Ya se ha indicado el caso de Grañón. La nueva villa de Belorado se convirtió en el nuevo centro del alfoz que correspondía desde el siglo X al castro de Pedroso. De igual forma, Villafranca Montes de Oca vino a sustituir como centro del territorio de Oca al castillo de Alba 27. Lo propio sucede con la villa de Haro, que recibe como términos en el fuero de 1187 espacios que se atribuían al castro de Bilibio, parte de los cuales pasaron también a dominio de Miranda junto con los que pertenecían al de Cellorigo. En este contexto, el desarrollo del burgo de Santo Domingo de la Calzada en las proximidades de otro antiguo castro adquiere una dimensión semejante y puede aceptarse como hipótesis que Navarrete asimilase las funciones del castillo de Daroca 28, ..

En suma, el traslado de las sedes de poder territorial es un hecho que se asocia a la implantación de las villas y constituye otra de las facetas de la reorganización del poder real 29, Con todo, el proceso de sustitución de los antiguos castros por las nuevas villas debe matizarse en una primera época donde las noticias sobre «castellos novos», como el que Alfonso I de Aragón ocupaba en 1116 frente a Haro, han podido ser una fórmula alternativa para el control del espacio. Posiblemente fuera el caso de la populatione de Cantabria, hecha a iniciativa del mismo monarca frente a Logroño; pero la inmediata desaparición de este lugar y el crecimiento paralelo de Logroño indican claramente que la fórmula fracasó 30.

 

Las villas, polos de inmigración. Al desplazamiento de los centros políticos correspondió un desplazamiento significativo de la población de los contornos, que vino a engrosar los vecindarios de las villas desde los primeros momentos. Es sabido que, por otra parte, la emigración transpirenaica era una corriente de entidad a comienzos del siglo XII 31, de suerte que las villas crecieron gracias al aporte de unos y otros, los castellanis y francigenis de los textos. Sin embargo, la presencia de foráneos se ciñó particularmente a algunas de las villas, las ubicadas a lo largo del Camino de Santiago, mientras las emigraciones locales se dirigieron hacia todas, aparte de ser las que realmente incidieron en la nueva distribución de la población regional. Un ejemplo relevante de la conjunción de ambos fenómenos se aprecia en el censo de Santo Domingo de la Calzada; los nombres de tenedores de solares indican que al menos un 25 o 30% del vecindario era de origen franco, y que otro mínimo del 15% provenía de diversos y pequeños lugares de La Rioja Alta 32. Además, sobre las migraciones de este segundo tipo han quedado otros testimonios que, seguramente, sólo representan una parte minúscula de los que se produjeron. Con anterioridad ya se ha aludido a la población de Oca, el acto voluntario de agrupamiento para protegerse de una situación ante la que sólo podían sentirse seguros quienes se refugiaban «en ciudad, en castillo, o en las cuevas del país», y a cómo se preveía la afluencia de lugareños de Ojuela hacia Villafranca en 1157. Antiguos vecinos de las aldeas de Rehoyo, Sagrero, Terrazas y Redecilla se habían trasladado a Belorado, según se apreciaba en 1139 33, y el fuero de Entrena atribuye a la villa ciertos predios, «donde estaba Arcos», tal vez un lugar que se abandonó por la nueva puebla -al igual que Viero, cuyos habitantes fueron trasladados allí y formaron la feligresía de San Juan 34-. Por su parte, cuando en el testamento de 1204 Alfonso VIII hace balance de sus pueblas, no deja de señalar que los habitantes de ellas han venido de los lugares próximos, precisando que los llegados a Miranda procedían de Bardahuri. Todavía más concreta es la relación de las diez personas o grupos familiares que, desde Villarta, acudieron a morar a Grañón 35. Dentro de este panorama cobra veracidad una tradición, la que atribuye la población de Navarrete al agrupamiento de los habitantes de los cuatro pueblos corcuetos junto al cerro Tedeón, previo pacto con el rey 36.

Todas las villas han conocido una corriente de emigración rural a lo largo del siglo XII, que ha servido para nutrir su vecindario y, sobre todo, ha contribuido a sentar las bases de su irradiación regional. Sin élla, las villas no hubieran tenido sentido. Numerosos factores han alimentado la inmigración de modo constante, desde la búsqueda de seguridad en circunstancias difíciles hasta los estímulos proporcionados por los privilegios jurídicos y el flujo de iniciativas; pero aliado de la emigración voluntaria han existido traslados de población forzosos, que ilustran sobre las múltiples formas de intervención del poder en el proceso.

 

La aristocracia y el proceso de urbanización. Hasta el momento, la intervención del poder se ha centrado en la capacidad del monarca para promover el proceso urbanizador. Es sólo una perspectiva parcial. El papel de la poderosa aristocracia del país requiere una atención particular que depende de un hecho básico: las instituciones eclesiásticas más relevantes y los linajes más influyentes de' La Rioja medieval ya gozaban de un claro protagonismo antes de que despuntase la nueva constelación de villas. Ello conduce a preguntarse por las actitudes de los poderosos ante el nuevo fenómeno. En cierto sentido, la promoción urbana era un duro contratiempo para los poderes sociales que habían encuadrado el país y sus habitantes y podían beneficiarse de las consecuencias del crecimiento rural; representaban la injerencia del rey, un estímulo para la emigración -esto es, la pérdida de vasallos-, un marco jurídico relativamente ajeno. Sólo Santo Domingo de la Calzada, villa sometida al cabildo calceatense, escapaba a estas consideraciones, aunque su fuero era el de Logroño -a diferencia de las villas abadengas de otras regiones, donde se había impuesto el modelo señorial de Sahagún-. Pero, al mismo tiempo, la floración de villas ofrecía un cauce adecuado a los que contaban con los recursos materiales, políticos o espirituales que articulaban el territorio, tanto para gestionar sus provechos agrarios como para generar nuevas fuentes de renta. Desde el punto de vista de la aristocracia, resolver favorablemente esta situación pasaba, al menos, por tres instancias. La primera, la necesidad de contrarrestar los efectos nocivos que la atracción de las villas ejercía sobre el contorno rural. En segundo lugar, la forma de insertar a las villas en los esquemas de poder territorial. En fín, los modos de asegurar a la aristocracia su participación en las funciones económicas urbanas.

De ahí las manifestaciones de resistencia a las nuevas villas, que se centran en los problemas derivados de la emigración campesina. Los testimonios antes recogidos sobre el hecho corresponden, en realidad, a las denuncias de los señores de la tierra contra un fenómeno que amenaza sus rentas rústicas: San Millán de la Cogolla se queja en 1139 contra los aldeanos que han cambiado su residencia a Belorado y ahora se niegan a abandonar las tierras que cultivaban y no quieren pagar los censos acostumbrados. Santa María de Nájera exige en 1193 que los antiguos habitantes de Viero, ahora avecindados en Entrena, sigan aportando los diezmos como otrora. Tales hechos sirven para justificar la expresión de Alfonso VIII cuando dicta su testamento de 1204, donde promete destruir «las poblaciones nuevas que hice, desde las cuales y por las cuales sobrevinieron muchos males a los caballeros y a las órdenes», sobre todo si se tiene en cuenta que los perjuicios que se habían derivado habían sido el pretexto para que personajes tan importantes como Diego López de Haro se desnaturaran 37. Pero quizá en todos éllos no latía tanto una aversión hacia el proceso urbanizador como la protección de un status. De ahí la importancia del Ordenamiento de Nájera, fechable en 1185, que tendía a impedir situaciones como la que se había planteado a San Millán de la Cogolla medio siglo antes. El monarca, la nobleza y la Iglesia del reino pactaron la prohibición de trasferir los bienes de realengo a dominio señorial y, recíprocamente, que las propiedades de nobles y clérigos se deslizasen fuera de su control. Se tiene la impresión, acreditada por los hechos, que el problema de la emigración a las villas constituía una parte importante del trasfondo 38.

Aparentemente, la presencia de los poderes territoriales en las villas -léase la nobleza-, parece haber sido un hecho sin contradicción desde el principio. Los fueros, en particular el de Logroño y sus derivados, aluden a la figura del «dominus villae» y le atribuyen una amplia capacidad de intervención, realizada con el concurso del merino. Para contextualizar este hecho, debe considerarse que el esquema de la organización territorial del reino se basaba desde el siglo XI en la existencia de demarcaciones puestas bajo la autoridad de tenentes. Suele estimarse que las tenencias respondían a delegaciones de la autoridad pública en sus vertientes jurisdiccional, fiscal y militar sobre espacios de extensión variable, denominados con frecuencia alfoces, pero destacar en exceso el caracter administrativo de las tenencias puede convertirse en un anacronismo. Las tenencias significaron en el seno de la sociedad feudal castellana (y aragonesa, navarra o leonesa) , una de las formas características de articulación de las relaciones entre el monarca y sus vasallos, e incluso entre los magnates y los caballeros locales. Su otorgamiento a determinados personajes venía a ratificar con frecuencia el poder económico y político que el monarca les reconocía dentro de un territorio determinado, cuyo perímetro dependía de la relevancia del concesionario. De ahí la complejidad de las tenencias y la asociación de la alta nobleza con las más extensas 39.

En coherencia con ello, la tenencia de las villas representa la doble adecuación del esquema tradicional a las nuevas realidades urbanas y a las ambiciones del estrecho sector de los magnates que aspiran a controlar espacios tan diversos como dilatados. El evidente protagonismo de la Casa de Haro como tenente de las villas de La Rioja alta se integra dentro del amplio poder que ostentan en las regiones orientales del reino40. Con relación a las villas, el ejemplo mejor documentado, Nájera, muestra la continuidad de tenentes de la familia desde principios del siglo XII hasta mediados del XIII, solo alterado por la ocupación aragonesa en los tiempos de Alfonso I el Batallador y por los circunstanciales enfrentamientos de la familia con los sucesivos monarcas castellanos. La continuidad no ha sufrido con los cambios de organización: en Bilibio/Haro o en Grañón, el linaje ha tenido la potestad sobre los antiguos alfoces castrales, que hereda en las nuevas villas. Pero la herencia se ha consolidado en un contexto expansivo; desde mediados del siglo XII, las tenencias riojanas de la casa comprenden también Cerezo, Belorado y Logroño, a despecho de los condes de Bureba y de los señores de Cameros que las habían poseido antes 41.

El ejercicio efectivo del cargo se confió normalmente a los vasallos de la casa, los caballeros o infanzones hacendados del contorno a que se ha hecho ya referencia 42, Sobre todo en los primeros tiempos, las funciones jurisdiccionales constituían un componente destacado, a las que se añadían rentas diversas. Los fueros tipifican la obligación de pagar censos anuales por el suelo urbano al señor de la villa, que además aprovechaba las rentas de los bienes reales del lugar, en la medida que no habían sido trasferidos al concejo, y también los impuestos ordinarios de la corona. Así, la tenencia de las villas se convirtió en una forma de disfrutar de los «préstamos» feudales que el rey distribuía entre sus vasallos 43.

De este modo, los tenentes y sus vasallos entraron a participar en las rentas urbanas. Pero no fue el único camino ni éllos solos se beneficiaron. Con frecuencia, instituciones eclesiásticas y nobles aparecen como propietarios de bienes inmuebles -solares urbanos, canales de riego, predios rústicos-, que pueden provenir de la adquisición particular o de la colaboración en tareas pobladoras de nuevos barrios, y no ha sido raro que tales núcleos, participantes de los derechos comunitarios, hayan permanecido adscritos a la jurisdicción particular de los amos del suelo44, A éllo se añade su presencia privilegiada en el mercado. El monasterio de Santa María de Najera es un buen ejemplo; no sólo percibía parte de los ingresos que rentaban los portazgos de Logroño y Nájera, . sino que podía vender libremente en esta villa la uva y el vino de sus dependencias rústicas 45. Es posible pensar que otros productos como la sal, la lana o los granos se comercializaran de modo semejante por parte de la aristocracia, lo que debió introducir un importante condicionamiento: los poseedores de grandes rentas agrarias concurrían ventajosamente en el mercado por el volumen y diversidad de sus productos, y además obtenían una parte de los beneficios del tráfico 46.

 

 

EL ESPACIO URBANO Y SUS FUNCIONES ECONÓMICAS

 

La morfología urbana y su dinámica. Los estudios recientes sobre diversas villas de la región -Nájera, Santo Domingo, Belorado, Grañón o Miranda de Ebro-, han venido a realzar un hecho conocido, la fuerte impronta del período medieval en la organización urbana, precisando sus características y ofreciendo nuevas hipótesis 47.

Como principio general, el desarrollo de las villas ha estado asociado a aquellos emplazamientos que aseguraban una mayor facilidad para el tráfico de personas y bienes. Esto es perceptible tanto a escala local (descenso de los asentamientos antiguos al llano, desarrollo de nuevas iniciativas en los puntos donde se ubica el mercado, papel de los puentes48), como a escala global -donde cobra significación propia el camino de Santiago como elemento de atracción del hábitat y organizador en mayor o menor medida de los planos de diversas villas-.

En función de ello, el papel de los factores defensivos en la configuración urbana debe matizarse. La tendencia al divorcio entre el hábitat y los cerros u otras alturas que ofrecían posibilidades naturales de defensa parece haber sido una constante, Con anterioridad se ha visto que varias de las villas se desarrollaron a una distancia razonable de antiguos castros, y cómo el crecimiento de Nájera se realizó en detrimento del baluarte rocoso que domina el Najerilla. Incluso en aquellas villas que, como Navarrete, fueron establecidas al abrigo de una colina en el siglo XII, se testimonian las dificultades de asentar a los pobladores en la zona más elevada 49. En todo caso, un aspecto particular de la cuestión fue el establecimiento de aljamas judías en el interior de algunos recintos castrales; es lo que sucedió en Haro y Nájera 50, Este cúmulo de circunstancias no ha supuesto un olvido de las necesidades defensivas, lo que sería impensable en cualquier villa medieval y más si se encontraba en una zona fronteriza, como es el caso. Pero las defensas de las villas se concretarán en la erección y mantenimiento de murallas -y en el eventual ensanchamiento del perímetro murado-, como una obra concejil 51.

