Al amparo de estas moles esculpidas por los ríos Iregua y Leza surge la tenencia de Viguera

 

 

LAS TENENCIAS

 Cuando el rey de Pamplona Sancho Garcés I reconquista La Rioja en el siglo X, se encuentra con un territorio dotado de una estructura demográfica, social y económica muy distinta de la que existía en los territorios originarios de la monarquía. Sus descendientes, conscientes de la identidad del territorium riojano lo van a dividir en diferentes distritos cuyo número y evolución a lo largo de los distintos reinados analizaremos seguidamente, así como las personas que están al frente de cada uno de ellos. Gracias a este análisis deducimos que en La Rioja durante nuestro período de estudio, y hasta la reconquista de Calahorra en 1045, existen dos grandes distritos territoriales que articulan el espacio: Nájera y Viguera.

Nájera actúa como núcleo aglutinador del espacio riojalteño incluyendo las cuencas de los ríos Tirón-Oja y Najerilla. Es posible que a su vez en los últimos años de nuestro análisis se dividiese en otras tenencias o distritos más pequeños como Azofra, Cañas o Matute, cuyos tenentes probablemente fueran nombrados por el gobernador del distrito principal. La importancia de esta tenencia, en cuya civitas residía la corte de los reyes de Pamplona de un modo casi permanente durante el reinado de García Sánchez III, y que al mismo tiempo es sede episcopal hasta la reconquista de Calahorra, queda demostrada por las especiales vinculaciones, en ocasiones de parentesco, que tienen habitualmente los tenentes con los reyes, y por los títulos que les atribuye la documentación como los de princeps, dux o comes, diferentes del de senior que es el habitual para los otros tenentes.

Así, en el reinado de García Sánchez I, el prefectus de Nájera recibe el título de dux. Se trata de Fortun Galindoz, personaje muy próximo al monarca y que formaba parte de su palatium. Con este título, que no vuelve a aparecer en tierras riojanas, se quería resaltar la importancia del individuo tanto a nivel personal, como del distrito al que representaba, con relación a los otros señores. Durante la mayor parte del período de Sancho el Mayor, es tenente de Nájera Enneco Sanchiz apodado «Buen Padre», goza de la total confianza del rey, puesto que aparece como confirmante o testigo de la mayor parte de los documentos emanados de la cancillería regia. En el reinado de García Sánchez III ejerce la tenencia Fortun Sanchiz, casado con Toda, nieta de Ramiro de Viguera. En la documentación es citado con el título de princeps, título que en los primeros años de la monarquía era utilizado como sinónimo de rex, que se concederá en el siglo XI en exclusividad al tenente de Nájera, en opinión de Ubieto por haber accedido a que revirtieran a la corona los derechos que tenía su esposa sobre el «reino de Viguera», aunque también pudiera derivar de la importancia del distrito que regenta; las relaciones de este personaje con los reyes eran muy directas, y se incrementaron al ser nombrado ayo del rey García «nutrici regis».

Durante el período de Sancho Garcés IV dirige la tenencia Enneco Lopiz. Actúa primero como comes en Vizcaya, y posteriormente, también con el mismo título en Nájera. Suponemos que el citado título lo ostenta por estar al frente de dos distritos de enorme importancia, y que lo mantiene de forma vitalicia. Nuevamente encontramos en Nájera a un personaje de gran importancia, al que para distinguirlo de los otros tenentes se le otorga el título de comes, que continuará utilizándose durante los primeros años de presencia castellana en La Rioja en el siglo XI.

En cuanto al distrito de Viguera, que articulaba todo el espacio de La Rioja central, con las cuencas del Iregua, y su cauce antiguo, y el Leza con su afluente el Jubera, se extendía desde el límite con la tenencia de Nájera situado en la divisoria de aguas entre el Najerilla y el cauce abandonado del Iregua, hasta la frontera musulmana, o tierra de nadie, situada entre el Jubera y el Cidacos, incluyendo también todo el espacio camerano.

La importancia de este distrito fronterizo es comprendida rápidamente por los reyes de Pamplona. García Sánchez I nombra ya un tenente de Viguera en el año 941; se trata de Flain Bermúdez, que al poco tiempo recibe el título de comes, suponemos que por estar al frente de la tenencia que comentamos. A partir del año 970 y hasta comienzos del siglo XI se produce el período de mayor esplendor del distrito, en el llamado «reino» de Viguera, creado para Ramiro, hijo de García Sánchez I.

Cuando Sancho el Mayor consigue que el territorium de Viguera revierta a la corona llegando a un acuerdo con las nietas de Ramiro, encarga el control de la tenencia a Fortún Oxoiz, que, al parecer, desempeña este puesto durante la mayor parte de su reinado, e incluso en los primeros años del de su hijo. Fortún Oxoiz es citado en la documentación también como señor de Viguera, de Cameros y de Cantabria. Creemos que en los tres casos se hace referencia al mismo territorium. Así, la tenencia de Viguera coincide con el antiguo «reino» atribuido a Ramiro, incluía dos espacios geográficos bien diferenciados: Cameros y Cantabria. El primero, cuya denominación se ha mantenido hasta nuestros días, comprendía todo el espacio de la sierra, incluyendo los valles medio y alto de los ríos Iregua y Leza. El segundo, cuya denominación como corónimo se ha perdido, aunque se ha conservado para designar a la sierra y al cerro que abren pasos desde Pamplona al valle, y que ha dado origen a numerosos problemas de interpretación, creemos que hace referencia al espacio de somontano y ribera, comprendido entre Cameros y el Ebro, delimitado por los cursos bajos de los ríos Iregua desde su antiguo cauce y Leza. Entre ambos espacios sirviendo como nexo de unión se encuentran la civitas de Viguera y el castillo de Meltria. Desde allí la persona que dirigía el distrito podía controlar todo el territorium que abarcaba La Rioja Media.

Posteriormente, en 1060, la reina Estefanía, en su testamento, reparte entre sus hijos, patrimonializándolo, un espacio que, creemos, coincide con el territorium del antiguo «reino de Viguera» recibido por Ramiro en el siglo anterior. A partir de ese momento se fragmentará en ocho entidades, correspondientes a cada uno de los hijos de los reyes García y Estefanía, cuya evolución será bien diferente en el tiempo. Así, mientras los Cameros, es decir el espacio serrano, tendrán en el futuro una vinculación señorial, que dará paso en siglos posteriores a uno de los señoríos más importantes de Castilla, el de las «villae Cantabrenses», al que creemos pertenece Logroño, se fragmentará en entidades menores, vinculadas a la monarquía. Precisamente en el caso de Logroño esta relación parece evidente, así la infanta Urraca de Pamplona, señora de Alberite por el testamento de su madre, instará unos años más tarde, junto con su esposo el conde García Ordóñez al rey Alfonso VI de Castilla para que conceda fuero a Logroño en el año 1095.

Finalmente observamos que a partir del año 1045 en que se reconquista Calahorra, esta urbe actuará como centro de un gran distrito territorial que aglutinará todo el espacio de La Rioja Baja.

 

Durante el siglo X. Tal y como hemos señalado más arriba, es posible que en los primeros años, los reyes de Pamplona se limitasen a sustituir el poder político musulmán sin organizar una estructura propia. A ello contribuiría la temprana muerte de Sancho Garcés I (925) y el que su heredero fuese menor de edad 1. Estos aspectos tuvieron que frenar a una monarquía reciente y en constante proceso de expansión hasta ese momento, 2, debiendo esperar a la mayoría de edad de García Sánchez I para encontrar los primeros testimonios de la organización del territorio en distritos administrativos denominados tenencias. Cuatro van a ser las tenencias riojanas documentadas en este reinado: Viguera, Jubera, Nájera y Arnedo.

En la donación que efectúa el rey García del lugar de Senzano al Monasterio de Pampaneto 3, fechada por Ubieto en el año 941 4 aparecen los dos primeros tenentes documentados en territorio riojano: Flain Bermúdez en Viguera y Mango Asinari en Jubera.

La identificación de Senzano con el actual Cenzano, entre Leza y Soto en Cameros, en la cuenca del río Leza, próximo al antiguo monasterio de San Fructuoso de Pampaneto, hace comprensible la referencia a los dos señores que controlaban territorialmente la zona. Estos son, por el este, el señor de Jubera, castillo desde el que se dominaba todo el Valle del Jubera y parte del Valle del Leza; y, por el oeste el señor de Viguera, principal castillo y plaza fuerte de todos los Cameros, en el valle del Iregua. La ausencia de referencias en la documentación coetánea a otros señores que ejerzan funciones administrativas en otros distritos de La Rioja puede deberse a una simple omisión, o bien a que no estaba todavía desarrollada esta estructura en todo el territorio y solamente existía en los territorios fronterizos con el Islam como son los situados entre el Leza y el Jubera. Dos años más tarde aparece una nueva referencia al señor de Viguera, «comite Flagino», en un documento del cartulario de Albelda 5. Que el señor de Viguera ostente la denominación de comes, aunque no podemos saber si era título personal o en función del cargo que desempeña, indica la importancia que a mediados del siglo X tenía esta tenencia dentro de la monarquía pamplonesa.