Más allá de estas consideraciones, los análisis del parcelario de las villas proporcionan puntos de vista del mayor interés. La evolución urbana de Santo Domingo de la Calzada viene a ejemplificarlo. El caserío que se agrupó en torno a la iglesia fundada por el santo caminero debía ser sumamente modesto en la época de Alfonso VI. Hasta mediados del XII creció hacia el este, dando origen a lo que más tarde se denominaría «barrio viejo» por contraposición al «barrio nuevo». Este último fue organizado al oeste del primitivo núcleo y constituye el sector mejor conocido de la villa. En efecto, se han conservado dos textos que ilustran la población del «barrio nuevo» desde los años 1160 a fines de la centuria. Por el primero de éllos se certifica que don Pedro, abad de Santo Domingo, concedió para poblar la serna entre el pozo y el puente sobre el Oja, que tenía una extensión de 53 estados; el maestro Garsion se encargó de dividir los solares con su pertica, y Domingo de Cidamón, responsable de la fábrica, los sorteó entre los pobladores, Años más tarde, un nuevo abad de Santo Domingo cedería para poblar otra zona de la misma serna, la que se hallaba entre el pozo y la era, y de nuevo el maestro Garsion, con la colaboración del mayordomo Pedro López y del juez Arnal Guillén, los dividió según había hecho anteriormente 52. La lotificación se hizo a base de unos solares tipo muy alargados -medían 68 x 3'5 m.53_, y sus moradores quedaron comprometidos a pagar cada año dos sueldos al abad-arcediano, contribución que puede calificarse de tradicional.

Durante el siglo XIII la ciudad creció hacia el sur, originando una extensa lotificación a base de parcelas más anchas y cortas, que era paralela a los barrios viejo y nuevo; esto motivó la ampliación de las murallas en este sector. Fuera de éllas aparecieron simultáneamente los arrabales; el de Malburguete, al norte, debía existir como mínimo desde principios del XIII 54.

En fin, la evolución de los solares primitivos es claramente perceptible, como muestra la ya aludida memoria de las contribuciones debidas por los vecinos al Cabildo de la Calzada; de los 166 solares teóricos, al menos 23 estaban divididos por la mitad; por el contrario, en 7 casos se habían añadido solares o medios solares al lote primitivo 55.

Las cuestiones generales que el ejemplo de Santo Domingo pone de relieve son varias. En primer lugar, la existencia de criterios de organización previos, que se manifiestan en que el espacio a urbanizar es lotificado de acuerdo con una norma y se reparte uniformemente entre los pobladores. De ahí la tendencia a la regularidad que se revela en el plano de Santo Domingo o en el de Grañón de forma particular, pero que puede rastrearse en otras de las villas a escala del trazado de las calles y las parcelas 56. En todo caso, conviene advertir que el parcelario no ha permanecido inmutable; fenómenos de fragmentación y coalescencia han estado presentes desde los primeros momentos, introduciendo modificaciones crecientes en la trama original.

Pero, además, el caso estudiado revela distintas planificaciones urbanas que corresponden a momentos diferentes -léase, a la sucesión de iniciativas urbanizadoras-. Esta circunstancia es aplicable al conjunto de las villas, que resultan constituidas por diferentes unidades urbanísticas y llegan a mostrar conjuntos muy complejos, según acontece en Nájera y Belorado. El análisis morfológico permite distinguir en ambas varios núcleos, que a modo de hipótesis pueden corresponder a los barrios citados en los diplomas. De esta suerte, en Nájera cobran entidad los barrios del mercado, relacionado con la parroquia de San Jaime, de San Miguel y del Puente; pero se menciona además el barrio de Santa María, quizá situado entre los dos primeros, y un desconocido barrio de Ferraria 57. El panorama es menos claro en Belorado; desde luego, la población del barrio novo hacia 1187, su vinculación con la iglesia de San Lorenzo y su localización no ofrecen problemas, a diferencia de lo que sucede con los barrios de castellanos (que sugiere la existencia de un simétrico barrio de francos), y de San Juan. Todavía más tarde, en 1256, Alfonso X impulsó la realización de una nueva puebla en la villa ... 56 Sin embargo, podría deducirse de lo anterior una evolución sin contratiempos, un crecimiento más o menos pausado a base de nuevos núcleos que se van acoplando al tejido preexistente. La variedad del conjunto no rompería la unidad del proceso en tal perspectiva. Pero este punto de vista se trunca ante ciertos acontecimientos de la historia de ambas villas que han debido influir notablemente en su urbanismo. Como ya se ha indicado antes, gran parte de Nájera se quemó en un momento indeterminado entre los años 1194 y 1201; Belorado quedó arruinado después del asalto de Alvar Nuñez de Lara en 1217 59. La reconstrucción debió comportar una profunda remodelación de amplios sectores en cada sitio, y por tanto debió dar entrada a nuevos criterios de organización del espacio, que tal vez se reflejan en la planificación de sus zonas centrales 60 .

 

El mercado urbano y sus condiciones de irradiación. Uno de los elementos caracterizadores de la época es la vinculación de villas y mercados. En tal sentido, la institución del mercado semanal de que se hacen eco la mayoría de los fueros se convierte en un rasgo distintivo del proceso urbanizador. Pero, como se ha destacado por algunos autores, hay ciertos datos comunes que confieren una personalidad propia a la región dentro del reino de Castilla. A escala jurídica, la impronta del fuero de Logroño ha hecho que diversas villas -Miranda, Navarrete, Santo Domingo de la Calzada, Labastida, Briones-, compartiesen unas normas comunes en lo relativo a la paz del mercado o al pago de portazgo 61; en este mismo ámbito resulta significativo que la percepción de derechos por los oficiales concejiles de Belorado dependa estrechamente de los beneficios establecidos en el fuero de Nájera en favor de los alcaldes locales 62. Desde una perspectiva económica, los elementos de relación no son menos llamativos en un triple nivel: el vínculo entre la villa y su contorno rural, las conexiones regionales y la proyección extrarregional. En este aspecto se ha señalado que las facilidades otorgadas por los fueros de Nájera y Miranda a los campesinos de sus respectivos territorios se conjugan con disposiciones que regulan el tráfico entre Logroño, Nájera y Miranda, y del conjunto riojano con Alava 63.

La evolución de las instituciones y los privilegios mercantiles en el siglo XII permiten establecer con ciertas garantías las condiciones en que se desarrolló el comercio regional. Las concesiones reales del siglo XII, plasmadas principalmente a través de los fueros, ofrecen una visión de las medidas con que los monarcas trataron de activar la circulación de productos. Las referencias a privilegios de portazgo son su índice más común. A escala regional se observan dos aspectos. Por una parte, la potenciación de los contactos entre villas próximas; esto ya se había manifestado en el fuero de Logroño al hacer exentos a sus vecinos en el mercado de Nájera, y más tarde se irán documentando exenciones semejantes para los de Belorado que acudan al mercado de Cerezo o para los de Navarrete que acudan al de Logroño. Por otro lado, los años de fines del XII han contemplado el establecimiento de un área regional -reconocida gracias a las exenciones otorgadas por Alfonso VIII a los habitantes de Santo Domingo de la Calzada, Haro e Ibrillos-, que se extiende entre Burgos y Logroño y se articula sobre el Camino de Santiago. En lo que afecta al comercio interregional, los ejemplos de concesiones documentados tienen sus propios caracteres; los vecinos de Belorado pagan solo la mitad del portazgo en toda la tierra del rey desde 1116, los de Cerezo están completamente exentos de esta obligación según el fuero de 1151, Y los de Nájera reciben en 1174 dos mercedes simultáneas que los liberan de élla en Burgos y toda Castilla, y en la Extremadura. Tres fórmulas diferentes, que no ocultan la misma tendencia a favorecer las relaciones de la región con el conjunto del reino 64.  

Como puede observarse, la cronología de las concesiones revela un doble proceso de liberación de trabas mercantiles y de identificación de un área comercial altorriojana. En este capítulo, conviene recordar lo antes dicho a propósito del sentido uniformizador del fuero de Logroño. Pero además, resulta significativo el acompasamiento semanal de los mercados de la región, que conocemos a través de una muestra significativa: mercado en Belorado los lunes, los martes en Haro, los miércoles en Miranda y los jueves en Nájera, que se completan con las referencias de los mercados tradicionales de Logroño (viernes y, quizá ya, martes) y de Santo Domingo de la Calzada (los sábados) 65.  

La posibilidad de establecer un circuito constante para hombres y mercancías viene a representar un resumen de la integración regional, que ya aparece entrevista desde el exterior cuando al concederse el fuero de Medina de Pomar en 1181 se exime a sus vecinos del pago de portazgos en Nájera, Logroño y Belorado. Logicamente, esta articulación no podía darse de modo aislado, y conocemos su fijación en la Bureba, donde Alfonso VIII establecía en 1203 que los mercados semanales solo se celebrarían en tres villas: en Pancorbo los lunes, los jueves en Oña y los sábados en Frías 66. Bureba y Rioja Alta, zonas colindantes, quedaron dotadas de sendas redes bien diferenciadas, aunque las amplias exenciones de portazgo en favor de ciertas villas y la previsible presencia de gentes de otras áreas en sus mercados -como los medinenses de Castilla Vieja-, aseguraban la conexión interregional.

Al mismo tiempo que se institucionalizaban los mercados semanales, las ferias hicieron su aparición en algunas villas. Los fueros de Belorado y Miranda establecieron períodos feriales en distintos momentos del año; en Belorado, la feria debía celebrarse «en los días de San Miguel», mientras el texto mirandés reseña la existencia de «tres mercados» (consecutivos) en marzo. También se tiene noticia de una feria regular en santo Domingo de la Calzada a principios del siglo XIII, aunque no puedan precisarse del todo sus orígenes, ni el momento de su celebración o su duración 67. Con respecto a los mercados semanales, las ferias parecen ser mercados extraordinarios que se prolongan durante unos pocos días -de ahí su terminología, aún oscilante-, quizá provistos de ciertas ventajas -como consta en Miranda, a donde los habitantes del alfoz pueden concurrir sin tener que pagar peaje-.

 

Las villas, centros de producción. La caracterización de las villas como centros de comercio conduce a preguntarse por el papel que han jugado desde el punto de vista productivo. En este terreno, su especificidad viene señalada por la presencia de un grupo relativamente numeroso de profesionales que se relacionan con distintas ocupaciones artesanas y con la venta de productos diversos. Como el recurso principal para identificar al grupo son las menciones de individuos cuyo nombre se acompaña de su ocupación68, lo primero que se comprueba es la práctica ausencia de tales apelativos fuera de las villas, y por tanto la dependencia del entorno respecto a ciertas funciones privativas de aquéllas.  

Las limitaciones a que se acaba de hacer referencia impiden establecer una aproximación al número de personas que, en cada lugar y a lo largo del tiempo, formaban este complejo sector de especialistas; muchos de los vecinos de las villas, por otra parte, debían ser labradores -al mismo tiempo que el interés por la posesión de predios se dió entre los artesanos de forma común-- Esto evoca una situación en que la menestralía invierte parte de sus beneficios en la tierra o complementa sus ingresos gracias a élla, dedicando parte de su tiempo a esta ocupación o encargando de su cuidado a terceros, mano de obra de la propia villa o del entorno inmediato.

Intentar aproximarse a los tipos de profesión más frecuentes y a su evolución parece menos arriesgado que plantear los problemas numéricos. A través de ello, se pone de relieve que los oficios de herrero, carpintero, carnicero, pellejero, zapatero y molinero son los más temprana y generalmente representados -como seguirá sucediendo más tarde 69-. Una especialización sumaria en el ámbito de la construcción, las industrias del cuero y las necesidades alimenticias parece presidir el primer siglo de las villas. A ello cabría añadir que resulta significativa la existencia en el mismo período de una especialización mucho mayor en la industria del metal, pues junto a los frecuentes herreros -que, por otra parte, no son raros en cualquier aldea-, una diversidad de oficios sienta plaza; en este contexto se situan las menciones de varios caldereros y campaneros en Santo Domingo de la Calzada 70. El panorama completa sus rasgos principales con las referencias a cambistas y orfebres en Nájera -sin duda el centro principal del período-, varias dispersas de tejedores y otros oficios del sector textil. En total, 27 oficios se rastrean por las distintas villas hasta 1230; si se considera el caso de Santo Domingo de la Calzada como indicativo de una escala local, allí hayal menos 16 al filo del siglo XIII. No se trata de nada que contraste con lo detectado en otras villas y ciudades del reino; en León, Oviedo o Burgos, en Valladolid o Villafranca del Bierzo, parecen compartirse los datos más característicos 71. Pero resulta de sumo interés que los nombres de muchos de los especialistas de este momento indiquen su origen extranjero. La emigración procedente del sur de Francia, sin que falte algún «inglés», «Iombardo» o «alemán», ha facilitado el desarrollo de las técnicas artesanales. Sobre sus motivaciones y estímulos, resulta expresivo un testimonio de 1148, según el cual Alfonso VII donó a Arnaldo Gaeto y a Giraldo esperoner -esto es, un fabricante de espuelas-, dos molinos en Logroño; ambos habían acudido a poblar allí, y el emperador manifestaba de este modo su deseo de que no abandonasen la villa por falta de recursos 72.

 

 

LAS INSTITUCIONES URBANAS V SU CONTEXTO SOCIAL

 

Las magistraturas urbanas. La organización política de las villas se asienta durante largo tiempo sobre los fueros concedidos en el momento de la población. Dado que éste no es el lugar apropiado para analizar la normativa foral, se tratará de plantear en qué medida la parte de esa normativa que afectaba a las instituciones rectoras de la comunidad fue evolucionando, cuáles fueron los hechos que permiten indicar los cambios, qué factores pudieron motivarlos y, en resumen, cómo representan los indicios de una trasformación social y política que, desde el mirador regional, remite a procesos de mayor envergadura.

El binomio formado por las instituciones concejiles y la sociedad local parecen haber atravesado durante el período que va del siglo XII a mediados del XIV dos etapas fundamentales, separadas por los decenios centrales del siglo XIII, la misma división que se observa en otros aspectos. Esta división cronológica resulta adecuada para analizar algunos problemas básicos. Traducida a términos más concretos, permite presentar la evolución de las instituciones municipales marcando una cesura en la política de reformas que pretendió llevar adelante Alfonso X. Aunque los resultados de la reforma fueron modestos si se comparan con los objetivos, su impronta es innegable

La definición institucional de la primera etapa, la que ahora nos interesa, tiene uno de sus campos básicos en las magistraturas locales, y éste será el hilo conductor de las páginas inmediatas. Con los términos palatium y concilium, de uso común, se pretende indicar que existen dos tipos de poder, el que emana del rey y habitualmente ostenta el senior, potestas o dominus de la villa, y el que ejerce la comunidad aunque en última instancia el concejo también ha recibido del monarca las atribuciones que posee 73-. Los documentos constatan la existencia generalizada de alcaldes, merinos o sayones, la menos frecuente de jueces -iudices, a veces sinónimo de alcaldes-, la rara mención de fieles y adelantados (éstos, equiparables a merinos), la tardía de jurados. Como dato general, los fueros insisten en una relación de todos éllos con la comunidad: sus titulares deben pertenecer al vecindario. Pero la relación de cada uno de estos oficiales con el «palatium» o el «concilium» depende de la época; en términos generales, hubo un primer momento en que puede razonablemente sospecharse una concentración de funciones dependientes del «palatium», que afectó tanto a los alcaldes como a los merinos, pero más tarde el «concilium» adquirió peso específico gracias a un control más o menos completo de los puestos de alcaldes, los magistrados responsables de las funciones judiciales. Simultaneamente, el merino reforzó su papel en el «palatium».

En conclusión, se percibe con claridad una tendencia general, que a fines del siglo XII ha reforzado el papel de los magistrados del concejo, los alcaldes, aunque no exista una situación común. ¿Cuántos son estos magistrados? Un matizado panorama se pone de manifiesto. En Logroño hay un alcalde. En las villas cuyo fuero se ajusta al logroñés, como Santo Domingo de la Calzada o Navarrete, sucede lo propio 74; las referencias de Grañón apuntan en el mismo sentido, así como en Miranda y Haro 75. En otras villas el panorama resulta más complejo. Nájera, que es de donde se poseen más noticias, revela que lo corriente ha sido la existencia de dos alcaldes, sobre todo a partir de los años 1140. En Belorado existen dos y tres alcaldes o jueces en el siglo XII 76; según el fuero, los jueces debían corresponder a las comunidades de castellanos y francos y el alcalde tenía jurisdicción sobre el conjunto del vecindario.

Podría pensarse que un criterio semejante, de caracter étnico, estuvo en el origen de los dos alcaldes de Nájera; al menos, las escasas representaciones que da de sí mismo el vecindario najerino en las primeras décadas del siglo XII parecen decantarse por el reconocimiento de dos comunidades, los francos y los castellanos 77; pero la hipótesis queda contradicha por los nombres de los magistrados, todos éllos hispánicos. En ese caso, se podría pensar que la institución asumió un aspecto de división social que aparece en el fuero local, esto es, el peculiar estatuto de los infanzones. En relación con posibles criterios étnicos o diferenciaciones sociales, la formulación logroñesa de un solo alcalde más bien respondería a que resultaba innecesario que hubiera más de un juez, siendo el derecho de los francos el único existente para toda la comunidad.

Un esquema de la evolución del poder concejil podría establecerse sobre lo siguiente. Según el fuero de Logroño, los alcaldes son nombrados por el «dominus» de la villa, como los merinos y sayones; la comunidad sólo participa en la designación de estos últimos, meros ejecutores de órdenes, en los fueros de Nájera y Oca. En 1116, el fuero de Belorado supone un cambio profundo, pues los jueces y alcaldes son escogidos por el vecindario. Este movimiento se difunde a lo largo del XII, pero no oculta matices de interés y situaciones particulares. En 1157, el rey Sancho III accede a que la designación de los alcaldes se haga en Logroño mediante el acuerdo del tenente de la villa con el concejo; esta fórmula se calcará en Santo Domingo de la Calzada en 1207 con ocasión de recibir la villa el fuero de Logroño, aplicándose también a los sayones. Pero es menos radical que la que se implanta en Miranda (1177, probablemente) o en Haro (1187), donde la elección de los alcaldes y sayones también es puesta en manos del concejo. Es la misma norma de establecimiento de alcaIdes que ha de regir en Briones a partir del fuero de 1256, un texto que revela notable animosidad contra el merino, puro oficial del señor; conviene tener en cuenta que esta villa recibió el fuero de Vitoria (1182), que se basaba en el de Logroño pero introducía aquélla claúsula. Es plausible pensar que el caso de Haro, como mínimo, se asocie también a la misma influencia. En Nájera, por su parte, el establecimiento de los alcaIdes ha pasado a depender directamente del monarca, como se acredita en 1193, y esto puede significar una recuperación real de poderes atribuidos tradicionalmente al «dominus» que acabarán beneficiando al «concilium»; al menos, en la evolución de Santo Domingo de la Calzada durante el siglo XIII se aprecia este hecho 78.

Las modificaciones que se perciben en el terreno de las magistraturas muestran hasta qué punto los ordenamientos locales fueron cambiando de perfil a lo largo del tiempo o se introdujeron modificaciones en los preceptos primitivos dentro de una misma tendencia. El resultado de esa doble experiencia no sólo afectaba a este aspecto. La insuficiencia de los fueros locales motivó el desarrollo de una prolija normativa municipal, cuyo mejor exponente a mediados del siglo XIII es el llamado «Libro de los fueros de Castiella», donde la contribución de los concejos de las villas riojanas (Cerezo, Logroño, Nájera, Belorado, Grañón y Villafranca Montes de Oca), tiene una importancia destacada 79.


 

El control social del poder urbano. El conjunto de noticias sobre los alcaldes de los siglos XII y XIII permite acercarse al ejercicio del cargo desde una perspectiva social. Aunque diversos fueros señalan la renovación anual de los magistrados, lo primero que llama la atención es que muchos de los alcaldes han ocupado el puesto por largo tiempo desde los primeros decenios del siglo XII. Tomemos como ejemplo Nájera. Don Michael, que ya era alcalde en 1110, debió ejercer hasta 1140 como mínimo. Puede decirse lo mismo de García Salvador, documentado entre 1143 y 1169, de Martín Blásquez (entre 1169 y 1183), de Johan Abad (entre 1171 y 1203), de Domingo Pardo (entre 1200 y 1214) ... 80. Por lo general, todos han debido ser alcaldes año tras año. La primera imagen, por tanto, es la de estabilidad personal; si el cargo no era vitalicio en Nájera, en la práctica lo resultó para diversos magistrados. Pero, además, se puede pensar en una tendencia a la hereditariedad, o a la expectiva de ocuparlo por lo menos. Así, Blasco Michael, hijo del mentado don Michael, era alcalde en 1143; quizá fuese el padre de otro de los aludidos, Martín Blásquez. Domingo Pardo pudo ser hijo del alcaIde Pedro Pardo, mencionado en 1159, y desde luego eran descendientes suyos Johan Pardo y Domingo Pardo, alcaldes de Nájera entre los años 1230 y 126081.

A partir de estos datos, se puede concluir que ciertos individuos aparecen controlando el concejo de Nájera desde fechas tempranas y que a lo largo del tiempo algunos grupos familiares se han perpetuado en el cargo de alcaldes. Esto viene a significar que un reducido grupo de notables ha tenido en sus manos la gestión de los asuntos concejiles desde antes de mediar el siglo XII. Las otras villas de La Rioja no pueden ofrecer un cuadro tan acabado como el que proporciona Nájera. Pero se apuntan tendencias similares, sobre todo respecto a las largas permanencias en los oficios municipales. Pero Sánchez es juez de Grañón entre 1178 y 1186; Arnaldo de la Tenda es alcalde de Logroño entre 1196 y 1199, Y Peregrinus Arnaldus, que lo es en 1203, puede perfectamente ser hijo suyo. En Belorado, Pedro Caro es alcalde en 1185 y 1188, y Fernando Droart en 1187 y 1198 82.

Este grupo de notables no se reduce a quienes ostentan los cargos concejiles, lo que es sobre todo un síntoma. Su contexto natural son las personas que confirman con más frecuencia los documentos de esta primera época, entre los cuales se hallan los propios alcaldes y otros que alcanzarán a serio. En cualquier caso, la imagen de un grupo oligárquico parece clara desde los años medios del siglo XII. La caracterización del grupo pasa por diversas instancias. En primer lugar, se trata de gentes que mantienen una relación directa con la monarquía, al ejemplo de Diego del Villar en Nájera o Bernardo de la Tenda en Logroño, cuyos servicios al rey Alfonso VIII -como médico en el primer caso, de prestamista en el segundo-, serán premiados con largueza 83, Más allá de la dedicación profesional, los casos de ambos y su contexto familiar atestiguan el interés por acumular patrimonio rústico, por convertirse en los gestores del realengo, por alcanzar una condición privilegiada para sus propiedades nada alejada de las pretensiones de la nobleza. Por otra parte, su proximidad a las actuaciones municipales los coloca en una buena posición para disfrutar de los beneficios producidos por servicios de utilidad común y para desarrollar iniciativas que complementan las del concejo en otras materias, como la población de nuevos barrios o la cesión al vecindario de sus propios bienes. Estas diversas facetas cimentan su prestigio en el ámbito comunitario, estimulan posiblemente las relaciones internas del grupo y las clientelas, y, en suma, contribuyen a mantener una organización del poder que, generación tras generación, tiende a reproducirse 84.

 

 

 

Cuadro de texto:

 

 

El emplazamiento estratégico de Cellorigo, desde cuya peña se dominan las cuencas bajas del Tirón y el Oja, le mereció el nombre de "Púlpito o balcón de La Rioja". La privilegiada posición de esta cresta rocosa permite poder observar una de las más impresionantes vistas de la zona, y una de las más completas de toda La Rioja, con el valle del Ebro y las cumbres del Sistema Ibérico burgalés y riojano. Esta panorámica es verdaderamente espectacular hacia el sur, con todo el ancho valle del Tirón en medio y la sierra de la Demanda en el horizonte. Hacia el norte se ve la cuenca de Miranda y hacia el este y el oeste, los montes Obarenes.

Ciertamente, desde muchos puntos de la Rioja Alta se puede observar este pueblo con sus peñas, objeto de mitos y leyendas, escenario de grandes hazañas y gestas épicas. Cuenta una leyenda que en los albores de los tiempos, una noche en una de las cimas de los montes Obarenes, un corro de brujas bailaban en akelarre. y por desafiar a todas las fuerzas de la naturaleza, quedaron convertidas en un conjunto de grandes peñas en la cumbre más alta de la serranía. Por eso cada bruja tiene su nombre, que el cristianismo rebautizó convirtiéndolo en el de una santa: santa María, santa Ana...

 

Sobre el crestón rocoso de Peña Lengua se erigió en los primeros siglos de la reconquista una importante fortaleza que defendía la garganta de Foncea y la hoz de la Morcuera (hoy Ventilla}. Su privilegiado enclave, desde el que se podía otear un vasto horizonte repleto de puntos estratégicos, hizo que jugara un papel decisivo en las primeras luchas contra los musulmanes, y que la quisieran poseer tanto éstos como los cristianos. Probablemente fue erigida en el siglo VIII por los árabes, pero pronto pasó a manos cristianas, concretamente a los Condes de Álava. En el siglo IX fue de nuevo blanco de devastadoras expediciones cordobesas que fracasaron varias veces. Actualmente no queda ningún resto de él en las escarpadas peñas que dominan el pueblo.

De su carácter defensivo sólo se conservan dos torres fuertes medievales plenamente integradas dentro del caserío. Sobre la estructura de dicho castillo, algunos autores (Establès Elduque), han apuntado la posibilidad de que fuera lignea, de madera, en consonancia con las primeras formas de fortificación medieval, pues todavía son visibles entalladuras en la roca. La cumbre presenta un aspecto de nicho artificial que pudo acomodar a una torre de vigilancia.

 

En las fotografías se pude observar un edificio en ruinas acodado sobre la propia roca, una de las torres fuertes y la torre de la iglesia de San Millán del siglo XV. (La fotografía que sirve de fondo a estas líneas está tomada desde la localidad de Galbárruli y muestra el relieve del cerro donde se asienta Cellorigo)

 

 

 

 

NOTAS  

 

1 J. A GARCÍA DE CORTAZAR y RUIZ DE AGUIRRE, Introducción al estudio de la sociedad altorriojana en los siglos X a XIV: Berceo, n.º 88 (1975), 3-29.