En un documento de marzo del año 945 aparece Fortuni Galindonis como prefectus en Nájera 6, personaje citado en los años 945 y 947. En febrero de 958 7 aparece Belasco Lihurt como «possidente in Arneto», lo cual parece indicar, de no haber error en la datación, que Arnedo en esta fecha estaba de nuevo en manos de los pamploneses. Parece una reconquista provisional pues, en el año 934 estaba en poder de los musulmanes, tal como indica Al-Udri, y al ocupar Gálib, general de Alhaquem II, Calahorra en 964-965, es muy probable que también tomase Arnedo y que permaneciese así hasta mediados del siglo siguiente.

 

El «reino» de Viguera. Al analizar los distritos en que la monarquía pamplonesa dividía el territorio riojano hay uno que alcanza una importancia excepcional: Viguera, de tal manera que las personas que están al frente, siempre miembros de la familia real, son denominados reyes. Este «reino» de Viguera comienza a partir de la muerte del rey García Sánchez I, (970) Y finaliza a comienzos del siglo XI, durante el reinado de Sancho el Mayor8. Aunque su duración fuese breve, tiene una gran importancia para la historia de La Rioja, porque es la primera vez que podemos hablar de un «reino» que afecte exclusivamente al espacio riojano. No conocemos la extensión superficial de este reino, dada la costumbre de la época de tomar el nombre de la capital o ciudad más importante, pero podemos suponer que se extendía por los Cameros, tanto el Camero Nuevo, donde se encuentra Viguera, como el Camero Viejo, ocupando así las cuencas de los ríos Iregua y Leza, y sirviendo como frontera con el Islam que desde Calahorra, controlaba el valle del Cidacos.

El más importante de los monarcas de Viguera es Ramiro Garcés, hijo de García Sánchez I y de su segunda esposa Teresa. Parece ser que fue esta última quien presionó a su marido para crear una hereditas que coincidiese con el territorium de Viguera 9 y entregársela a su hijo Ramiro. La necesidad de defender los accesos meridionales del reino utilizados por los musulmanes, no hay que olvidar que por Viguera pasaba la calzada romana que iba desde Numancia hasta Vareia y que tanto este camino como el que unía Osma con Tudela por Tarazona en sus expediciones contra los pamploneses 10, fueron aducidos por la reina para que su hijo primogénito heredase un territorium, puesto que los derechos al trono de Pamplona le correspondían a Sancho, hijo de un primer matrimonio del monarca con Andregoto Galíndez II.

Se introduce en esta ocasión, en opinión de Ramos Loscertales, una modalidad nueva en la constitución de hereditates para los hijos no primogénitos, la de hacerlas coincidir con alguno de los territoria integrados en su unidad de soberanía 12. Esta fórmula, utilizada por primera vez en un territorio riojano, no sabemos si por influencia directa de la reina, por la propia idiosincrasia del territorium de Viguera, por las corrientes culturales existentes en La Rioja, o por todos estos elementos en conjunto, tuvo una gran repercusión en el reino de Pamplona y fue utilizada posteriormente por Sancho el Mayor al dejar a sus hijos no primogénitos bienes con entidad propia 13.

En opinión de Ubieto 14, que sigue en esto a Ramos Loscertales15, las hereditates así recibidas continuaban formando parte del honor regis, de tal manera que el hijo, en este caso Ramiro, no era un dominus, sino un tenente. Además, se mantenía la integración del territorium de Viguera en la unidad de soberanía de la monarquía de Pamplona. Los hijos tenentes se encontraban bajo la regia auctoritas del primogénito, único investido de ella y de cuyo poder eran unos delegados a los cuales se dio en la escribanía pamplonesa, para diferenciarlos de los otros señores no pertenencientes a la hermandad encabezada por el rey primogénito, la denominación de rex o de reguli en lugar de la usual de seniores.

Tanto las representaciones iconográficas como las fuentes escritas nos indican que el papel desempeñado por Ramiro en la corte de su hermano Sancho Garcés II fue distinto al existente entre el rey y los tenentes. Así, en el folio 428 del Códice Albeldense o Vigilano 16, están representados Sancho Garcés II, su mujer Urraca, y Ramiro, a quien se le dio el título de rex 17. Vigila no se limita a ofrecer los retratos de los monarcas reinantes entonces en Pamplona y Viguera, sino que les dedica reiteradas frases de cariño y súplicas tanto al comienzo como al final del Códice18. En el Códice Emilianense, realizado en el escritorio de San Millán de la Cogolla, el miniaturista representa, siguiendo el modelo, a los reyes de Pamplona y Viguera, así como a la reina Urraca. Cada uno de ellos está identificado por la inscripción que figura en la parte inferior de la representación y por la apostilla marginal 19.

Desde la muerte de su padre, acaecida en febrero de 970, Ramiro aparece en la documentación suscribiendo los documentos inmediatamente detrás de su hermano Sancho; en alguno, incluso delante de su cuñada la reina 20. Así, en un documento del año 971 por el que se confirma a San Millán la donación las villas de Villagonzalo y Cordobín, realizado probablemente en diciembre de 970 21. En otros, como el suscrito en julio del 972 por el que el rey concede al Monasterio de San Millán la villa de Huércanos 22, la reina Urraca aparece en primer término, pero, a continuación, encontramos a Ramiro figurando como el personaje más importante del reino, antes incluso que el futuro rey García Sánchez II. Por lo tanto, comprobamos que en la documentación emanada de San MilIán, mientras Ramiro vivía, éste no aparece con título regio, pero su lugar primordial dentro de la monarquía pamplonesa parece indiscutible.

En dos documentos de Cirueña, de 11 y 30 de noviembre, respectivamente del año 972, encontramos por primera vez en la documentación a Ramiro con título de rey 23 «rex Ranemirus in Uekaria» , aunque indicándonos que actúa con relación al rey de Pamplona «sub eius imperio». En un documento de 10 de agosto del 973, procedente del Monasterio de San Martín de Albelda 24, se indica «regnante principe Sancione in Pampilona et Ranemiro in Vekaria». En otro procedente también de Albelda, fechado en 22 de mayo del 97425, dice: «regnante ... principe nostro Sancio in Pampilona et sub illius imperio frater eius Raminuro in Vekari et in Leza». Observamos que en la documentación de Albelda, Ramiro, aunque «regnante in Vekaria», no es nombrado con título de «rex».

Así pues, Ramiro aparece en la documentación riojana entre 970 y 974, unas veces con título de «rex» otras sin él, pero siempre como el personaje más importante de la Corte de Pamplona, controlando las dos tenencias fronterizas más importantes: Viguera y Soso A partir de esta fecha, desaparece su rastro en nuestra documentación, parece que hubiese estado ocupado en los asuntos relacionados con la tenencia de Sos y con temas militares con el Islam, como el asedio de Gormaz, o como la batalla de Estercuel (despoblado al sureste de Tudela) del 975 26. Su muerte parece ser que tuvo lugar el 9 de julio del 981, en un combate contra Almanzor, actuando como apoyo de Galib, junto al castillo de Torrevicente, en Soria, entre Atienza y Gormaz 27. Sin embargo, muchos historiadores atrasan la fecha hasta el año 991 28 debido a que en la documentación de Leire aparecen tres documentos, al parecer del año 991, en que los reyes realizan ofrendas en memoria de su hermano Ramiro 29.

Parece ser que Ramiro de Viguera tuvo dos hijos: Sancho Ramírez y García Ramírez, ambos confirman la donación hecha por Sancho Garcés II Abarca a Leire, pero no se concede a ninguno de los dos el título de rex o el de regulus. Así en el año 992 un documento de Sancho aparece confirmado por toda la familia real y entre sus miembros encontramos a «Sancio filius Ranimiri regis» y a «Garsea frater eius»30 Años más tarde, en 996 y 997 nuevamente entre los confirmantes de otras concesiones encontramos a Sancho Ramírez y a su hermano García 31. Curiosamente la documentación de San Millán que no había concedido a Ramiro el título de «rex», mientras vivía se lo concede una vez muerto 32.

No volvemos a encontrar ningún otro testimonio documental de ambos hermanos en vida. Tendremos que esperar más de cincuenta años para encontrar dos referencias a García Ramírez. Así en el año 1050, el señor Fortún Sánchez y esposa Toda, ofrecen por el alma de su suegro, el rey García Ramírez, una viña en Santovenia 33, despoblado próximo a Nájera. Cuatro años más tarde, en 1054, Fronilla «Garsia regis filia et regine domne Tote» hace donación a Santa María de Irache, de sus posesiones en Torrillas, despoblado situado cerca de Logroño 34 De todos estos datos parece deducirse que Sancho Ramírez, el hijo primogénito de Ramiro de Viguera, murió pronto y sin descendencia por lo que el título real pasó a su hermano García. Este último, casado con doña Toda, tuvo tres hijas: Toda, Fronilla y una tercera de nombre desconocido 35.