2 No se suelen asociar con el espacio altorriojano a Miranda de Ebro y Villafranca Montes de Oca. La barrera de los Montes Obarenes y las Conchas de Haro diferencian geográficamente La Rioja de la cuenca de Miranda; esta barrera, sin embargo, no ha tenido un gran valor histórico. Sobre élla cabalgaba el antiguo alfoz de Bilibio y la semejanza de perspectivas respecto a los criterios de identidad regional antes evocados es diáfana. En cuanto a Villafranca Montes de Oca, puede considerarse incluída en el espacio de transición entre Navarra y Castilla que percibió Aymeri Picaud cuando describía el Camino de Santiago a mediados del siglo XII; tal espacio no era otra cosa que La Rioja Alta.

3 Dos obras venerables tienen un puesto de honor: la de A C. de GOVANTES, Diccionario Geográfico Histórico de la España Antigua. Sección 1/, que comprende La Rioja, Madrid 1846-1851 (= GOVANTES, Diccionario ... ) y la de D. HERGUETA y MARTIN, Noticias Históricas de la muy noble y muy leal ciudad de Haro, Haro 1906, (= HERGUETA, ... Haro), ambas reeditadas en facsimil en los últimos años; no se trata de colecciones de fuentes en el sentido propio del término, pero su uso sigue siendo muy recomendable. Las colecciones de fuentes de mayor uso en este trabajo son: F. BLANCO GARCIA, Catalogación de documentos medievales de La Rioja burgalesa: Boletín de la Institución Fernán Gonzalez, n.º 175-180 (1970-1973) (= F. BLANCO, ... Rioja burgalesa:BIFG); A UBIETO ARTETA, Cartularios (I, II y III) de Santo Domingo de la Calzada, Zaragoza 1978 (= A UBIETO, Cartularios ... ); I. RODRIGUEZ y RODRIGUEZ DE LAMA, Colección Diplomática Medieval de La Rioja, Logroño 1979-1990, 4 tomos (= R. LAMA, Colección .. Rioja); E. SAINZ RIPA, Colección Diplomática de las colegiatas de Albelda y Logroño, Logroño 1981, 3 vols. (= E. SAINZ RIPA, .. _ Albelda y Logroño); C. LOPEZ DE SILANES y E. SAINZ RIPA, Colección Diplomática Calceatense. Archivo Catedral (1125-1397), Logroño 1985 (= C. LOPEZ DE SILANES y E. SAINZ RIPA, ... Archivo Catedral; M. CANTERA MONTENEGRO, Santa María la Real de Nájera, siglos XI-XIV, Madrid 1987, 3 vols. (= M.CANTERA, ... Santa María de Nájera);C. LOPEZ DE SILANES y E. SAINZ RIPA, Colección Diplomática Calceatense. Archivo Municipal (1207-1498), Logroño 1989 (= C. LOPEZ DE SILANES y E. SAINZ RIPA, ... Archivo Municipal; M.ª L. LEDESMA RUBIO, Cartulario de San Millán de la Cogolla (1076-1200), Zaragoza 1989 (= M.ª L. LEDESMA, ... San Millán); F. CANTERA y J. ANDRIO, Historia Medieval de Miranda de Ebro, Miranda de Ebro 1991 (= F. CANTERA Y J. ANDRIO, ... Miranda de Ebro); F. J. GARCIA TURZA, Documentación medieval del Monasterio de San Prudencio de Monte Laturce (siglos X-X\.?, Logroño 1992 (= F. J. GARCIA TURZA, ... San Prudencio). Lqs documentos municipales logroñeses han sido catalogados por S. ANDRES VALERO y E. IRADIER, Documentación medieval del Archivo Municipal de Logroño: Cuadernos de Investigación (Historia), tomos V (1979), 105-133, Y XI (1985), 11-59; al hacer referencia de los fondos de este archivo (= AM.Logroño), me atendré a la numeración propuesta por estos autores.

     4       La fecha del fuero de Miranda ha suscitado opiniones encontradas; frente a la teoría tradicional que lo estima concedido por Alfonso VI en 1099, se ha defendido que se trata de «un plagio forjado sobre un diploma auténtico de Logroño» de 1157, el cual se confeccionó hacia 1177, fecha de su confirmación por Alfonso VIII (G. MARTINEZ DIEZ, Fueros locales en el territorio de la provincia de Burgos, Burgos 1982, 59-62) (= Fueros ... Burgos); a una conclusión similar llega J. M. MONSALVO ANTON, «La formación del sistema concejil en la zona de Burgos ... », 142, n. 33. Esta hipótesis no es admitida por A M.O BARRERO, «La política foral de Alfonso VI», en Estudios sobre Alfonso VI y la Reconquista de Toledo (Actas del 2° Congreso Internacional de Estudios Mozárabes, Toledo 1985), Toledo 1987, 1, 141-142. Desde luego, resulta llamativo que nunca se mencione Miranda en los diplomas anteriores a mediados del siglo XII, fecha en la que se asocia una primera noticia con la construcción del puente; ciertos de los datos que aparecen en el texto conocido no pueden corresponder a 1099 y otras de las referencias se situarían mejor en la segunda mitad del siglo XII, como se irá advirtiendo. La carencia de noticias sobre las villas de Sajazarra y Baños en esta época es proverbial, aparte la mención de las poblaciones por Alfonso VIII; como se verá, Sajazarra fue también objeto de una población por Alfonso X. Queda aparte el problema de Cerezo de Río Tirón, localidad calificada como civitas a principios del XII, que recibió un fuero de Alfonso VII (G. MARTINEZ DIEZ, Fueros ... Burgos, 51-52 y 154-155; considera el editor que debe fecharse en 1151 y que contiene adiciones de la época de Alfonso VIII y posteriores). Pero el fuero de Cerezo se refiere particularmente a la eliminación de un mal uso de los señores sobre sus campesinos dependientes y dice aplicarse a un «alfoD> que resulta ser un agregado de lugares situados en diversas comarcas del noreste de Castilla; es decir, se trata del establecimiento de una norma que limita ciertas atribuciones de los señores solariegos de la zona entre el alto Arlanzón y el Ebro. Es presumible, sin embargo, que Cerezo haya evolucionado para convertirse en otra villa, pero se desconocen las circunstancias.

5 J. M. LACARRA, «Dos documentos interesantes para la historia de Portugal», en Colonización, parias, repoblación y otros estudios, Zaragoza :981, 209-221. Las circunstancias indicadas constituyen parte del extenso prologo que antecede a lo que su editor y comentarista considera «el texto de un fuero municipal, otorgado a los pobladores de Oca por D. Enrique y Da Teresa de Portugal»; tal preámbulo debió incorporarse antes de los años 1150.

6 G. MARTINEZ DIEZ, Fueros locales ... Burgos, 39-41 y 134-135.

7 G. MARTINEZ DIEZ, Fueros de La Rioja: AHDE, XLIX (1979)(= Fueros ... Rioja), 363 y 419-420. El texto del fuero de Entrena se conserva en una confirmación de Fernando 111; el editor estima que debió ser concedido entre 1135 y 1149. Respecto a la nueva populacione de Logroño, R. LAMA, Colección ... Rioja, 11, n.º 147.

8 En agosto de 1157, Sancho III donaba la aldea de Ojuela a la casa de Ortega, indicando que los poseedores de heredades allí podrían seguir explotándolas, aunque morasen en Villafranca, causa populationis (J. M. GARRIDO GARRIDO, Colección Diplomática de la Catedral de Burgos, Burgos 1984, 1, n.º 147).

9 J. GONZALEZ, El reino de Castilla en la época de Alfonso VIII, Madrid 1960, 111, n.º 769. Otros testimonios coetáneos permiten aquilatar mejor la fecha de varias de estas iniciativas. En 1177, Alfonso VIII confirmaba el fuero de Miranda de Ebro, añadiendo al patrimonio comunal nuevos bienes, aunque debe tratarse de una ocasión distinta de la referida en 1204 (G. MARTINEZ, Fueros ... Burgos, 165). En 1178, el abad de San Millán de la Cogolla hizo una permuta con el concejo de Grañón, concediéndole una serna para que se asentara en élla la puebla (M.ª L. LEDESMA, ... san Millán, n.º 432). De Ibrillos se conserva un texto foral, fechable en 1199, donde se refiere que el conde Nuño Sanchez y Gonzalo Rodriguez se encargaron de la tarea en nombre del rey (G. MARTINEZ DIEZ, op. cit., 69-71 y 176-178). Por lo que toca a Nájera, el memorial del prior Jimeno narra en 1201 que durante su propio gobierno -esto es, después de 1194-, «casi toda la villa fue consumida por el fuego» (M. CANTERA, ... santa María de Nájera, 11, n.º 105); quizá este hecho motivó la intervención real, pero puede tratarse de circunstancias diferentes. Mas indirecto todavía es el testimonio relativo a Sajazarra; en 1169, Alfonso VIII concedía a los cistercienses de Valdefuentes el lugar de Sajazarra, donde se establecieron en 1171; en los años inmediatos, la comunidad recibió del rey otras propiedades y dejó Sajazarra en 1176 para instalarse en una oe éllas, Herrera, donde halló asiento y nombre definitivos (J.PEREZ-EMBID, El Cister en Castilla y León. Monacato y dominios rurales, siglos XII-XV, Valladolid 1986, 279). Es posible que el abandono de Sajazarra estuviera condicionado por las directrices pobladoras de la política real que empiezan a manifestarse en estos años.

10 Sobre Haro, Navarrete y Santo Domingo, vid. G. MARTINEZ, Fueros ... Rioja, 370-375 y 429-39; el autor incluye el texto y comentario del fuero de la aljama judía de Haro, fechado en el mismo reinado. La puebla del arrabal de Logroño no es una empresa del rey; la realizó en su propio predio Bernardo de la Tenda, ciudadano de Logroño muy relacionado con Alfonso VIII, y da noticia de élla un documento de Enrique I (E. SAINZ RIPA, ... Albelda y Logroño, 1, n.º 23).

11 La ocupación del viejo sitio parece algo coyuntural, solo recogido en el texto antes indicado. La primera noticia de Villafranca es ligeramente posterior' en 1116 se la menciona como uno de los límites con que confina Belorado. Esto sugiere la hipótesis de que las gentes de Oca terminaron asentándose en un emplazamiento situado a menos de 2 km. del que habían escogido en principio, y que en un plazo muy breve el hecho quedó fijado y reconocido sin que sepamos más de sus circunstancias, que, por otra parte, no invalidan la prosecución de iniciativas pobladoras como la aludida en 1157.

12 Sobre Grañón, vid. J. A. GARCIA DE CORTAZAR y E. PEÑA BOCOS, «Aldeas, aldeanos y señores en Castilla en los siglos X a XII: nuevas propuestas de análisis», separata de M. J. PELAEZ (ed.), Historia económica de las Instituciones financieras en Europa. Trabajos en homenaje a Ferran Valls i Taberner, s/l, sla, XII, 3511-3512. Sobre Belorado, vid. G. MARTINEZ DIEZ, Pueblos y alfoces burgaleses de la repoblación, Valladolid 1987, 150-154.

13 R. LAMA, Colección ... Rioja, 11, n.º 115.

14 La ambigüedad del fenómeno es percibida con agudeza por B. CURSENTE, «Les villes de fondation du royaume de France (XI-XIII siécles)», en R. COMBA y A SETIIA (eds.), I borghi nuovi, Cuneo 1993, 39-54.

15 A. UBIETO, Cartularios ... , n.º 12.

16 R. LAMA, Colección ... Rioja, 11, n.º 173.

17 El desarrollo agrícola y ganadero de La Rioja en el siglo XI ha sido estudiado desde distintas perspectivas por J. A. GARCIA DE CORTAZAR; vid. entre sus últimos trabajos Crecimiento demográfico y ordenación del espacio en La Rioja Alta en el siglo XI: Anuario de Estudios Medievales, n.º 15 (1985), 63-82; Aldea y comunidad aldeana en La Rioja medieval: el caso de Villagonzalo (Badarán) Príncipe de Viana, XLVII, anejo 2 (1986), 191-211; del mismo autor y E. PENA BOCOS, La atribución Social del Espacio Ganadero en el Norte Peninsular en los siglos IX a XI: Estudos Medievais, n.º 8 (1987), 3-27; también el antes citado «Aldeas, aldeanos y señores en Castilla en los siglos X a XII: nuevas propuestas de análisis». Respecto al célebre documento de los falsos «Votos», de San Millán, García de Cortázar ha presentado sus reflexiones en Percepción y organización social del espacio en la Castilla del siglo XII: Finisterra, XXIV, 47 (1989), 5-37.

18 J. A. GARCIA DE CORTAZAR y RUIZ DE AGUIRRE, El dominio de San Millán de la Cogolla (siglos X a XIII). Introducción a la historia rural de Castilla altomedieval, Salamanca 1969; M. CANTERA, ... Santa María de Nájera, I; A. UBIETO ARTETA, Notas sobre el patrimonio calceatense, siglos XII-XIII, Logroño 1978; S. ANDRES VALERO y C. JIMENEZ MARTINEZ, "El monasterio cisterciense de Santa María de Cañas (Cañas, La Rioja)». en El Cister. Ordenes religiosas zaragozanas, Zaragoza 1987, 221-232. Las páginas introductorias a la edición de algunas colecciones diplomáticas ofrecen panorámicas de interés, así E. SAINZ RIPA, ... Albelda y Logroño, I, 7-11, y F. J. GARCIA TURZA, ... San Prudencia, 14-23.

19 J. de LEZA, Los Lopez de Haro, señores de Vizcaya, y los señores de Cameros, en el gobierno de La Rioja durante la Edad Media (1116-1334), Logroño 1954.

20 El texto de una convenientia entre Alfonso VIII y los hermanos Pedro y Gómez García (1188) sobre los castillos de Agoncillo y Lodosa informa del hecho (R. LAMA, Colección ... Rioja, III, n.º 297).

21 Se trata de tres circunstancias distintas que, sin embargo, tienen fuertes concomitancias. Santa María de Nájera, cuyo caracter de panteón real es bien conocido, era un priorato de Cluny donde los miembros de la casa de Haro se enterraron desde el siglo XII, promoviendo solemnes aniversarios dotados de forma espléndida. Al mismo tiempo se constituyeron en garantes de sus intereses; del año 1136 en adelante, las donaciones y confirmaciones regias se hacían frecuentemente a petición del linaje, y la política administrativa najerina acostumbró a depender de su «consejo y asentimiento» (ejemplos varios en M. CANTERA, Santa María de Nájera ... , II, n.º 44, 105, 146). Aunque la casa de Cameros también intervino en Nájera, su influjo se proyectó de forma más directa en San Prudencia de Monte Laturce, monasterio que adquirieron al obispo en 1058 y donde se instaló de inmediato su panteón; era, por tanto, un monasterio particular, que no cambió de situación hasta 1181 y 1182, cuando la parentela lo cedió a su fundación cisterciense de Santa María de Rute (instalada al cabo en San Prudencia); pero el linaje mantuvo su patronato, lo que suponía por ejemplo que los miembros sin recursos serian acogidos y alimentados en el cenobio de Monte Laturce; de este modo María, hija de Alvar Diaz de los Cameros, podía dirigirse al santo titular en 1246 como «patrón, defensor y especial abogado socorredor de mi linaje y parentela» (los documentos relativos a estos aspectos y a la intervención administrativa en el cenobio, semejante a la reseñada en Santa María de Nájera respecto a los Haro, en F. J. GARCIA TURZA, ... San Prudencia, n.º 5, 9, 10, 17, 19,45,49, 75 ... ). El monasterio de Santa María de Hayuela existía en 1169, año en que los condes Lope Diaz de Haro y Aldonza lo donaron a la orden del Cister; fué trasladado de inmediato a Cañas, donde subsiste. El linaje continuó dotando al cenobio a lo largo del tiempo, y en él ingresaron muchas de sus mujeres y se retiraron diversas de sus viudas, que ejercieron un papel tutelar sobre el monasterio o lo rigieron como abadesas (R. LAMA, Colección ... Rioja, III, n.º 398 y 399; IV, n.º 77). Los vínculos de familiaridad y lo que conllevaba se extendieron a otros centros que no tenían una relación estricta con cada linaje; a modo de últimos ejemplos, se recordará que Diego Lopez de Haro había adquirido antes de 1201 la condición de canónigo de la catedral de Calahorra -de la que era arcediano su hermano Sancho-, y en 1202 accedió a la misma dignidad doña Guiomar, viuda del señor de los Cameros (ID., ibid., III,n.º 403 y 411).

22 El memorial que critica la gestión del prior Juan de Santa María de Nájera fue redactado hacia 1230 y es un texto muy expresivo del caso; los préstamos vitalicios de bienes a los linajes de Haro y Cameros, a caballeros o a vecinos de las villas, por precios que oscilaban entre el 2 y el 10% de la renta estimada -el resto de la cual debía ir en beneficio del concesionario-, eran considerados como causa de la desastrosa situación del monasterio (M. CANTERA, op. cit., II, n.º 151). Los numerosos documentos del mismo tipo que se conservan en los distintos fondos dan por menudo una visión concordante. Por otra parte, los familiares laicos actuaron a veces con menos sutileza; Alvar Diaz de los Cameros estimó en su testamento en 1500 monedas (sic) de oro el valor de lo que había sustraido a San Prudencio. Sobre la confusión entre los bienes patrimoniales y los préstamos vitalicios es reveladora la carta de Alfonso X a su hijo Sancho para que no embargase los lugares de Luezas y Santa María, que eran del monasterio de Monte Laturce y no de su tenedor, Simón Ruiz de los Cameros, a quien el rey había mandado ejecutar acusándole de traidor (F. J. GARCIA TURZA, op. cit.,n.º 75 y 88).

23 Entre los ejemplos significativos de esta pequeña nobleza destacaré tres, que tienen en común su vínculo con la casa de Haro. El primero es la familia formada por Alfonso Muñoz y Elisabeth, que fundó el hospital de San Pedro de Azofra; ambos tenían en préstamo la villa de Hayuela en 1157, cuando el conde Lope Díaz le concedió fuero, y poco después Alfonso Muñoz figura como mayordomo del conde; su hijo Diego Alfonso era alcaide de Nájera, «in ipso castello sive in ipsam villam». En 1173 y ya viuda, doña Elisabeth y su prole donaron el hospital a San Millán de la Cogolla, reservándose un cierto derecho de patronato a través de su capacidad de administrar el hospital y de ser acogidos en él si añadían a ese deseo la entrega de sus bienes y personas (referencias en R. LAMA, op. cit., II, n.º 207 y 228; Mª L. LEDESMA, ... San Millán de la Cogolla, n.º 417 y 422). El segundo ejemplo es la familia de los señores de Velascuri, Velascor o Velasco, el primero de cuyos miembros conocidos, Diego Díaz, figura confirmando en el referido fuero de Hayuela; entre sus cinco hijos, Gonzalo fue canónigo de La Calzada, y Bernardo obtuvo un préstamo vitalicio de San Millán en Herramélluri, aliado del Velascuri familiar, donde Alfonso VIII le concedería una serna. Poco se sabe de Sancho y Gil Díaz, pero el último, Lope Diaz, era lugarteniente de Diego Lopez de Haro en Grañón en 1192, donde le sucedía su hijo Diego Lopez en 1207. De éste fueron hijos Alvar (canónigo de Calahorra y La Calzada), Ruy y Sancho Diaz de Velascor, que a mitad del siglo XIII seguían vinculados a la casa de Haro como sus antepasados (referencias en Mª L. LEDESMA, op. cit., n.º 419, 430 Y 465; A. UBIETO, Cartularios ... ,n.º 73 y 92; R. LAMA, op. cit., IV, n.º 127, 170 Y 260). El tercer ejemplo se refiere a los descendientes de Lope Aurioliz, hacendado en Leza y Torrecilla en Cameros desde los años 1080; un siglo después, uno de éllos, don Lucas, recibió de la condesa EIdonza tierras en Nalda, por sus buenos servicios y en recuerdo de que el difunto Lope Díaz de Haro le había armado caballero; por esas fechas era alcaide de Nájera y del castillo de Cellorigo en nombre de Diego Lopez, hijo de Lope Díaz. Su vástago don Gonzalo Lucas también le sucedió en Nájera, al servicio de Lope Díaz de Haro, hijo de Diego López (referencias en R. LAMA, op. cit., II, n.º 38, y III, n.º 293; Mª L. LEDESMA, op. cit., n.º 440 y 464; M. CANTERA, op. cit., II, n.º 87 y 145).

24 A modo de ejemplo, se recordará que el conde Lope Díaz de Haro casó con Aldonza Rodríguez, de la casa de Castro. De entre sus yernos destacan Pedro Rodríguez de Azagra y el rey Fernando 11 de León. Su hijo Diego Lopez casó con Toda Pérez, prima suya como hija de Pedro Rodríguez, mientras una de sus hijas se unió con Diego Jiménez, señor de los Cameros, y otra con Alvar Núñez de Lara. En la generación siguiente, Lope Díaz casó con Urraca, hermana de Fernando 111; su hijo Alfonso López lo hizo con María, hija de Alvar Díaz de los Cameros, lo que convirtió a su vástago de ambos, Juan Alfonso de Haro, en heredero de la casa de Cameros -cuya rama principal se había extinguido con Simón Ruiz-. Esta otra familia, por lo demás, estableció vínculos en el siglo XII con los Mendoza de Alava y los Traba de Galicia.

25 J. A. GARCIA DE CORTAZAR, op. cit., 307-319 Y 333-339; M. CANTERA, op. cit., I, 233-252.

26 La lista de miembros de la cofradía de Santo Domingo del año 1120 (R. LAMA, op. cit., II,n.º 57), merece un estudio detallado; mientras tanto, se advertirá que varios de sus componentes son identificados a través de otros textos como senior (o familiar de senior), como dominante, como propietarios de divisas, o como confirmantes de alguna carta de la Casa de Haro; estos elementos, unidos a la referencia toponímica de sus nombres, representan buena parte de los criterios para identificar a los caballeros de la región en el siglo XII.

27 G. MARTINEZ DIEZ, op. cit., 141.

28 En 1137, con motivo del pleito entre los obispos de Burgos y Calahorra por Santo Domingo de la Calzada, Alfonso VII ordenó una pesquisa donde se manifestó, entre otras cosas, que la iglesia fue edificada "in termino Sancti Emeterii, qui locus dudum castrum extitit, et Sonsoti et Pini de luso». Los hechos hacían referencia al reinado de Alfonso VI (R. LAMA, Colección ... Rioja, II, n.º 114). El papel del castillo de Daroca como núcleo articulador de la comarca donde luego se asentó Navarrete es sugerida en el trabajo de A. GONZALEZ BLANCO Y H. PASCUAL GONZALEZ, Las siete villas de Campo. En torno al origen de algunas estructuras medievales: Cuadernos de Investigación (Historia),IX, fasc. 2 (1983),101-111; aún sin compartir el fondo de su razonamiento, lo cierto es que la tenencia de Daroca existía en el primer tercio del siglo XII.

29 Este desplazamiento funcional no supuso grandes distancias; Belorado se halla a poco más de 1 km. del castro de Pedroso, y Villafranca no dista más de 3 km. del antiguo castillo de Alba. Algo semejante podría decirse de Bilibio, que domina las Conchas de Haro. Pero el dato realza el significado de las villas como centros políticos.

30       El «Castello novo» de Haro tal vez estuvo destinado a suplir las funciones de Bilibio; a fines del siglo XI, este lugar era considerado como «vil e inhabitable» por el monje Grimoaldo, que relató la traslación de los restos de San Félix desde allí al monasterio de San Millán de la Cogolla -un hecho que por sí solo puede expresar la decadencia del viejo Bilibio (M. RISCO, España Sagrada, XXXIII, 440-449). La población de Cantabria se realizó en 1132 (J. A. LEMA PUEYO, Calección Diplomática de Alfonso I de Aragón, San Sebastián 1990, n.º 249-252). Las excavaciones llevadas a cabo en cerro Cantabria han revelado la existencia de un nivel del siglo XII, que se superpone a otro impreciso altomedieval (¿un asentamiento castral del tipo antes descrito?) y se caracteriza por su amurallamiento rectilíneo y sus habitaciones rectangulares (C. L. PEREZ ARRONDO, «Monedas medievales en el yacimiento de Monte Cantabria»: Cuadernos de Investigación. Historia, XI (1985), fasc. 1 y 2, 3-9; ultimamente, J. CENICEROS HERREROS, C. L. PEREZ ARRONDO Y S. ANDRES VALERO, «Defensas y urbanismo de los niveles medievales de Monte Cantabria», en Semana de Estudios Medievales (3ª 1992, Nájera), Logroño 1993, 233-241). De la rápida desaparición de Cantabria es un buen síntoma que el arzobispo Ximenez de Rada identificara en el siglo XIII Cantabria con Logroño. La mención del «castello novo» de Haro y los datos sobre Cantabria recuerdan los castelnaux del Sur de Francia como formas intencionadas de agrupación del habitat rural (vid. B. CURSENTE, Les castelnaux de la Gascogne médiévale, Burdeos 1980). El tema, que está por plantear, ofrece otros datos coetáneos en la región del Ebro medio; por ejemplo, una carta del rey García Ramirez de Navarra, fechada en 1138 in Falces, castielo novo laciente super castielo vetulo de Falces (R. LAMA, Calección ... Rioja, II, doc. n.º 120).

31 J. GAUTIER DALCHÉ, Les colonies étrangéres a Castille: l. Au nord  du Tage: Anuario de Estudios Medievales, 10 (1980), 469-486.

32 C. LOPEZ DE SILANES Y E. SAINZ RIPA, .. Archivo Catedral, n.º 8. 33 M.ª L. LEDESMA, ... San Millán, n.º 374.

34 El traslado de los habitantes de Viero a Entrena se recoge en un expresivo documento, fechado por su editor en 1193, que indica también cómo los habitantes de Villafranca de Estíbaliz se fueron a poblar Vitoria, y los de Asa marcharon a Laguardia. Ello permite comprobar la similitud de procesos a los dos lados de la frontera (R. LAMA, Colección ... Rioja, III, n.º 335).

35 A. UBIETO, Cartularios ... , n.º 134.

36 J. M. RAMIREZ MARTINEZ, ed., Historia de la Villa de Navarrete, Logroño 1990,16-19. El texto es un anónimo fechado en 1669; indica entre otras cosas que en esa época la villa hacía procesión a cada una de las cuatro ermitas que señalaban el emplazamiento de las aldeas en la fiesta de su titular.

37 La virulencia del problema en La Rioja no implica un fenómeno sólo regional; se dió en todas las tierras de colonización altomedieval, de acuerdo con sus concomitancias históricas y con la dinámica del proceso urbanizador. Vid. P MARTINEZ SOPENA, «Réorganisation de I'espace et conflits de pouvoir: Les 'Pueblas Reales' au nord du Duero», en Genése médiévale de I'Espagne Moderne. Du refus a la revolte: Les resistances, dir. A. Rucquoi, Niza 1991, 7-20.