A la muerte de García Ramírez, es posible que hubiese un acuerdo, según indica Ubieto 36, entre las hijas de García Ramírez y el monarca de Pamplona para que la corona consiguiese la reversión del territorium de Viguera a cambio de algunas hereditates más diseminadas. En ese mismo acuerdo, el marido o futuro marido de Toda, la hija mayor, recibía el título de princeps, intermedio entre el de rex y tenente.

Creemos que la hereditas del territorium de Viguera podría coincidir con las villas que la reina Estefanía dona a cada uno de sus hijos en su testamento, fechado en 1060 37. De este modo comprendería: Viguera con sus villas de Harat-Albelda, Alhacel, Castejón, Santa Eulalia, Excluniana, Lizuelos, Sorvetelo, Sorzano, Nalda, Fruvekella, Viriza y Luezas; Leza con sus villas de Soto, Ciellas, Alficero, Torrecilla en Camero y Larraga; Jubera con sus villas Bucesta, Lagunilla y Oprela; Murillo, Cobiela, Uiliella, Egon, Egoncillo; Alberite, Lardero, Mucrones; Villamediana, Matres; Corcuetos, Hornos, Daroca; Yangua, Ataio y Villiela. Ocupa, por tanto, el valle medio y bajo del Iregua desde Viguera hasta Lardero y Villamediana, así como el llamado valle occidental de este mismo río, que corresponde a un curso abandonado, hasta Hornos y Daroca. También incluye el valle del Leza en su totalidad desde Leza hasta Agoncillo, así como su afluente el Jubera, desde Jubera a Lagunilla.

 

Durante el siglo XI.

Reinado de Sancho III el Mayor (1000-1035). Ya en el siglo XI, durante el reinado de Sancho el Mayor, sólo hemos localizado tenencias en tres localidades riojanas: Nájera, Viguera y Ocón.

En Nájera, Enneco Sánchez aparece documentado al frente del distrito desde el 24 de junio de 1011 38, hasta el 26 de diciembre de 1032 39, en que confirma unas donaciones del rey al monasterio de Leire. Encontramos otra referencia en 1013 40, utilizando el sobrenombre de «Bueno Patre», que también aparece en otras ocasiones 41.

En Viguera, extinguida la dinastía iniciada por el «rey» Ramiro, encontramos como dominans al señor Fortun Oxoiz 42, en 1013. Parece que se trata del mismo personaje que el 26 de diciembre de 1032 43 es documentado en calidad del señor de Cantabria, como testigo de la donación efectuada por el rey y que aparece nombrado como «dominator Meltria» 44 en tres documentos procedentes de Leire cuya cronología no es clara.

En Ocón, es citado como dominans el senior Fortun López 45 al confirmar, el 1 de abril de 1013, la donación que los reyes otorgan a favor del Monasterio de San Millán.

 

Los sucesores de Sancho III el Mayor (1035-1076). Durante los reinados de García el de Nájera (1035-1054), y Sancho de Peñalén (1054-1076), el número de «tenencias» se incrementa notablemente con relación a los períodos anteriores. A continuación una relación de todas las documentadas, así como de las personas que estuvieron al frente de cada una de ellas.

 

 

Alberite. El 25 de julio de 1063 46 actuaba como «dominans» en Alberite el «senior» Enneco Sangiz. Varios años más tarde, en 1074, hay un nuevo dominante, se trata del señor Lope Ennecones 47, hijo del conde lñigo López que en ese momento era «dominator Nagera».

Arnedo. Al frente de la tenencia de Arnedo, o al menos de su valle, se encuentra en mayo de 1040 el señor Fortun Oxoiz 48. En abril de 1044 figura Enneco Fortuniones 49 que continuaba en el cargo en noviembre de 1047 50. Al año siguiente el tenente era Eximino Fortunionis 51, que seguía como tal el 8 de noviembre de 1050 52.

Desde el 9 de noviembre de 105653 hasta julio de 1062 54 aparece al frente de esta tenencia misma Lope Fortunionis y, finalmente, desde el 3 de julio de 1072, tenemos documentado a Enneco Fortunionis 55 continuando en el cargo en 1074 56, en 1075 57 y en febrero de 1076 58.

La similitud en el patronímico de los tenentes de Arnedo desde 1044 hasta 1076, e incluso la identidad en el antropónimo podría hacemos pensar en una misma familia, cuyos miembros se hubieran ido sucediendo al frente del distrito. Sin embargo no es posible afirmarlo con seguridad.

Autol. Esta tenencia aparece documentada por primera vez durante el reinado de Sancho Peñalén y de la misma sólo hemos recogido dos menciones. El 1 de noviembre de 1065 se encontraba a su frente Sancio Garceiz, que continuaba en octubre de 1068 59.

Azagra. Desde noviembre de 1048 60 encontramos al frente de esta tenencia, situada en la actualidad en territorio navarro, al «senior» Eximino Garceiz que, al parecer, siguió sin interrupción hasta 1062 61, puesto que encontramos otras menciones documentadas relativas a los años 1052 62, 1055 63 y 1056 64.

A partir de octubre de 1068 aparece un nuevo tenente, el senior Lope Fortuníones 65, que se mantendrá hasta el final del período que estudiamos, puesto que la última mención que hemos localizado es de febrero de 1076 66 y existen otras referencias datadas en 1072 67 y 1074 68.

Azofra. Al frente de este distrito, que sólo aparece mencionado documentalmente durante el reinado de García de Nájera, se encontraba, el 25 de mayo de 1040 el «senior» Azenarí Fortuníones que continuaba en el cargo el 2 de noviembre de 1044 69.

Bílibío. El 25 de mayo de 1040 70, en la carta de arras de la reina Estefanía, es citado el «senior» Acenarí Fortuníonís al frente de "Bilibio cum Faro, cum sua pertinentia». En febrero de 1063, es mencionado como "dominans» el "senior» Lope Fortuníones 71, y dos años más tarde, aparece el «senior» Galindo Lopíz 72. Finalmente, en febrero de 1076, ha pasado a controlar este enclave defensivo próximo a Haro el «senior» Lope Ennecones 73. Probablemente se trate del mismo personaje, hijo del conde lñigo López, que veíamos en 1074 al frente de la tenencia de Alberite.

Burandón. Al frente de esta tenencia se encuentra, entre el 8 de febrero de 1063 74 y el1 de noviembre de 1065 75, el «senior» Fortun Sangíz. Al parecer, hay dos personajes con el mismo nombre de este período ya que en la donación que realiza el rey Sancho, en noviembre de 1065, son citados como confirmantes dos señores con el mismo nombre, uno «dominator Falcés», y otro «dominator Buradoni». Como aparecen en diferentes columas y en distintas tenencias, podemos pensar en dos personas distintas y no en una que acumule las dos al mismo tiempo.

Calahorra. Los «tenentes» de Calahorra durante los siglos XI y XII han sido ya objeto de un estudio por Agustín Ubieto 76, no obstante, expondremos a continuación cuáles son los señores que aparecen mencionados documental mente durante el período de estudio, ya que nuestro trabajo tiene un ámbito cronológico diferente, y porque hemos observado algunas pequeñas divergencias.

El primer «tenente» documentado tras la reconquista de la ciudad, en 1045, es Sancío Fortuníonís. Aparece ostentando el cargo desde el 1 de noviembre de 1048 77 hasta el 8 de noviembre de 1050 78. Hay otras tres menciones documentales relativas al mismo personaje ocupando idéntico cargo, la primera en el año 1047 79 y las otras dos de 1049 80. De 1052 a 1054, Agustín Ubieto sitúa al frente de la tenencia a Exímíno Garcés 81. Sin embargo no consta su nombre como tenente de Calahorra en la documentación que hemos manejado.

Desde 1055 82 hasta 1060 83 actúa como «dominator» de la ciudad el «senior» Lope Fortuníones. Hemos localizado referencias documentales relativas a este personaje durante los años 1055 y 1056 84. El 20 de julio de 1062 85, el «senior» Fortuní Garzeíz confirma como «dominator» de Calahorra una donación realizada por el infante Ramiro. Parece ser que continúa en el cargo al menos hasta el 3 de julio de 1072 86. A partir de 1073 87, hay un nuevo señor en Calahorra, se trata de Enneco Acenarez, permanecerá en el cargo hasta el final del período que estudiamos 88 compartiendo, al menos en 1074, las tenencias de Calahorra y Ocón 89.

Cameros. En la carta de arras de la reina Estefanía de 25 de mayo de 1040 90 es mencionado Fortuní Oxoíz con toda la tierra que tiene «id est Bechera cum ambabus Cambaribus». Entre junio de 1062 91 y octubre de 1068 92 figuraba al frente de esta tenencia el «senior» Exímíno Fortuníones, y desde diciembre de 1071 93 hasta posiblemente el final del reinado parece ser que detentaba esta tenencia el infante don Remond, o Raimundo, como señor de «ambos Cameros».