38 Así, la pesquisa que en 1224 se hizo en Villarta para averiguar las tierras que pertenecían a vecinos de Grañón, apreció que sus titulares se habían ido a esta villa ante que la corth de Naiera, lo que reconocía su derecho a poseerlas (doc. cit. supra). En contraste, se documenta el caso de cierto Pero de Arteaga, que se había sustraido a la dependencia señorial hacia 1221 (issió de iuso de las infançones e fuese de iuso el rey), perdió sus bienes en aplicación del mismo principio (A. UBIETO, o.p. cit., n.º132)

39 C. JULAR PEREZ-ALFARO, Las Adelantados y Merinos Mayores de León (siglos XIII-XV), León 1990, ofrece un marco de reflexión de consulta necesaria; sobre el tema, vid. 130-135 y 240.

40 Se pueden espigar numerosos ejemplos de la percepción espacial de su poder. En 1190 se dirá de Diego López de Haro que domina en Nájera y Castilla Vieja, y desde Soria al mar; en 1230 su hijo Lope Diaz es considerado como tenente de Nájera, Bureba y Rioja (Mª L. LEDESMA, o.p. cit., n.º 464; A. UBIETO, op. cit., nº 135. Debe tenerse en cuenta que en ambos casos Nájera es más el nombre de un territorio que el de la villa).

41 Las datos históricas de los documentos del periodo son el elemento clave para apreciar la impronta de los Haro. Su referencia sería tan compleja como inútil, por lo que remito a las diferentes colecciones diplomáticas consultadas; conviene hacer, sin embargo, algunas puntualizaciones. Aparte de los veinte años de dominio aragonés en La Rioja, la rebelión del conde Lope Diaz hacia 1140 le privó transitoriamente de Nájera, como sucedería en. los años inmediatos a 1202 con el extrañamiento de su hijo Diego López. Este no había ocupado las tenencias inmediatamente a la muerte de su padre; hubo un corto intervalo durante los años 1170 en que estuvieron en manos de Pedro Rodriguez, su cuñado, hasta que él se posesionó efectivamente -lo que permite observar los mecanismos de reserva del linaje-. La tenencia de Logroño perteneció a Pedro Jimenez de Cameros hasta que la villa fue ocupada por los navarros en los primeros años del gobierno de Alfonso VIII; desde su retorno a manos castellanas en 1173 entra en la órbita de los Haro. Los de Cameros solo la retuvieron en los años de la crisis de 1202 (al igual que Nájera), y en los momentos posteriores a la muerte de Diego López ,«el Bueno» en 1214.

42 Al hablar de la nobleza en general se ha insistido en la relación entre los magnates y los infanzones de las aldeas, aportándose algunos casos reveladores. Las series de confirmantes de los documentos de la Casa de Haro proporcionan una larga lista de nombres identificables con los de sus lugartenientes en las distintas villas: Así, Lope Momez, don Calvet de Bovadilla o Pedro Aznárez de Cervera en Nájera; Martín González en Haro: Pedro García de Villalobar y su hermano Sancho de Mazuelo en Belorado ...

43 Una tasa en torno a 2 sueldos anuales era lo que comunmente debía pagarse al señor por cada casa. En Logroño y Navarrete se hacía el pago en Pentecostés, y en Miranda por Pascua de Resurrección. Pero no deja de existir una cierta casuística y algunos puntos oscuros. Así, en Miranda se elevaba a 3 sueldos para todos los que poseyeran heredades, lo que debía ser normal. En Belorado y Haro se estipula el pago de 2 sueldos por casa en la fiesta de San Miguel; pero no se indica quien es el beneficiado en la primera de las villas, mientras en la segunda se identifica este tributo con la fonsadera. La contribución de 2 sueldos era un signo distintivo del señorío del cabildo de la Calzada sobre la villa de Santo Domingo, donde se pagaba fraccionado. Respecto a las heredades del monarca, valga como ejemplo que la renta del «parral del Rey» de Nájera debía ser entregada en 1210 en el lagar de la bodega real o del tenente (illius qui honorem tenuerit de me, R. LAMA, ap. cit., III, n.º 450). En cuanto a los impuestos, se constata que Lope Díaz de Haro gozaba del cobro de la marzadga de Belorado en tiempos de Fernando III, como señor de la villa, y al mismo tiempo percibía en su beneficio los pedidos que el rey solicitaba de monasterios de la zona, como San Millán de la Cogolla (F. BLANCO, ... Rioja Burgalesa: BIFG, n.º 179 (1972), 388-389; J. GONZALEZ, Reinado. y diplomas de Fernando. III, Córdoba 1986, III, n.º 583).

44 Un ejemplo significativo de la propiedad de suelo urbano y predios rústicos lo proporciona la donación de bienes en Nájera y sus alrededores hecha por la condesa Aldonza Ruiz a la abadía de Cañas en 1171, integrada por 26 solares, viñas, huertos y aceñas, una parte de los cuales habían pertenecido a su difunto esposo Lope Díaz de Haro y otra a la hermana del rey García Ramírez de Pamplona (F. SAENZ y ANDRES, La beata daña M.ª Urraca López de Haro y su sepultura en Cañas, Logroño 1994, 2ª ed.-, ap. doc. III). Otro, el canal de Picadones, junto a Logroño, propiedad de diversos miembros de la casa de Cameros que entre 1162 y 1167 donaron a su fundación de Santa María de Rute (R.LAMA, op. cit., II, n.º 111 B; F. J. GARCIA TURZA, ... San Prudencia, n.º 31, 32 Y 33). El monasterio de S. Millán era dueño del «barrio nuevo» de Belorado, según se menciona en los años 1187 y 1189, quizá porque se estableció en un área de su propiedad o porque se nutrió de gentes de su dependencia (LEDESMA, o.p. cit., n.º 455 y 459). En todos los casos mencionados, los solares urbanos proporcionaban a sus dueños censos que no deben confundirse con los derechos de los tenentes antes aludidos. El barrio de Valcuerna, extramuros de Logroño, ofrece un buen caso de jurisdicción señorial y derechos vecinales conjugados (M. CANTERA, ap. cit., 11, n.º 82). En la propia Nájera, el barrio de Santa María debía estar sometido al merino del prior, mencionado frecuentemente en los documentos.

45 En Nájera, los derechos de Santa María sobre la décima parte del portazgo se remontaban a la época de su fundación. La reina Urraca y Alfonso VII los confirmaron al tiempo que los ampliaban a Logroño; la libre entrada de mercancías desde los prioratos databa, al menos, de la época de Alfonso VIII (M. CANTERA, ibid., II, n.º 31, 54, 55 y 180). Otras veces se concedieron exenciones en ciertos mercados, como la dada por Sancho VI de Navarra al monasterio de Fitero en Logroño (1164; C. MONTERDE ALBIAC, Colección diplomática del monasterio de Fitero, 1140-1210, Zaragoza 1978, n.º 134).

46 J. A GARCIA DE CORTAZAR ( ... San Millán, 305-307) ha analizado otros aspectos relevantes de la relación que existe entre los mercados de Logroño y Nájera, un gran monasterio riojano y sus dependientes campesinos.

47 J. PASSINI, Villes médiévales du Chemin de Saint-Jacques-de·Compostelle (de Pampelune á Burgos). Villes de fondation et villes d'origine romaine, París, 1984. El título es expresivo de los contenidos y de la tesis central, como habrá ocasión de comentar; algunas de las apreciaciones generales que siguen están tomadas de esta obra. En relación con Belorado, vid. además J. L. SAINZ GUERRA, La génesis de la plaza en Castilla durante la Edad Media, Valladolid, 1990, part. 225·229, de planteamientos poco concordantes con la anterior. Respecto a Miranda, vid. J. L. GARCIA FRINDA y C. MARTIN GARRIDO, Burgos edificado, Burgos, 1984, 237-242 Sobre Nájera, vid. últimamente F. J. GARCIA TURZA, «Morfología de la ciudad de Nájera en la Edad Media», en Semana de Estudios Medievales (3.ª 1992, Nájera), Logroño, 1993, 63-88. Otras informaciones gráficas de interés para diversas villas se contienen en A SORIA PUIG, El Camino a Santiago, Madrid, 1991-1992, 2 tomos, y J. PASSINI, El Camino de Santiago. Itinerarios y núcleos de población, Madrid, 1993.

48 El crecimiento de Nájera desde el siglo XI se ha verificado en detrimento de las zonas altas inmediatas al castillo, donde se ubicaban todavía en 1175 la iglesia de San Vicente y el monasterio de San Martín (quodam monasterio quod vocatur Sanctus Martinus de Castiello. . .in ipso castello Naiarensi ecclesiam Sancti Vincencii, M. CANTERA, ... Santa María de Nájera, II, 794), Y en beneficio de las zonas bajas inmediatas al Najerilla; el monasterio de Santa María la Real, el mercado y el puente han articulado, junto con la ruta jacobea, el desarrollo de la villa. El emplazamiento del mercado de Logroño generará extramuros la «población de San Gil», nombre con el que aparece en los documentos del siglo XIII el conjunto que más tarde se denominará la «villa nueva» (en 1241 y 1246 se alude a cierto horno como situado «en la población de San Gil en el barrio del mercado», y en «la puerta del mercado de la puebla de San Gil»; R. LAMA, Colección ... Rioja, IV, n.º 139 y 162). El papel del puente como elemento de articulación de la villa es muy claro en el caso de Miranda de Ebro; en sus extremos se han desarrollado los dos núcleos de aquende y allende. El barrio de aquende, al sur del río Ebro y el más importante de la villa medieval, se desarrolla en función de la vía que prolonga el puente.

49 El fuero de Navarrete ofrece exenciones fiscales a quienes se establezcan en la cuesta del cerro Tedeón (populatores de la costa non pectent in aliquo pecto per quatuor annos, et de quatuor annos in antea pectet unusquisque duos solidos et non pectent alios morabetinos; G. MARTINEZ DIEZ, Fueros ... Rioja, 443). Pero la tendencia al despoblamiento de la zona no se evitó; como testimonio, la iglesia -que se hallaba en élla-, fue trasladada a la parte baja de la villa en el siglo XVI (Historia de Navarrete, 77). Algo semejante se produce en Miranda, donde la parroquia de Santa María articulaba al sur del Ebro el caserio del cerro; a fines del siglo XV fue derribada y se construyó de nuevo en el barrio de aquende (F. CANTERA y J. ANDRIO, Miranda de Ebro, 238-239).

50 Alfonso VIII concedió a los judíos que se asentasen en el castrum de Haro (G. MARTINEZ, Fueros .. .Rioja, 437; el documento carece de fecha,y su editor propone el periodo 1170-1214). Tampoco se conoce el momento en que los judíos de Nájera se acomodaron en el castellum iudeorum, donde ya estaban en 1186 (E. CANTERA MONTE NEGRO, Las juderías de la diócesis de Calahorra en la Baja Edad Media, Logroño 1987, 448). El caracter de las comunidades judías como súbditos protegidos del monarca y una creciente discriminación pueden contribuir a explicar estos hechos, aunque sería de interés relacionarlos con la marginalidad de los viejos espacios que ocupan respecto al nuevo ámbito urbano; téngase en cuenta, por ejemplo, que la comunidad de Nájera estuvo previamente asentada en el barrio de San Miguel, en la zona baja de la villa, con lo que su reclusión en el castillo venía a representar un aspecto contradictorio con las tendencias del espacio urbano, según antes se ha indicado. Por lo demás, en el territorio leonés se conocen varios ejemplos coetáneos de confinamiento judio en los castillos de ciudades y villas o en sus inmediaciones (vid. J. RODRIGUEZ FERNANDEZ, Las juderías de la provincia de León, León 1976, divs. págs.).

51 Dos testimonios logroñeses pueden servir para ilustrar este hecho. En 1230, un clérigo de Santa María La Redonda daba en su testamento 4 maravedíes al concejo de Logroño ad claudendam villam, para contribuir a la cerca de la villa; en 1291, cierto solar está delimitado por el muro del concejo (E. SAINZ RIPA, Albelda y Logroño, I, Logroño 1981, n.º 26 y 88). El concejo es el responsable de la muralla urbana, como se puede ver, y nutre parcialmente este capítulo con las aportaciones de trabajo de los vecinos y habitantes del alfoz. La donación de 1230 antes citada no debe ser algo extraordinario: en Miranda de Ebro era una costumbre establecida la entrega de una cantidad por vecino como manda testamentaria para el puente y los muros (F. CANTERA y J. ANDRIO, op cit., n.º 45), y lo mismo se constata en otras zonas del reino bajo el nombre de «mortuorio» (vid. P. MARTINEZ SOPENA, «Las pueblas reales de León y la defensa del reino en los siglo XII Y XIII», en Castillos medievales del reino de León, León 1989, 131).

52 A. UBIETO, Cartularios ... , n.º 48 y 79. El editor fecha el más antiguo entre 1162 y 1169, Y el otro entre 1181 y 1199. Conviene subrayar que el maestro Gassion alternó su tarea de urbanista con otro servició al cabildo calceatense, pues estuvo ocupado durante este tiempo en la construcción de la gran iglesia románica de la villa, destinada a convertirse en concatedral. El estado medía 2 m. (vid. infra). La medida de la pertica representa 3'50 m., esto es, la anchura o fachada de un solar, como se verá a continuación (J. PASSINI, «Morfología urbana de las poblaciones del Camino de Santiago», en J. I. RUIZ DE LA PENA SOLAR (coord.), Las Peregrinaciones a Santiago de Compostela y San Salvador de Oviedo en la Edad Media. Actas del Congreso Internacional celebrado en Oviedo del 3 al 7 de diciembre de 1990, Oviedo 1993, 261). Por lo tanto, se debieron lotificar unos 30 solares en la primera ocasión.