Cantabría. En la ya citada carta de arras de la reina Estefanía de mayo de 1040 aparece citado el «senior» Fortuní Oxoíz «cum ipsa que tenet id est Bechera cum ambabus Cambaribus et Ualdearneto cum omnibus villis Cantabriensis». Parece tratarse del mismo personaje que veíamos instalado ya en diciembre de 1032 y que continúa ininterrumpidamente desde esa fecha hasta 1044 al mando de la misma.

Cañas. En 1069 se encontraba dirigiendo este distrito el «senior» Furtun Scemenonís y en 1076 el «senior» Furtun Sangíz 94 aunque suponemos que es un tenente nombrado ya por el rey de Castilla porque en la cláusula regnante se cita a «Adefonso rex in Lione et in Castilla», y no hay ninguna mención del rey de Pamplona.

Cerezo. En 1073 el «dominans» de Cerezo era el «senior» Petro Moríellez. El mismo documento indica que en esa fecha el territorio se encontraba bajo el control de «Adefonso in Castella et in Legione, igual que en marzo de 107595 cuando el tenente era Petro Iohannes.

Estos dos ejemplos parecen indicar que en 1073, la zona noroccidental de La Rioja, es decir la cuenca alta del río Tirón, se encontraba bajo control castellano. Salvo que los documentos estuviesen mal fechados y fuesen posteriores a 1076.

Clavijo. Al frente de la tenencia de Clavijo encontramos en 1048 a Fortunío Lopíz de Ullí 96. El mismo año parece que se produjo un cambio porque en noviembre confirma una transacción el «senior» Enneco Lopíz, como «dominans» de Clavijo 97, que permanece sin interrupción al frente del distrito hasta al menos el 9 de noviembre de 1056 98.

Transcurren dieciocho años sin tener noticias de otros tenentes en Clavijo. En 1074 en la donación que realiza el rey Sancho al monasterio de Valvanera de Monasterio de San Saturnino en Ocón firma como testigo Furtunío Iohannes «dominator Clavilio» 99.

Desojo. Sólo hemos localizado una mención en la documentación manejada sobre esta tenencia situada actualmente en territorio navarro. En enero de 1067 firma como testigo el «senior» Lope Moízíz «dominator Desolio» 100, en la entrega hecha a San Martín de Albelda por García, presbítero del lugar.

Grañón. En la carta de arras de la reina Estefanía (mayo de 1040) es citado el «senior» Sancío Fortuníonís «cum Tubia et tota sua pertinentia, et Granione cum tota sua mandatione». Transcurren veinticuatro años sin tener noticias documentales de ningún otro personaje al frente de este distrito, y en 1064 en la donación efectuada por doña Elo de una viña a San MilIán, situada en los llanos de Leiva se indica que el señor de Grañín es Azenari Garceiz 101.

En diciembre de 1071 102 encontramos como tenente al «senior» Don Marcelle personaje de la máxima confianza del monarca que comparte este distrito con el de Marañón, perma­neciendo allí unos meses, pues en mayo de 1073 figura como tal Vermudo Gutiérrez 103 y en 1075 Vernardo Gomeriç 104.

Ibrillos. En 1073, el señor de Ibrillos era Didako Alvariz que continuaba en el mismo puesto el 1 de marzo de 1075 105. En la cláusula regnante de ambos documentos se menciona a Alfonso rey en Castilla y en León, de lo cual se deduce que en 1073 Ibrillos se encontraba ya bajo control castellano.

Jubera. En 1056 el «senior» Eximino Fortunionis estaba al frente de este distrito 106. En 1075 hay un nuevo tenente en Jubera se trata del «senior» Fortunio Xemenones 107.

Lerín. El 2 de diciembre de 1074 108 en la donación rea­lizada por el rey Sancho de la iglesia de San Lorenzo de Tricio es mencionado como testigo el «senior» Eximino Garceiz «dominans Lerin».

Logroño. En el período que estudiamos hemos localizado los nombres de dos «tenentes» en nuestra ciudad. EI 9 de noviembre de 1056 figura como «dominator in Lucronio» Domno Martino 109. No sabemos cuánto tiempo permaneció en el cargo puesto que no hay otras menciones documentales, pues hasta octubre de 1064, en la venta de una tierra realizada por Miguel y Orbita a Gomesano, obispo de Nájera, no volvemos a encontrar citado a otro senior, Gomiz Zorraquinz, «dominator Logronio» 110.

Madriz. Al frente de la tenencia de Madriz, despoblado en la actualidad, próximo a San Millán de la Cogolla, se encontraba en 1071, el «senior» Fortun Gareeiz 111. En diciembre de 1073 hay un nuevo dominante, el señor Lope Velasquez, que continuaba en el cargo en febrero de 1076 112 ya que en esa fecha firma como testigo en la donación realizada por los reyes a Jimeno lñiguez de unas casas en el barrio logroñés de Balcuerna.

Marañón. En la carta de arras de la reina Estefanía el 25 de mayo de 1040 se cita como tenente al «senior» Fortuni Sancii, que controlaba al mismo tiempo Burandon, Portilla y Laquion. El 23 de abril de 1044 113 hay un nuevo personaje dirigiendo el distrito, se trata del «senior» Acenar Sanz.

En la venta realizada por el rey Sancho a Sancho Fortuniones de la villa de Agoncillo, el 26 de enero de 1056 figura como testigo «senior» Sancio Fortunionis de Maranniones 114. Este mismo personaje continuaba al frente del distrito en mayo del mismo año 115, pero no en noviembre, en que aparece al frente de esa tenencia Ranimiro Sangiz 116.

Desde febrero de 1063 hasta su muerte en 1072 117 figura como tenente uno de los personajes más importantes en el entorno de Sancho de Peñalén, el «senior» Domno Marcelle. En 1075 hay un nuevo «dominante» se trata del «senior» Fortun Garceiz que continuaba detentando el mismo cargo en febrero de 1076 118.

Matute. En 1073 encontramos una única mención de este distrito y de la persona que estaba a su frente «Domno Antonino» 119.

Meltria. Durante bastante tiempo esta tenencia ha planteado numerosos problemas a los investigadores, porque se conocía el nombre de los tenentes, se deducía que estaba en territorio riojano, pero no se sabía su localización.

Para Pérez de Urbel 120 este nombre es desconocido en la toponimia riojana y «habría que leer Cantabria en lugar de Meltria». Sin embargo existe en Viguera un término en el que todavía se pueden ver restos de construcciones que se llama castillo de Val de Metria 121. También hemos recogido algunos testimonios que hacen referencia al castillo de Valdemetria, situándolo en las proximidades de Viguera 122. Será Ildefonso Rodríguez de Lama 123 quien sitúe, creemos que definitivamente, la tenencia de Meltria en los restos del castillo. Desde el 9 de mayo de 1056 124 hasta el 11 de agosto de 1068 125 está al frente de la misma el «senior» Eximino Fortuniones.

Nájera. Varios son los personajes, como veremos a continuación, que se suceden al frente de esta tenencia de gran importancia, puesto que a pesar de su carácter itinerante la corte solía residir frecuentemente en la ciudad de Nájera. Desde el 24 de febrero de 1036, hasta el 8 de noviembre de 1050 126, el tenente de Nájera es el «senior» Fortun Sanchiz. Posiblemente este personaje fuera hermano de Eneco Sánchez, que había ocupado la tenencia de Nájera durante el reinado de Sancho el Mayor. Estaba casado con Toda, hija del «rey» García Ramírez de Viguera, y posiblemente, en opinión de Ubieto 127, recibió la tenencia de Nájera como compensación por haber accedido a que el territorium de Viguera revirtiese a la corona.

Desde 1050 y posiblemente hasta 1056 encontramos mencionado un nuevo señor en Nájera se trata de Sancio Fortunionis 128. En 1060 y hasta el 8 de octubre de 1062 detenta la tenencia el «senior» Lope Fortunionis. Parece que durante el año 1060 es, al mismo tiempo, «dominator» de Nájera y Calahorra 129 lo que le convierte en uno de los personajes más importantes del reino, al acumular las dos tenencias más importantes de La Rioja.

El 25 de julio de 1063 conocemos un nuevo dominator, se trata del «senior» García Lihorez 130, y en 1065 el «tenente» en Nájera es el «senior» Enneco López que continuará en el cargo hasta los primeros meses de 1075 131. La importancia de este personaje en el reinado de Sancho de Peñalén vendría confirmado por el título de «comes» con que es nombrado al menos en cinco ocasiones 132.

Sin embargo hemos encontrado mención documental de dos señores que aparentemente rompen la continuidad de Enneco López al frente del distrito de Nájera; se trata del «senior» Enneco Azenariz 133 mencionado como «tenente» de Nájera en 1068. Y de Azenar Sánchez 134 que en 1071 confirma la donación realizada por el rey Sancho el presbítero Muño del monasterio de Santa María del Yermo, como «dominator Naierae».

En los dos últimos años del reinado de Sancho Peñalén encontramos un nuevo señor en Nájera se trata de García Lihuar, que con diversas grafías aparece mencionado en 1075 y en febrero de 1076 135. Posiblemente se trate del mismo señor que ya estuvo al frente de la tenencia en 1063.

Ocón. En la citada carta de arras de la reina Estefanía es mencionado el «senior» Lope Azenariz «cum Okon». Este mismo personaje continuaba al frente de la tenencia el 2 de noviembre de 1044 136 ya que en esa fecha es mencionado como testigo de la dotación efectuada por el rey García del monasterio de San Julián de Sojuela.

Pancorbo. Al frente de la tenencia de Pancorbo aparece, desde el 29 de julio de 1040 hasta noviembre de 1050 137 el senior Sancio Fortuniones. Posiblemente en el año 1050 pasó a desempeñar la tenencia de Nájera, compaginando ambas en un primer período 138. En 1054 hay al parecer un nuevo dominans en Pancorbo; se trata del «senior» Eximino Fortuniones 139, si bien en junio de 1055 se encuentra de nuevo al frente de la tenencia, si es que hubo interrupción, el «senior» Sancio Fortuniones, que seguirá en los meses posteriores140. En 1065 es mencionado como señor de Pancorbo García Ordoniz 141.

Punicastro. El 25 de mayo de 1040 se encontraba al frente de esta tenencia el «senior» Fortuni Sancii, que controlaba al mismo tiempo Nájera, Peralta, Arias, Falcés y Sangüesa. Este mismo personaje continuaba como «tenente» el 2 de noviembre de 1044 142.

Desde el 26 de enero de 1056 hasta julio de 1072 el señor de Punicastro es Fortun Lopiz 143. El 6 de octubre de 1074 144 hay un nuevo «dominans» se trata del «senior» García Fortuniones, que continúa durante el año 1075 145 y, al menos, hasta el mes de febrero de 1076 146. Sin embargo, el día 2 de noviembre de 1074 en la donación realizada por el rey Sancho a San Millán de una heredad en Villagonzalo 147 firma como testigo «sennor Furtun Lopiz dominans Punicastro».

Por tanto pensamos que o bien ha existido un error en la transcripción documental, y Fortún López continúa como «tenente» hasta finales de 1074, siendo sustituido en 1075, lo que parece más lógico; o bien que García Fortuniones cesó en los últimos meses del año 1074, y fue nombrado nuevamente el año siguiente.

Quel El 1 de noviembre de 1065 148 en la donación realizada por el rey Sancho de la villa de Cárdenas de Yuso a San Millán, aparece como confirmante, entre otros, el «senior» Fertun Garceiz «dominator Kel».

Resa. Al frente de esta tenencia situada según Rodríguez de Lama 149 «entre los pueblos de Sartaguda, Andosilla y Cárcar por la izquierda, y Alcanadre, Murillo de Calahorra y esta misma Calahorra por la derecha del Ebro hubo una extensa tierra de nadie o frontera en la que estuvo asentada una fuerte villa, que se llamo Resa», se encontraba desde el 25 de mayo de 1040 hasta el 2 de noviembre de 1040 el «senior» Garsia Oriolis 150.

El 7 de febrero de 1063 151 firma como testigo de la donación que realiza el rey Sancho de diversas propiedades en Resa el «senior» Domno Pasquale «dominator Aresa», y a partir de 1064 152 se hace cargo de la tenencia el «senior» Domno Zecodin que, al parecer la desempeña ininterrumpidamente hasta el final del reinado de Sancho de Peñálén 153.

Santa Coloma. EI18 de junio de 1075 154 en la donación efectuada por el rey Sancho a San Millán de una casa en Madriz confirmada entre otros el «senior» Sancio Fortunionis «dominator Sancte Columbe».

Sartaguda. En febrero de 1063, en la donación de diversas propiedades en Resa, firma como testigo el «senior» Enneco Sançic «dominator Sartiacuta» 155.

Tobía. El 24 de febrero de 1036 confirma el intercambio de dos viñas entre el abad Gomesano de San Millán y el abad Muño de Santa Coloma el «senior» Garsea Fortuniones como dominante en Tobía 156 y en 1040, en la ya citada carta las arras de la reina Estefanía figura como «tenente» de Tobía el «senior» Sancio Fortunionis.

El 26 de enero de 1056 157 aparece en la documentación un nuevo señor en Tobía se trata del «senior» Azenari Garceiz, que continúa en el cargo hasta al menos, el 1 de noviembre de 1066 158. En agosto de 1068 hay un nuevo «dominator» en Tobía, se trata del «senior» Fortunio Sangiz 159, y en 1070 el «senior» Enneco Azenarez 160

En 1071 volvemos a encontrar al frente del distrito a Fortun Sanchiz 161. Lo cual nos hace pensar que ha habido una gran movilidad en el cargo, o bien que alguno de los documentos está mal fechado, pues entre los meses de julio y agosto de 1072 el señor de Tobía es López Momiz 162.

El 28 de julio de 1073 Santio Garciaz era «dominator» en Nájera y en Tobía 163. Como en esa fecha, ya hemos analizado al examinar el distrito de Nájera, que al frente se encontraba el «senior» Enneco López, podemos pensar que Santio Garciaz era un subordinado del primero, o en un error de transcripción. En diciembre de ese mismo año de 1073 164 el nuevo señor era Antonino Munniz.

Turrilias. Torrillas, es actualmente un despoblado, próximo a Logroño, entre esta ciudad y Lardero, y su nombre aún consta en la toponimia menor de Lardero 165. En la concesión de carta de población a los Longares (Albelda), de fecha 25 de julio de 1063 166, es mencionado como testigo, el «senior» Fortunio Eximinones «in Turrilias».

Viguera. Extinguido el linaje regio iniciado por el rey Ramiro, veremos a diversos caballeros de la corte pamplonesa desempeñar esta tenencia considerada como una de las más importantes del territorio riojano. El 25 de mayo de 1040 se encontraba al frente de este distrito el «senior» Fortun Oxoiz, que permanecerá en él hasta, al menos, el 8 de noviembre de 1050167. Este personaje parece que era uno de los hombres de confianza de Sancho el Mayor, puesto que desempeñaba la misma tenencia desde abril de 1013 168, y continuó con ella durante los primeros años del reinado de su hijo García.

EI 9 de noviembre de 1056 hay un nuevo «dominante» en Viguera, se trata del «senior» Galindo Enechones 169. El 25 de julio de 1063 el «tenente» de Viguera «senior» Enecoi Azenariz 170 que al parecer continúa ininterrumpidamente hasta el 17 de enero de 1071 171, si bien el siguiente «dominator» conocido es de junio de 1075 el «senior» Blasco Gomiz 172. Sin embargo, en ese mismo año, y en 1076 volvemos a encontrar como dominante en Viguera al «senior» Eneco Azenariz 173.

 

LOS NUCLEOS CONCEJILES

El concilium. El «Concilium» o concejo de la Alta Edad media no era, desde luego, un Municipio pues carente de personalidad jurídico-pública, su competencia se reducía a escasos asuntos, las Asambleas Vecinales actuaban sometidas a las autoridades del distrito. Sin embargo, la actuación conjunta de todos los vecinos constituye una manifestación rudimentaria del régimen local y un vínculo de unión que contribuyó a la paulatina formación de una conciencia colectiva de la comunidad de vecinos y a la creciente intervención de ésta en la ordenación de la vida de la localidad.

El «Concilium» o concejo 174 se hizo sinónimo de Municipio cuando la comunidad local se constituyó como una entidad jurídico-pública investida de jurisdicción y dotada de mayor o menor autonomía de gobierno.

En la documentación que hemos manejado en el siglo X, aparecen tres menciones de «Concilium» 175: Jubera, en el año 941; Cambero, en agosto de 973; y Miromnes, en el año 978. En el siglo XI, encontramos 36 menciones de «Concilium» que se localizan en 22 núcleos de población. Es de reseñar que dieciséis de estos «concilia» están en La Rioja Alta, cuatro en La Rioja Media y dos en La Rioja Baja.

Los concejos riojanos documentados actúan para hacer públicas transmisiones de propiedad, para dar validez a actos de jurisdicción voluntaria y para autentificar los documentos redactados ante la Asamblea vecinal. Todo esto significa que los actos documentados se realizaban, al menos cuando tenían un carácter dispositivo importante, en presencia del concejo o de sus principales representantes, con el fin de dotarles de una especial fuerza probatoria y de una publicidad que en aquellas épocas no podía conseguirse por métodos más perfeccionados como los registrales, aunque los cartularios monásticos cumpliesen de alguna forma también esa misión, no con carácter general, pero sí respecto a los actos dispositivos que afectaban a los cenobios.