53 J. PASSINI, Villes médiévales ... , 92, indicando que todavía se conserva en el 25% de las parcelas del barrio; observa el autor que su longitud es la misma que la de la catedral. Tal profundidad era usual en el siglo XIV (C. LOPEZ DE SILANES Y E. SAINZ RIPA, ... Archivo Catedral,n.º 95 y 97, donde ciertas casas limitan con la cerca al N. y con la calle al S.; el solar estaba parcialmente ocupado por un huerto). Esta relación aproximada 1 :20 no es desmesurada respecto a otras lotificaciones coetáneas, como muestra C. HIGOUNET, Les AIlemands en Europe centrale et orientale au Mojen Age, 308.

54 En 1252, el canónigo Guillén de Saja donaba al cabildo de Santo Domingo su casa y parral del barrio de Malburguete, refiriendose a su explotación desde dos generaciones atrás (C. LOPEZ DE SILANES Y E. SAINZ RIPA, op. cit., n.º 31). En el índice de esta obra se indica la existencia de al menos otros dos arrabales antes de fines del XIV: los barrios de la Puebla y de San Lázaro; se situaban al sur y al este de las murallas respectivamente, según indica el plano levantado por Francisco Coello a mediados del XIX.

55 C. LOPEZ DE SILANES Y E. SAINZ RIPA, op cit, doc. n.º 8. El administrador utilizó el término pendicium, alusivo a la lotificación del suelo, para indicar que había más casas que solares. La división de solares continua más tarde; así, en 1346 se donaba 1/2 casa, 1/2 horno y 1/2 huerto en el barrio nuevo, delimitada por las propiedades de dos vecinos, la muralla y la calle (ID. ibid., doc. n.º 95).

56 Respecto a Belorado y Miranda de Ebro, vid. las estimaciones de J. ORTEGA VALCARCEL, «Geografía histórica de Burgos altomedieval», en Burgos en la Alta Edad Media (II Jornadas Burgalesas de Historia. Burgos, 1-4 de mayo de 1990), Burgos 1991, 221-222. Se conocen, además, otros ejemplos muy próximos, precisos y coetáneos, en villas de la Sonsierra aforadas por Sancho VI y Sancho VII de Navarra. En 1164 era poblada la villa de Laguardia, cuyos vecinos recibieron lotes de 12 x 4 estados para construir sus casas; en 1208, una nueva distribución de solares fijaba las medidas en 12 x 3 estados. Estas nuevas medidas ya habían sido utilizadas en la población de Labraza de 1196 (M.ª E. CUESTA DIAZ DE ANTOÑANA, «Nacimiento y morfología urbana de las villas alavesas», en Las formas de poblamiento en el Señorío de Vizcaya durante la Edad Media, Bilbao 1978, 220; la autora estima que el estado medía 2 m.; E. GARCIA FERNANDEZ, «La fundación de las villas alavesas y la articulación económica y social del territorio», en Ibaiak eta Haranak,6: El agua, el río y los espacios agrícola, industrial y urbano, Bilbao 1990, 158). En San Vicente de la Sonsierra, que recibió fuero en 1172, se aplicaron las primitivas de Laguardia; de hecho, su texto es un calco de éste último (G. MARTINEZ, Fueros ... Rioja, 423-425).

57 El barrio del mercado de Nájera se menciona en 1126 (R. LAMA, Colección ... Rioja, III, n.º 86); su relación la iglesia de San Jaime de barrio mercado aparece explícita en E. SAINZ RIPA, ... Albelda y Logroño, n.º 179. Un texto de 1151 alude a los barrios de Ferraria, San Miguel y del Puente, con referencia a las casas nuevas de este último (M. CANTERA, Santa María de Nájera, II, doc.n.º 56). Vecinos del barrio de Santa María confirman un documento de 1202 (R. LAMA, op. cit., IV, n.º 4); puede corresponder al ámbito territorial de la capilla-parroquia de Santa Cruz, propiedad del monasterio de Santa María la Real. El análisis del parcelario por J. PASSINI (Villes médiévales ... , 74) distingue una zona de estructura fusiforme (San Jaime), dos zonas lineales (a lo largo del Najerilla, junto al puente) y una gran zona cuadrangular central (en relación con las iglesias de San Miguel y Santa Cruz; se volverá después sobre élla).

58 los mencionados barrios de Belorado se documentan en una fecha muy avanzada del siglo XII; en 1185 San Juan (M.ª L. LEDESMA, ... San MilIán, n.º 446); en 1187 Barrio Nuevo (ID., ibid., n.º 455); en 1188, el barrio de Castellanos (UBIETO, Cartularios ... , n.º 69). La realización de una puebla por Alfonso X en F BLANCO, ... Ríoja burgalesa: BIFG, n.º 179 (1972), 383-85. La referencia de Barrio Nuevo se acompaña de claros indicios de población. La referencia al barrio de Castellanos retrotrae a principios de siglo, pues el fuero de Belorado consagraba una división de la comunidad entre francos y castellanos que pudo traducirse espacial mente. Desde una perspectiva morfológica, en Belorado se distingue el conjunto que corresponde al barrio nuevo y otro que se organiza en torno a la iglesia de San Nicolás, eventual signo por su advocación de un barrio de francos; otros dos núcleos resultan coherentes, de los cuales uno puede asociarse hipoteticamente a la puebla de Alfonso X, y el otro constituye el sector central de la villa, de forma cuadrada.

59 El saqueo y destrucción de Belorado son narrados en la Cronica latina de los Reyes de Castilla, ed. Mª D. CABANES PECOURT, Valencia 1964, 73.

60 Estas áreas de Nájera y Belorado, a que se ha hecho referencia en notas anteriores, son consideradas por J. Passini como testimonios de la antigua ocupación romana. Sin embargo, no existe la menor constancia arqueológica de ese hecho. En los siglos XII y XIII era conocidas, asimiladas y utilizadas las teorías del mundo clásico sobre planificación urbana en ámbitos europeos muy distintos, incluida España; no sería extraño que se hubieran aplicado en estas villas riojanas, eventualmente precisadas de una intensa reconstrucción (vid. sobre ello J. CARO BAROJA, Paisajes y Ciudades, Madrid 1984, 154-158; Ch. HIGOUNET, Les Allemands ... , 307). Sobre la importancia de hechos como los descritos en cuanto factores de profunda remodelación, el propio Passini alude al incendio que destruyó el "barrio viejo» de Santo Domingo de la Calzada, de suerte que hoy no es posible restituir la imagen que pudo tener en el siglo XII.

61 Sobre este último aspecto, vid. C. GONZALEZ MINGUEZ, El portazgo en la Edad Media. Aproximación a su estudio en la Corona de Castilla, Bilbao 1989, 111-114 Y 142-143

62 Según el fuero de Nájera, los alcaldes deben recibir en la emenda del día de mercado »unam quartam de sale et unum urceum et unam ollam et unam terrazam» (G.MARTINEZ, Fueros ... Rioja, 410, arto 78). Entre los derechos de los alcaldes de Belorado se hallan "sennos quartos de sal cada lunes, sennos orços sy los ovyere en el mercado, sennos pares de vbres, sy las ovyere en el mercado de la carnesçeria» (G. SANCHEZ, Libro de los fueros de Castiella, Barcelona 1981 -facsimil de la ed. de 1924- n.º 43, 26); el mercado semanal se celebraba en Belorado los lunes.

63 J. GAUTIER DALCHÉ, "L'étude du commerce médiéval a I'échelle locale, régionale et inter-régionale: la pratique méthodologique et le cas des pays de la Couronne de Castille», en Actas de las I Jornadas de Metodología Aplicada de las Ciencias Históricas. II, Historia Medieval, Santiago de Compostela 1975, 344-345. Cabe añadir que el Libro de los Fueros de Castiella (n.º 135, 70), reseña que los vecinos de las aldeas de Belorado están exentos de pagar cierta contribución (condeseio, sic) al concejo por almacenar en la villa grano y vino.

64 Como las anteriores, estas concesiones aparecen en los fueros salvo en el caso de Nájera; vid. C. GONZALEZ MINGUEZ, Notas sobre la exención de portazgo de Nájera: Cuadernos de Investigacion (Historia), IX, fasc. 2 (1983), 39-45. Otra noticia del tráfico protagonizado por gentes de Santo Domingo de la Calzada y Logroño se recoge en cierta fazaña de los prestameros de Belorado; en ella también se alude a la exportación de «cosas vedadas» del reino (Libro de los fueros de Castiella, n.º 138, 72; el episodio se sitúa en tiempos de Fernando III).

65 Belorado, Miranda y Nájera registran el dato en sus respectivos fueros; Haro, a través de un privilegio de 1276 que autoriza su celebración (E. CANTERA MONTENEGRO, «Franquicias regias a ciudades y villas riojanas en el marco de la política repobladora de Alfonso X», en Alfonso X el Sabio. Vida, obra y época, Madrid 1989, 85), aunque es razonable suponer que venía de atrás. Las noticias de Logroño y Santo Domingo de la Calzada corresponden a las días de mercado tradicionales mencionados por Govantes, Diccionario ... , 108 y 179; sus fechas deben corresponder a las celebraciones medievales, como sucede en tantos otros casos, si bien esta constatación necesita precisarse: por ejemplo, en 1466 se concedió a Logroño la celebración de un mercado franco los martes, pero ¿existía antes sin este carácter? (J. R. DIEZ DE DURANA y E. GARCIA FERNANDEZ, Demografía y sociedad: La población de Logroño a mediados del siglo XV, Logroño 1991, 30) No se han localizado noticias sobre los días de celebración de mercado en las demás villas; si se contase con éllas, posiblemente se distinguirían dos circuitos paralelos, o bien se pondría de relieve la red de mercados principales -en correspondencia con la mayoría de las villas mencionadas-, y la de mercados secundarios.

66 G. MARTINEZ DIEZ, Fueros ... Burgos, 168 (47); la reglamentación de los mercados burebanos en J. del ALAMO, Colección Diplomática de S. Salvador de Oña, Madrid 1950, 1, n.º 350.

67 Fuero de Belorado: (8) ... et de anno in anno feriam habeatis in diebus sancti Michaelis, Fuero de Miranda: (28) ................. Et illi qui sunt de alhoze ueniant In março a tres mercatos .... J. GONZALEZ ( .................. Alfonso VIII, III, 882) recoge la noticia del establecimiento de la feria de Santo Domingo por el monarca castellano en 1212; pero en un pleito algo anterior, cierto clérigo de Pino de Bureba -junto a Oña-, manifestaba que había acudido algunas veces a ella ( ... aliquando etiam ivit ad feriam Sancti Dominici de Calzada, en I. OCEJA GONZALO, Documentación del Monasterio de San Salvador de Oña, 1032-1284, Burgos 1983, n.º 107,92; la editora fecha el documento en 1209). Por lo demás, esta noticia insiste en las relaciones interregionales.

68 Se han recogido 241 referencias de artesanos y comerciantes entre los años 1124 y 1367 en las colecciones diplomáticas de Santo Domingo de la Calzada (trabajos de A. Ubieto Arteta, y C.Lopez de Silanes y E. Sainz Ripa), la Colección Diplomática Medieval de La Rioja (de Rodriguez R. de Lama), los documentos de Albelda y La Redonda (de E. Sainz Ripa), los de Santa María la Real de Nájera (de M. Cantera Montenegro), y de San Mlllán de la Cogolla (de Mª L. LEDESMA), así como los que sobre Miranda se incluyen en el libro de F. Cantera y J. Andrío. Este criterio no pasa de ser indicativo. De entrada, está sometido a los azares de la documentación y sólo puede aplicarse en aquellas villas de las que se ha conservado un grupo de actas particulares mínimamente significativo (es el caso de Nájera, Santo Domingo, Logroño y Miranda), pues las menciones de este tipo se recogen sobre todo en las confirmaciones de los documentos, en las referencias a propietarios colindantes, o en las eventuales listas de vecinos; pero debe tenerse en cuenta que la distribución cronológica de los actas oscila sensiblemente entre las distintas localidades, lo que proporciona problemas suplementarios (hay una relación estrecha entre el descenso de las menciones de artesanos najerinos desde los años 1250 y el número de actas conservadas, y ocurre lo mismo, pero en sentido contrario, con la floración de ocupaciones en Logroño desde el último tercio del XIII). Por otra parte, el apelativo profesional que nos sirve para identificar a artesanos y comerciantes -como el toponímico-, no parecen ser sino recursos para evitar homonimias: esto es, formas de identificación personal dentro de la comunidad. El ejemplo más significativo es la ya citada lista de tenedores de solares de Santo Domingo de la Calzada, fechable hacia 1200; de los 196 individuos censados, sólo 25 denotan una ocupación artesana. Esta reducida proporción responde seguramente a que las personas que tenían un mismo nombre de pila, dato muy común, eran reconocidas entre el vecindario mediante criterios alternativos: en particular su profesión, su lugar de origen o sus vínculos familiares.