En cuanto a la composición de los concejos riojanos de los siglos X y XI, la documentación es excesivamentre escueta para poder sacar conclusiones. Las expresiones empleadas; «toto concilio» (24 menciones), «omne concilio» (10 menciones) «cuncto concilio» (una ocasión) o «concilio» simplemente (4 menciones), no nos permiten averiguar si estaba formado por todos los habitantes o por algunos grupos significativos, teniendo en cuenta edades y sexos. Solamente en un documento de 1060 176, al referirse a unas ventas realizadas a San Millán por García Fortuniones en el Barrio najerense de Sopeña, se nos dice que el Consejo estaba formado por hombres y mujeres («virorum et mulierum»), pero no podemos saber si esto era habitual o si era una excepción, aunque significativa, de una escasa influencia del ambiente jurídico de cuño romano, donde, como es sabido, la intervención de la mujer en la vida pública era muy escasa. En otro texto, del año 978 177, intervenía todo el concilio de Miromnes, «de minimo usque ad maximo», como testigo de una donación. Sin que con esto podamos conocer su composición.

En la confirmación de la donación de la villa de Bagibel al Monasterio de San Martín de Albelda 178, de 10 de agosto del 973, testifica «cuncto concilio de Cambero». Esta cláusula en opinión de Govantes179, «parece denota que el Camero tenía un concejo general, como diferentes valles de las montañas de Burgos, y como los concejos de Asturias, que cada uno comprende otros muchos pueblos».

En 4 ocasiones se utiliza la expresión «omnes» refiriéndose tanto a los vecinos («omnes vicini») 180, como a los habitantes («omni plebi») 181. Creemos que esta expresión se emplea como sinónimo de «concilio» y que nos está indicando un estadio primitivo de la institución que estamos analizando.

Tampoco podemos saber con exactitud el ámbito de actuación de los concejos. Habitualmente coincide con el de los núcleos de población que hemos indicado, cuyos límites geográficos no conocemos con precisión. En 7 ocasiones se utiliza la demarcación eclesiástica (la parroquia), así en Hormilla localizamos dos «concilia», el de «Sancta María» 182 y el de «Sancti Martini» 183; en Uruñuela, otros dos: el de «Sancta María» 184 y el de «Sancti Petri» 185; en Azagra, uno, el de «Sancti Salbatore» 186; y en Nájera, vemos actuando otros dos concejos, el de «Sancti lohannis» 187 que corresponde al barrio de San Juan en Valcuerna, y el de «Sancti Stephani» 188 que corresponde al barrio de Sopeña.

De todo esto podemos deducir que los concejos riojanos de los siglos X y XI constituían una manifestación rudimentaria y elemental de lo que podíamos denominar organización local sin que podamos hablar todavía de municipios, puesto que no parecen estar investidos de jurisdicción y dotados de autonomía de gobierno.

Oficios concejiles. En opinión de Valdeavellano, que sigue en este punto a Sánchez Albornoz 189, el concejo, desde sus primeras manifestaciones como órgano de un rudimentario municipio, no hizo sino ganar atribuciones hasta resultar pronto necesaria la designación de algunos oficiales delegados del concejo que, desde principios del siglo XI, eran ya elegidos por la Asamblea Vecinal.

Las denominaciones más antiguas de estos oficiales concejiles que actuaban como jueces o inspectores del mercado local, y que entendían en las cuestiones relativas a la vida económica de la localidad fueron las de «zabazoques» y «alcaldes».

A principios del siglo XI, la comunidad local seguía aún sometida a los delegados que el Rey designaba para regir una ciudad o distrito («iudices», «seniores») y, así mismo, a los oficiales regios o señoriales (merinos, bayles, sayones) que entendían en la administración de justicia y en la recaudación de tributos y gabelas.

En esta primera etapa de los Municipios rudimentarios la comunidad local no tenía aún más órganos propios que el concejo y sus delegados y solamente cuando la Asamblea de Vecinos, adquirió en el curso de los siglos XI y XII, la autonomía judicial, fue cuando empezaron a ser designados los primeros magistrados locales y, al juez, conde o gobernador que regía un distrito o ciudad en nombre del Rey, le sustituyó un juez local que más tarde llegó a ser elegido por el concejo mismo y que fue el magistrado supremo del municipio, en tanto que, probablemente, los antiguos jueces o inspectores en cuestiones económicas asumieron jurisdicción ordinaria y actuaron como jueces permanentes a la asamblea concejil de la localidad, con el nombre de alcaldes y juzgando con arreglo al fuero o derecho local.

En la documentación del siglo X, hemos encontrado una mención referente a Fech. «iudice», en Huércanos en el año 945 190, suponemos que se trata de un oficial regio a las órdenes del gobernador del distrito, y, en último término del rey, sin que podamos considerarlo todavía un magistrado local. En los textos del siglo XI, independientemente de la existencia de oficiales regios o señoriales, hemos localizado la existencia de otros que consideramos exclusivamente locales. Estos son los «iudex» y los «alcaldes».

La denominación de «iudex» para referirse al juez local es menos abundante que la de alcalde. Aparece en 9 menciones 191. Por ellas podemos conocer la existencia e incluso el nombre de estos funcionarios locales que eran: en Nájera, en 1035, Folrtun Citiz, en Quintanilla, en 1050, Gomiz; en Terrero, en 1061, Monnio Belascoz, en Anguiano, en 1070, Gomiz Garcia; y en Calahorra, en 1074, Ibierno. La denominación de alcalde es mucho más frecuente en nuestra documentación pues aparece en 50 documentos. Sus funciones en los casos en que aparecen especificadas son de tipo judicial («discurrente iudicio») 192.

Nájera se nos presenta, una vez más, como el núcleo de población con un mayor desarrollo de los concilios, ya que podemos constatar desde 1035, la existencia de magistrados locales. Las personas que desempeñan este cargo son: Fortún Citiz, que actúa como alcalde desde octubre de 1035 193 hasta 1060 194; Lope Lopiz, que desempeña el cargo en octubre de 1062 195; y «domno Kiram», que actúa desde febrero de 1066 196 hasta enero de 1075 197.

Además, en Nájera, podemos observar la evolución en la denominación de estos funcionarios locales, e incluso su indecisión inicial a la hora de utilizar la denominación de «iudex» o la de «alcalde». Así, en 2 documentos fechados en 1035 se emplean las denominaciones de «iudice» 198 y de «alcaldi» 199 para referirse a Fortún Citiz; pero, a partir de esa fecha, triunfa la denominación de «alcalde» para señalar al mismo personaje y a la función que desempeña; de tal manera que, en adelante, sólo en dos documentos, uno de 1050 y otro de 1060 200 aparece nombrado como «iudex», mientras que en las restantes 17 menciones se le denomina «alcalde».

También tenemos documentada la presencia de un alcaIde en Matute en 1072 y 1073 llamado Ienneko Sabastianez, así como en San Román, en 1076 201, llamado Nunnu Beila de Scalone.

Por lo tanto, podemos deducir que la asamblea de vecinos o «concilio» había adquirido en el siglo XI en La Rioja la autonomía judicial, al menos en 7 de los 22 núcleos de población en que esta institución aparece documentada. Así pues, no parece muy aventurado suponer, aunque no exista una constancia escrita, que este paso inicial en el desarrollo del futuro régimen municipal se había dado en los núcleos riojanos que tienen concilios documentados. También parece clara la existencia de un juez local, bien con el nombre latino de «iudex» o el árabe de «alcalde», que actuaba como juez permanente en las diferentes asambleas populares.

No podemos saber si estos funcionarios locales eran elegidos por sus propios convecinos reunidos en Concilio o si eran nombrados por el conde o gobernador que regía el distrito en nombre del Rey, pero lo que parece claro, al menos así lo vemos en un documento de 1035 202, es que dependían de dicho gobernador. Tampoco podemos saber si estos jueces juzgaban de acuerdo con unas normas generales o si existían fueros o derechos locales. Aunque el Fuero de Nájera, en la confirmación por Alfonso VI de Castilla, realizada en 1076 después de la muerte de Sancho de Peñalén 203, indica que su existencia deriva de los días del Rey Sancho el Mayor y en el citado Fuero se reconoce la existencia del «concilio», de los «alcaides» con funciones judiciales, y, en último término, de unas normas de derecho local. También un documento de octubre de 1045 204 nos indica la existencia de un Fuero local en Cerezo en la citada fecha.


 
 
 
 

 

 

 

Relación de Concejos del siglo XI

 

1.     Villa Zahac, CSMG, 359,

2.     Herramélluri, BV, 62

3.     Velascuri, BV. 62

4.     Cannas, CSMG. 248

5.     Alesanco, CSMG. 229; CA. 41, 53. 6, Azofra, CSMG. 244, 266; CA. 41

7.     Formella (Concilio de Sancta María), DML, 46,

8.     Formella (Concilio de Sancti Martini), CSMG, 272.

9.     Terrero, CSMG. 312.

10.   Colia, CSMG. 363.

11.   Naiara (omne Concilio Nagerense), CSMG. 207.

12.   Naiara (Concilio de Barrio de Sancti loannis in Balcorna), BV. 13, 37, 43, 44, 68.

13,   Naiara (Concilio de Sancti Stephani), CSMG. 296, 310. 14, Tricio, CA. 52.

15.   Urunniola (Concilio de Sancta María), DML. 43.

16.   Urunniola (Concilio de Sancti Petri), CSMG. 293.

17.   Sancti Romani de Cambero, CSMG. 434.

18.   luvera, CA. 45.

19.   Desolio, CA. 50.

20.   Munella, CA. 48.

21.   Calagurra, CSMG. 410; CA. 42.

22.   Azakra (Concilio de Sancti Salvatore), CDR. 11.

 

Localización de los «Concilia» del siglo XI. Veintidós son los «Concilia» que tenemos documentados, en el siglo XI, 16 de los cuales están en La Rioja Alta, 4 en La Rioja Media, y 2 en La Rioja Baja.

De los 16 de La Rioja Alta, 3 están en la zona del Río Tirón: Villa Zahac, Herramélluri y Velascuri; y los 13 restantes, en la cuenca del Río Najerilla,

Este amplio desarrollo de los «concilia» en esta zona, el 50% del total, nos revela una mayor importancia administrativa, fruto probablemente de la influencia proporcionada por la presencia de la Corte Real en Nájera. Cannas, Alesanco, Azofra, Formella, Terrero, Colia, Naiara, Tricio y Urunniola, son los pueblos de la cuenca del Najerilla que tienen «concilia» documentados, con la peculiaridad de que Formella, Urunniola y Naiara tienen más de un Concejo documentado; cada una de ellas: 2 en Formella y Urunniola, los «concilia» de Sancta María y Sancti Martini, en Formella; y de Sancta María y Sancti Petri, en Urunniola. Esta dualidad puede indicarnos que, en sus orígenes, ambas villas pudieron estar formadas por dos núcleos próximos de población que todavía conservaban en el siglo XI conciencia de su diferenciación inicial, aunque se hubiesen ya agrupado en un núcleo único.

En Nájera podemos distinguir la existencia de la «Concilia» de Sancti Stephani y Sancti lohannis, este último formando un barrio con aparente entidad propia dentro de la ciudad: el de Valcuerna. Creemos que esto nos indica también la existencia de pequeñas entidades de población que quedaron englobadas por absorción debido a un importante crecimiento demográfico, pero que, como en los casos anteriores, conservan todavía conciencia de su entidad inicial. Ahora bien, en otro documento aparece «omne Concilio nagarense» , lo cual podría significar la existencia de una conciencia unificadora en la población, o bien un interés por parte de los gobernantes de unificar jurídicamente los diversos «Concilia» existentes. También pudiera ocurrir que se tratara de barrios que agrupasen a entidades étnicas, lingüísticas o religiosas diferentes, pero no existe base en la documentación para afirmarlo con certeza.

En La Rioja Media localizamos documentalmente 4 «Concilia»: Sancti Romani de Cambero, Munella, lubera y Desolio. Aunque los dos primeros pertenecen a La Sierra, los incluímos en La Rioja Media por facilidad metodológica.

En La Rioja Baja encontramos 2 «Concilia»: Calagurra y Azekra, situados en La Ribera,

 

 

 

 

 

NOTAS

1 LACARRA, J.M., Historia del Reino de Navarra, Pamplona, 1976, pp. 59-60. Indica que, a la muerte de Sancho Garcés I, «su hijo García, de seis años de edad, fue reconocido como rey, gobernando en su nombre como ayo o tutor, su tío Jimeno... Sólo a la muerte de Jimeno (931) parece que otro hermano de su padre y mayor que éste, como hijo de un primer matrimonio, Iñigo Garcés, intentó ocupar la regencia o quizá el reino, prescindiendo de los derechos de su sobrino. La crisis, no bien explicada, duró poco, de 931 a 933, y García pudo ser restablecido en el trono gracias a las activas gestiones de su madre, la reina Toda, y a la mediación personal de Abd-al-Rahman III».

2 Códice Conciliar de Albelda, Biblioteca de El Escorial, d. I.2, ed. E.S. 13, pp. 463-464. Códice de Roda, Biblioteca de la Academia de la Historia, folio 31 recto. Ed. LACARRA, J.M., «Textos navarros del Códice de Roda», Estudios de Edad Media de la Corona de Aragón, 1, 1945, p. 259.

3 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, Valencia, 1960, n.° 8, pp. 18-19.

4 GONZÁLEZ, Tomás, Colección, VI, n.° 195, fecha este documento en el año 891. UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 8, p. 19, nota n.° 7, indica que «la fecha está falta de una L para que coincidan los años de gobierno de García Sánchez I y el obispo Tudemiro de Nájera».

5 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 9, pp. 19-20.

6 UBIETO, A., ibidem, 11, pp. 12-13.

7 UBIETO, A., ibidem, n.° 23, p. 33.

8 Los reyes de Viguera han sido objeto de dos importantes monografías. La primera de UBIETO, Antonio, «Monarcas navarros olvidados: los reyes de Viguera», Hispania, XXXVIII, 1950, pp. 3-25, y la segunda de CAÑADA JUSTE, Alberto, «Un milenario navarro: Ramiro Garcés, rey de Viguera», Príncipe de Viana, 1981, pp. 21-29.

9 UBIETO, A., «Monarcas navarros olvidados», p. 13.

10 UBIETO, A., ibidem, p. 4.

11 UBIETO, A., ibidem, p. 10.

12 RAMOS LOSCERTALES, »La sucesión del rey Alfonso VI», AHDE, XIII (1936-41).

13 UBIETO, A., «Monarcas navarros olvidados», p. 23.

14 UBIETO, A., ibidem, p. 14.

15 RAMOS LOSCERTALES, «La sucesión...», p. 71.

16 DE SILVA Y VERASTEGUI, Soledad, Iconografía del s X en el reino de Pamplona-Nájera, Pamplona, 1980, p. 35.

17 Al margen según indica SILVA, S., que hace referencia a ANTOLIN, G., Catálogo de los Códices latinos de la Real Biblioteca del Escorial, I, Madrid, 1910, p. 404. «Urraca regina Sancio rex. Raminirus rex. In tempore horum regum atque regine perfectum est opus libri huius, discúrreme eta T XIII».

18 SILVA, S., Iconografía, p. 35.

19 SILVA, S., ibidem, p. 36. Hace referencia, según indica en nota 80, a ANTOLIN, G., Catálogo de los Códices latinos, p. 367, «In tempore horum regum adque regine perfectum est opus libri huius discúrreme era T XXX».

20 UBIETO, A., Cartulario de San Millán de la Cogolla, Valencia, 1976, n.° 88, p. 103.

21 UBIETO, A., ibidem, n.° 87, p. 101.

22 UBIETO, A., ibidem, n.° 91, p. 106.

23 RODRÍGUEZ DE LA LAMA, Ildefonso, Colección Diplomática Medieval de La Rioja, Logroño, 1976, vol. II, n.° 2a y 2b, pp. 20 y 23. Indica que el documento no parece original, sino rehecho en fecha posterior; posiblemente utilizasen un documento original interpolando algunos aspectos, aunque se conservasen la intitulación y la «cláusula regnante».

24 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 25, p. 35.

25 UBIETO, A., ibidem, n.° 26, p. 36.

26 CAÑADA JUSTE, A., «Un milenario navarro: Ramiro ( Viguera», pp. 29-31.

27 CAÑADA JUSTE, A., ibidem. Según indica este autor, parece ser que  Ramiro tenía un apodo, «rayy Qarayuh» = rey Caracho o violáceo. Posiblemente alguna mancha violácea de nacimiento en la cara.

28 MORET, Anales, Ed. Tolosa, 1890, t. II, p. 74. UBIETO, A., «Monarcas navarros olvidados: los reyes ed Viguera», Hispania, X, 1950, p.18 LACARRA  Historia política del reino de Navarra, Pamplona, 1972, p. 16

29 MARTIN DUQUE, A.J., Documentación Medieval de Leire, siglos IX a XIII), Pamplona, 1983, n.° 9-11-12. UBIETO, A., «Monarcas navarros olvidados», p. 17, observó que en el año 981, indicado en el documento conservado en la sección de Comptos del Archivo General de Navarra, caja 1, nº 2, no concordaban los obispos suscribientes, Sisebutus, Atus y Vicentius, y si concordaban en el año 991.

30 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 108, p. 118

31 UBIETO, A., ibidem, n.° 110, p. 120.

32 UBIETO, A., ibidem, 111, p. 121.

33 UBIETO, A., ibidem, n.° 270, p. 264, «pro anima de socer meus regi Garsea Ranimiriz».

34 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, vol. II, n° 15, pp. 57-58.

35 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., ibidem, 15, p. 58: «absente sorore mea que peccavit et formicata est cum fratre suo».

36 UBIETO, A., «Monarcas navarros olvidados: los reyes de Viguera: p. 23.

37 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección, n.° 19, pp. 63

38 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 142, p.145.

39 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, nº 23.

40  UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 146, p. 150

41 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire nº 23.

42 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 146, R 150

43 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leíre, nº 23 «Fortunio Uxuaz, Cantabriensis, testem».

44 MARTIN DUQUE, A., ibidem, 17, 18, 22.

45 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 146, p. 150

46 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 48.

47 LUCAS ALVAREZ, Manuel, Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, EEMCA, IV,(1951), n.° 67.

48 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 3.