69 La toponimia urbana medieval de Logroño, parcialmente conservada, ilustra este predominio; la villa tenía varias calles cuyos nombres se relacionaban con oficios; las documentadas eran éstas: Carniceria (Alta y Mayor) y Entrasbascarnicerías, Ferrería, Orcerías, Triperías y zapatería (E. SAINZ RIPA, . Albelda y Logroño, III:lndices, 125). Esta toponimia muestra, por otra parte, un rasgo de organización en diversos de los oficios, cuyos componentes han debido vivir agrupados en ciertas areas de la villa; en el mismo sentido se interpreta la noticia de 1369 según la cual los alfagemes moraban en un cierto sector de la calle de Francos (ID., ibid., I, n.º 213). La existencia de un "huerto de los zapateros» en Nájera (1266) se relaciona con la idea anterior, o bien con una propiedad común de estos menestrales (M. CANTERA, ... Santa María de Nájera, 11, n.º 161). Por lo demás, no se tienen noticias durante todo el periodo de las formas de organización de los artesanos; las más próximas son de 1377, y muestran al cabildo de los zapateros de Logroño defendiendo la prohibición tradicional de que los judíos ejerzan esta profesión (E. CANTERA MONTENEGRO, Las juderías de la diócesis de Calahorra ... , 491); tampoco proporcionan datos las numerosas cofradías existentes (M. CANTERA MONTENEGRO ,Las cofradías religiosas en el Logroño medieval. Hispania Sacra, n.º 40 (1988), 167-178). Un posible indicio de solidaridad entre los menestrales, atestiguado desde mediados del XII, es la relativa frecuencia (casi el 20%) con que gentes de un mismo oficio concurren en un mismo documento en calidad de testigos o garantes.

70 En el aludido censo de Santo Domingo se identifican 4 caldereros y 2 campaneros, aparte de 4 herreros.

71 Sobre los oficios en León durante los siglos XII y XIII, vid. C. ESTEPA DIEZ, Estructura social de la ciudad de León (Siglos XI-XIII), León 1977, 379-404 para Burgos, vid. la contribución del mismo autor en la obra Burgos en la Edad Media, León 1984, 60-63, que se ocupa del tema hasta comienzos del siglo XIII. Respecto a Oviedo, J. I. RUIZ DE LA PEÑA, El comercio ovetense en la Edad Media. I: de la «civitas» episcopal a la ciudad mercado, Oviedo 1990,95-148, estudia la situación del siglo XIII. En relación con Valladolid, vid. A. RUCQUOI, Valladolid en la Edad Media, Valladolid 1987,I, 113-114, donde se analiza el periodo que trascurre entre mediados del XII y mediados del XlV. Sobre Villafranca del Bierzo, M. DURANY CASTRILLO, La región del Bierzo en los siglos centrales de la Edad media, 1070-1250, 144-145.

72 " ... propter hoc quod in Gronio popular e venistis, nolens ut propter inopiam hereditatis et propter inopiam beneficii, quod vobis facere debeam, illam populatione deseratis ... » (R. LAMA, op.cit., 11, n.º 147). También los judíos están presentes desde este momento. Pero la naturaleza de sus actividades deja amplio margen a la conjetura; en Nájera se atestigua algún pellejero judío a principios del siglo XIII, y bastante más tarde se sabe de un sastre y «Seis judios povres menestrales» que forman parte de la aljama de Miranda de Ebro, así como de algunos judios logroñeses que negocian pequeñas partidas de paños en Pamplona. En opinión de E. Cantera, las aljamas de estas villas y de otras, como Haro, se dedicaban con frecuencia al trabajo de la tierra; en su aspecto artesanal pudieron destacar en el sector del cuero y la piel, aparte de como prestamistas -todo lo cual se revela en la documentación del siglo XV particularmente (Las juderías de la diócesis de Calahorra ... , part. 382-384, 458-460, 494-497, 637-639).

73 J. GAUTIER DALCHÉ, Historia urbana de León y Castilla en la Edad Media (siglos IX-XIII), Madrid 1979, 345-358.

74 En esta memoria y la siguientes se recogen las noticias que aparecen en diversas colecciones diplomáticas. Para Logroño, R. LAMA, Colección ... Rioja, III, n.º 325 (antes de 1192), 366 (1196), 379 (1199), 412 (1203), 458 (1213), y  IV, n.º 15 (1206), 36 (1215), 41 y 42 (1216). La única ocasión en que aparecen dos alcaldes en Logroño es, precisamente, en 1157, cuando Sancho III añade al fuero el precepto que da participación al concejo en su designación. Respecto a Navarrete, ID., ibid., IV, n.º 133 (1240). Sobre Santo Domingo, ID., ibid., III, n.º 274 (1180); UBIETO, Cartularios ................ , n.º 74 (1194) Y 79 (1181-1199);C. LOPEZ DE SILANES y E. SAINZ RIPA, ................... Archivo Municipal, n.º 2 (1228) Y ... Archivo Catedral,n.º 23.

75 En relación con Grañón, UBIETO, ibid., n.º 2 (1121), 5 (1121-22) y 73 (1192); R. LAMA, ibid., II, n.º 114 (1137); Mª L. LEDESMA, ... San Millán, n.º 432 (1178) y 451 (1186); en esta obra también se encuentran noticias de Haro y Miranda en los n.º 447 (1185) y 457 (1188). Se observará que el esquema de organización municipal precede a la puebla de fines del XII en Grañón y al fuero en Haro (donde, además, el documento de referencia registra la figura de un adelantado o merino concejil); esto vale también para Santo Domingo de la Calzada, según se ha visto en la nota precedente. Posiblemente, la influencia del ordenamiento de Logroño ha tenido una fase de desarrollo previa a su formalización textual.

76 Respecto a Belorado, M.ª L. LEDESMA, ibidem ... ,n.º 446 (1185) Y 455 (1187); UBIETO, op. ciL., n.º 69 (1188); R. LAMA, op. cit., III, n.º 378 (1198). También hay dos alcaldes en Cerezo de Rio Tirón (ID., ibid., IV, 77, 1225). Las numerosas referencias a Nájera se resumirán al hilo de las notas inmediatas.

77 En 1121 testifican en un documento «multi alii, tam de francis quam de castellanis»; en 1126, los confirmantes de otro se reparten en dos grupos («de francis ... de castellanis ... »); sin embargo, al final se indica «toto concilio de Nazara, tam de viris quam de mulieres», lo que parece asegurar la idea de comunidad concejil, del mismo modo que la institución del alcalde lo hacía en Belorado (M. CANTERA, op. cit., II, n.º33 y 40).

78 «iudicibus a rege constitutis in Naiera ... » (M. CANTERA, ... Santa María de Nájera, II, n.º 87);se anotará que ésta es una de las numerosas ocasiones en que el término «iudex» equivale a alcalde. Por lo que respecta a Santo Domingo, en el acuerdo que se suscribió con ocasión de su paso al realengo en 1250 se escribe: « ... Solien los canonigos de Sancto Domingo fazer alcaide e iurados en uno con conceio ... E quitan se ellos del señorio destas cosas sobredichas e otorgan que pase a mi (el rey Fernando III) el señorio e que lo aya yo como ellos lo auien ... »; el monarca, por tanto, será quien establezca los alcaldes de acuerdo con el concejo (C. LOPEZ DE SILANES y E. SAINZ RIPA, ... Archivo Catedral n.º 30,). En 1264 se daba un nuevo paso, alguna de cuyas repercusiones se tratará más adelante; Alfonso X ordenaba que al finalizar el año de mandato de alcalde y jurados, se reuniese el «conçeio general de mayores e de menores>, para que los oficiales salientes escogiesen a sus sucesores entre los vecinos; los nuevos tomarían posesión de su cargo ante el concejo, jurando guardar los derechos del rey y del concejo, procurar el bienestar de la villa y sus gentes, y atender los pleitos (de los mismos autores, ... Archivo Municipal, n.º 6).

79 G. SANCHEZ, Para la historia de la redacción del antiguo derecho territorial castellano: AHDE, VI (1929), 260-328; sobre dicho Libro ... observa el autor en pág. 274 que« ... De los derechos locales se toman, por lo común, prescripciones de índole consuetudinaria y rara vez privilegios reales; en todo caso normas que no se hallan escritas en los correspondientes fueros municipales. La postura de conceio se puede oponer al fuero.»

80 Las fechas extremas de don Michael en R. LAMA, op. cit., II, n.º 50, y M. CANTERA, op. cit., II, n.º 51; las de García Salvador, en M. CANTERA, ibid., n.º 52, y M.ª L. LEDESMA, op. cit., n.º 411, donde también aparece la primera referencia de Martín Blasquez, dando la última M. CANTERA, op. cit., n.º 83. Juan Abad comparece con él en 1171 (M.ª L. LEDESMA, op. cit., n.º 417), figurando una postrer noticia en R. LAMA, op. cit., IV, n.º 6; por el año 1183 no era alcalde. Domingo Pardo figura a su lado en 1200 (ID., ibid., III, n.º 399) y su última referencia se recoge en M. CANTERA, op. cit., n.º 113.

81 Pedro Pardo era alcalde en 1159 junto con García Salvador (R. LAMA, II, n.º 207). Johan Pardo ejerció el cargo al menos entre 1239 y 1245, acompañado de Don Guillermo (que, a su vez ya lo ocupaba en 1225; ID., ibid., IV, n.º 76, 127 y 156). En 1261, los alcaldes de Nájera son Domingo Pardo y Romeo Petriz, que continuaba aún en 1286 (ID., ibid., IV, n.º 253 y 440).

82 Para Grañón, Mª L. LEDESMA, op. cit., n.º 432 y 451; sobre Logroño, R. LAMA, op. cit., III, n.º 366, 379 Y 412; respecto a Belorado, Mª L. LEDESMA, ibid., n.º 446 y 455, A. UBIETO, op. cit., n.º 69, y R. LAMA, ibid., n.º 378.

83       N. HERGUETA, Noticias históricas del maestre Diego del Villar, médico de los reyes Alfonso VIII, Doña Berenguela y San Fernando, de los hospitales y hospederías que hubo en La Rioja en los siglos XII y XIII, Y de la villa de Villar de Torre: RABM, X (1904), 423-434, atendiendo sobre todo a que en 1202, don Diego recibió de Alfonso VIII todas las heredades realengas de Villar de Torre por juro de heredad; este meritorio trabajo no relaciona con Nájera a Diego del Villar, quien en 1200 confirmaba una carta en la villa entre el abad de la cofradía de clérigos, uno de los alcaldes y el hermano de otro, y en 1210 era uno de los «hominibus de Naxera» que recibía de Alfonso VIII la explotación del llamado «parral del rey», junto al alcalde Domingo Pardo y otros personajes conocidos en la documentación coetánea, como Pascasio de Soria y su yerno Guillermo Cozol (R. LAMA, op. cit., III, n.º 399 y 450). La familia «de la Tenda» aparece en Logroño desde 1171. Antes de 1189, Bernardo de la Tenda había vendido al monasterio de S. Cebrián de Montes de Oca ciertas heredades en la villa. En 1192 recibía de Alfonso VIII la villa de Muro de Cameros, por juro de heredad. Junto al alcalde Arnaldo de la Tenda ya su hermano Michael, confirma una carta en 1196; ya se ha indicado que cierto Peregrinus Arnaldus era alcalde de la villa en 1203, al tiempo que se identifica como miembro prominente de la cofradía de San Gil, constituida por clérigos y laicos de Logroño. También se ha hecho referencia a la noticia de 1216 según la cual Bernardo de la Tenda había contribuido a la población del arrabal de Logroño, que puede identificarse con el propio barrio de San Gil, donde se situa el mercado; y junto a él se hallaba cierto horno que era propiedad de otro miembro de la familia, Stephano de la Tenda, hacia los años 1230 (R. LAMA, op. cit., III, n.º 244, 305, 330, 366, 412, 466 Y 505, y IV, n.º 5). Al lado de la dedicación comercial de la familia, puesta de relieve por el propio apelativo, se observa su integración dentro de la organización comunitaria (magistratura, cofradía de San Gil) y el peso de sus intereses en la zona mercantil; la adquisición de Muro de Cameros constituye el primer elemento revelador de la proyección de la burguesía logroñesa en las montañas del sur, y quizá deba conectarse con el interés por la ganadería trashumante que caracteriza a la villa más tarde. La posesión de hornos urbanos por miembros del grupo dirigente también se aprecia en Nájera, donde el alcalde Johan Pardo era dueño de uno situado en el barrio del Mercado (M. CANTERA, op. cit., II, n.º 161). Respecto a la cesión de tierras, otro ejemplo logroñés es el de Pedro Elías, hijo de cierto prestamista, que en 1191 cedió una serna a los vecinos para que se la repartieran en quiñones (R. LAMA, ibid., III, n.º 244 y 305); como en el caso anterior, estas cesiones reportaban censos perpetuos a sus propietarios.

84 Desde un punto de vista simbólico llama la atención un documento de Nájera, fechado el día de los Santos Inocentes del año 1202, que confirma «Martinus, filius Dominici Pardi iudicis, rex puerorum cum omni exercitu suo» (R. LAMA, op. cit., IV, n.º 4). Fue tradición que el 28 de diciembre la autoridad se cediera a los niños, como sucesores de los Santos Inocentes, por lo que no es extraño que un «rey de los niños» acompañado por toda su tropa figure actuando como hacen los adultos el resto del año. Pero resulta muy significativo que el cargo principal sea ejercido por el hijo del alcalde. A propósito de los orígenes de esta fiesta, de su difusión continental y de sus caracteres bufos, vid. J. AMADES, Costumari catala. El curs de I'any, Barcelona 1950 (reimprimido en 1987), I,217-250. Este trabajo se centra en las manifestaciones catalanas y valencianas; una información relativa al conjunto de España es aportada por J. CARO BAROJA, El Carnaval, análisis histórico-cultural, Madrid 1965, 315·323.

 

 

 

 

 

 

EL PROCESO DE URBANIZACION DE LA RIOJA ALTA
HASTA MEDIADOS DEL SIGLO XIII

PASCUAL MARTINEZ SOPENA

Historia de la ciudad de Logroño, Vol. 2, 1994 (Edad Media), ISBN 84-88793-31-6 , pags. 281-295