49 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, nº 35

50 MARTIN DUQUE, A., ibidem, n.° 39.

51 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 36.

52 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 269.

53 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 39.

54 UBIETO, A., ibidem, n.° 44.

55 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, nº 95

56 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, nº 67.

57 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, nº 99

58 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática La Rioja, n.° 32.

59 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 344. MARTIN DUQUE A.,Documentación Medieval de Leire, n.° 83.

60 UBIETO, A„ Cartulario de Albelda, 37.

61 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 321.

62 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática La Rioja, 11.

63 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de L

64 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 11. MARTIN DUQUE, A., Documentación Medievales de Leire nº 50.

65 MARTIN DUQUE, A., ibidem, n.° 83

66 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 32.

67 MARTIN DUQUE, A„ Documentación Medieval de Leire, n.° 96.

68 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 29. UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 418.

69 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 3 y 4.

70 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., ibidem, n.° 3.

71 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 68.

72 MARTIN DUQUE, A., ibidem, n.° 75.

73 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 32.

74 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 68.

75 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 344.

76 UBIETO, Agustín, «Notas sobre los "tenentes" de Calahorra en los siglos XI y XII», Príncipe de Viana, n.° 116-117 (1969), pp. 221-231.

77 UBIETO, A., Cartulario de Albenda, 36-37.

78 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 269.

79 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 39.

80 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 256 y 259.

81 UBIETO, Agustín, «Notas», p. 223.

82 Ibidem, p. 233, según indica en la nota n.° 20, sigue la memoria de licenciatura de MORENO CALVO, Julia, Colección Diplomática de Sancho de Peñalén (1054-10767, Zaragoza, 1967, doc. 2.

83 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 62.

84 MARTIN DUQUE, A., ibidem, 48 y 50. RODRÍGUEZ DE LAMA. I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 17.

85 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 44.

86 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 95.

87 UBIETO, A„ Cartulario de Albelda, 58.

88 UBIETO, A., ibidem, n.° 44.

89 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, 67.

90 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 3.

91 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 44.

92 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 83.

93 MARTIN DUQUE, A., ibidem, n.° 91 y 94; y RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, 32.

94 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 45, con techa 14 de febrero; n.° 47 y 48, con fecha 13 de agosto, y n.° 71.

95 LUCAS, M., ibidem, n.° 66 y 69.

96 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 37.

97 UBIETO, A„ ibidem, 37.

98 UBIETO, A., ibidem, 39.

99 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 67.

100 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 52.

101 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 340.

102 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 91.

103 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 62.

104 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 99.

105 LUCAS, M„ Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 66 y 69.

106 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 50. UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 39.

107 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 99.

108 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 418.

109 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 39.

110 UBIETO, A., ibidem, n.° 50.

111 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 393.

112 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, 27 y 32.

113 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 35.

114 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rio¡a. n.° 17.

115 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 50.

116 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 39.

117 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 95, con fecha 3 de julio de 1072, «In hoc anno obiit sénior dompno Marcelle», n.° 68, 70, 76, 78, 91 y 94; RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, 21; UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 49 y 53; y UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 344.

118 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 426; RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 32.

119 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 65.

120 PÉREZ DE URBEL, J., Sancho el Mayor de Navarra, p. 62.

121 Hemos conocido estos datos gracias a la amabilidad de su actual propietario, don Francisco Jalón.

122 OCHAGAVIA, Diego, El castillo de Valdemetria, Logroño, Imprenta Moderna, 1962; NONELL, Carmen,Rutas de España: La Rioja, Navarra y Guipúzcoa, Madrid, 1967.

123 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., «La tenencia de Meltría en el siglo XI», Berceo. n.° 88 (1975), pp. 105-108.

124 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 50.

125 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 48, 49 y 53; MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 71 y 76; UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 344; y RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 25.

126 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 207 y 269.

127 UBIETO, A., «Monarcas navarros olvidados...», p. 23.

128 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n° n.° 276 y 296.

129 UBIETO, A., ibidem, n.° 310, y MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 65 y 62.

130 UBIETO, A„ Cartulario de Albelda, 48.

131 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 75 y 99; LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 43, 44, 46, 49, 51, 56, 57, 63, 64, 67 y 68; UBIETO, A„ Cartulario de Albelda, n.° 53, 54, 58; UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 383 y 418; MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 91, 94 y 95; RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 27 y 29.

132 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, 43, 44, 52, 63, 67; MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 91.

133 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 55.

134 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 393.

135 UBIETO, A., ibidem, 426, con el nombre de García Liufarriz; UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 61, con el nombre de Garsia Lihuar: RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, 32, con el nombre de Garcia Liguarriç.

136 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., ibidem, n.° 3 y 4.

137 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 217 y 269.

138 UBIETO, A„ Cartulario de San Millán, 276, «sennor sancio Fortuniones in Ponticurvo et in Naiera».

139 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 15.

140 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire 48 y 50; UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 39, y Cartulario de San Millán, n.° 274, 275, 276.

141 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 75.

142 RODRÍGUEZ DE LAMA. I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 3 y 4.

143 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 17 y 21: MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 95, 62, 63, 68, 70, 74, 76, 77, 83, 91 y 94; UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 39, 49, 53; UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 344 y 383.

144 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 29.

145 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 100, con fecha 18 de junio.

146 RODRÍGUEZ DE LAMA, L, Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 32.

147 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 418.

148 UBIETO, A„ ibidem, 344.

149 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, t. I, Estudio, pp. 356-359.

150 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., ibidem, n.° 3 y 4.

151 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., ibidem, n.° 21.

152 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 339.

153 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 32.

154 UBIETO, A„ Cartulario de San Millán, n.° 424.

155 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 21, con fecha 7 de febrero.

156 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 207.

157 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 17.

158 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 78, 68 y 70; UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 39 y 49, y Cartulario de San Millán, n.° 321 y 344.

159 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 53.

160 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 383.

161 UBIETO, A., ibidem, n.° 393.

162 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 95, con fecha 3 de julio; LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 58, con fecha 7 de julio; n.° 59, con fecha 13 de julio; n.° 60, con fecha 21 de agosto.

163 LUCAS, M., ibidem, n.° 64.

164 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 27.

165 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., t. I, Estudio, p. 296.

166 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 48.

167 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 269.

168 UBIETO, A., ibidem, n.° 146, 256 y 259; RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 4; DEL ÁLAMO, J., Documentación Medieval de Oña, n.° 32, con fecha 10 de abril; MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, 39; y UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 36 y 37, con fechas 1 y 2 de noviembre, respectivamente.

169 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 39.

170 UBIETO, A., ibidem, 48.

171 UBIETO, A., ibidem, n.° 56, 53 y 54.

172 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 424.

173 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 61, y Cartulario de San Millán, 434.

174 GARCÍA DE VALDEAVELLANO, L, Historia de las Instituciones Españolas, Madrid, 1970, pp. 533-538.

175 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 8, 25 y 27.

176 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 310.

177 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, n.° 27.

178 UBIETO, A„ ibidem, 25.

179 GOVANTES, A.C., Diccionario Geográfico-Histórico de España, II, La Rioja, Madrid, 1846, p. 44.

180 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 20.

181 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 424.

182 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, nº 46.

183 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 271.

181 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, nº 43.

185 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 293.

186 RODRÍGUEZ DE LAMA, I., Colección Diplomática Medieval de La Rioja, n.° 11.

187 LUCAS, M„ Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, nº 37, 43, 44, 68.

188 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 296, 310.

189 GARCÍA DE VALDEAVELLANO, L, Historia de las instituciones, pp. 539-540.

190 UBIETO, A., Cartulario de Albelda, 12.

191 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 205, 208, 275,310,312, LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 54,65,69;RODRIGUEZ DE LAMA, l„ Colección Diplomática Medieval de la Rioja, nº 29.

192 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, nº 6,1 5, 21, 22, 32, 35, 43, 44, 46, 49, 52, 56, 58, 59, 60, 63, 64, 68; MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire, n.° 46.

193 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera , Nº 1

194 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 310.

195 MARTIN DUQUE, A., Documentación Medieval de Leire nº 65.

196 LUCAS, M„ Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, nº 32.

197 LUCAS, M„ ibidem, 68.

198 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, 205.

199 LUCAS, M., Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, nº 1

200 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 271 y 310; LUCAS M.,Libro Becerro del Monasterio de Valvanera, n.° 59, 60 y 64.

201 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 434.

202 UBIETO, A., ibidem, 205.

203 MUÑOZ Y ROMERO, Colección de Fueros Municipales y Cartas Pueblas, Madrid, 1847, pp. 287-298.

204 UBIETO, A., Cartulario de San Millán, n.° 237.

 

 

 

 

 

 

LA ARTICULACIÓN DEL PODER PAMPLONÉS
EN EL ESPACIO RIOJANO

MARÍA CONCEPCIÓN FERNÁNDEZ
DE LA PRADILLA MAYORAL

Historia de la ciudad de Logroño, Vol. 2, 1994 (Edad Media), ISBN 84-88793-31-6 , pags. 35-46