La aportación
hebrea
Enrique Cantera |
Es muy probable que la aportación judeo-andalusí contribuyera decisivamente al progreso de algunas comunidades hebreas riojanas que, como las de Haro, Nájera, Logroño o Calahorra, conocieron un importante desarrollo a partir de los siglos XII y XIII.
RESUMEN:
Juderías documentadas en La Rioja en el siglo XIII. Dispersión de los judíos por aldeas más pequeñas al final del siglo XIV que se documentan en más de 40 localidades riojanas. Nuevos puntos de procedencia de judíos, avatares de la historia y su repercusión en las juderías riojanas y en su ordenación territorial. Actividad documentada en la población judía riojana: crediticia; mercantil; agrícola (viñedos, huerta); industrial (textil, metalúrgica, alfarera, pero sobre todo cuero y calzado); y en general trabajos liberales: medicina, diplomática, docente. Influencia mutua entre cristianos y judíos.
Son varias las poblaciones riojanas que a lo largo de la Edad Media conocieron la presencia de una comunidad hebrea, de mayor o menor importancia. Hasta fines del siglo XIV los judíos riojanos se concentraban en un reducido número de localidades, de forma que en el Padrón de Huete de 1290 (1. Se trata del primer padrón fiscal que se conserva sobre los judíos castellanos. Fue dado a conocer por AMADOR DE LOS RÍOS, J., Historia social, política y religiosa de los judíos de España y Portugal, Madrid, 1875, 3 vols. (en concreto, vol. II, págs. 531-552), y más tarde fue también transcrito por BAER, F., Die Juden im Christlichen Spanien, Berlín, 1929-1936 (reimp. Gregg International Publishers Limited, England, 1970, 2 vols. (en concreto, vol. I/2. Kastilien/Inquisitionakten, págs. 81-87), y CARRETE PARRONDO, C., "El repartimiento de Huete de 1290", en Sefarad, XXXVI (1976), págs, 121-140.) aparecen citadas tan sólo las aljamas y juderías de Haro, Nájera, Albelda y Alfagel (2. Actual despoblado, próximo a Albelda.), Logroño, Calahorra, Arnedo, Alfaro y Cervera de Río Alhama.
Sin embargo, a raíz de los asaltos sufridos por algunas de estas comunidades hebreas durante la guerra que enfrentó por el trono castellano a Pedro I y a su hermanastro Enrique de Trastámara(3. En 1360 las tropas que apoyaban al pretendiente al trono de Castilla, Enrique de Trastámara, asaltaron, entre otras, las juderías de Nájera y Miranda de Ebro. En 1366 se reprodujeron los asaltos contra las juderías castellanas, protagonizados ahora por las tropas mercenarias que intervenían en el conflicto -los franceses del Midi capitaneados por Bertrand Duguesclin, que apoyaban al Trastámara, y los galeses del Príncipe Negro, que defendían la causa de Pedro I-, que cometieron todo tipo de tropelías con las juderías de las poblaciones que atravesaban, en particular en la Rioja y en el norte de las actuales provincias de Burgos yPalencia.) y, principalmente, tras las violentas persecuciones antijudías de 1391 que tuvieron por escenario los reinos hispanos, se observa un movimiento de dispersión de la población hebrea riojana, que se enmarca en un fenómeno más amplio que afectó a la población judía castellana en general. El indudable carácter urbano de los levantamientos antijudíos fue la causa principal motivadora de un proceso de migración de numerosos grupos de hebreos desde los centros urbanos, donde hasta entonces habían residido mayoritariamente, hacia otros núcleos de población más pequeños, incluso aldeas, donde confiaban encontrar mayor seguridad para sus personas y haciendas. De este modo, a través de las listas recaudatorias del servicio y medio servicio y del servicio de los castellanos de oro (4. Se trata de impuestos especiales directos que las comunidades hebreas castellanas debían satisfacer a la hacienda regia. Las listas recaudatorias han sido publicadas, con un interesante estudio previo, por LADERO QUESADA, M.A., "Las juderías de Castilla según algunos servicios fiscales del siglo XV", en Sefarad, XXXI (1971), págs. 249-264, y por SUÁREZ FERNÁNDEZ, L., Documentos acerca de la expulsión de los judíos, Valladolid, C.S.I.C., 1964, págs. 65-72..) se constata la presencia hebrea en más de cuarenta localidades riojanas a fines del siglo XV. Otro de los rasgos definitorios de esta migración judía es el abandono de las grandes ciudades y villas de realengo y su traslado a pequeñas poblaciones de jurisdicción señorial, en las que los judíos disfrutarían de una protección más efectiva, por la mayor proximidad de la autoridad señorial, en unos momentos de gran incertidumbre y peligro. Éste fue, muy probablemente, el caso de la comunidad hebrea de Logroño que, al parecer, sufrió persecución en 1391(5. Así se relata en la crónica hispano-hebrea denominada Shebet Yehudah (= La Vara de Judá), que fue redactada por Shelomoh ben Verga en el siglo XVI (traducción española de CANTERA BURGOS, F., Granada, 1927, pág. 205), en algunas Qinot o elegías hebreas (PAGIS, D., "Quinot al gezirot senat 4151 bi-Sefarad" (= Elegías por las persecuciones del año 1391 en España), en Tarbis, XXXVII/4, Jerusalem, 1968, pág. 368; SCHIRMANN, H., "Qinot al ha-gezerot be-Eres Yisra'el, Afriqa, Sefarad, Askenaz we-Sarfat" (= Elegías por las persecuciones en Palestina, África, España, Alemania y Francia), en Qóbes al yad, n.s. 3 (13), Jerusalem, 5699 (= 1938/9), pág. 68), y en la crónica del rey Enrique III de Castilla (año primero, 1391, cap. V; en Crónicas de los Reyes de Castilla, Madrid, Biblioteca de Autores Españoles, vol. LXVIII, pág. 167).), lo que provocó el abandono de esta población por buen número de judíos, que se dirigieron en su mayor parte hacia Entrena, Navarrete y Ausejo, poblaciones más pequeñas y dependientes del señorío de los Ramírez de Arellano, señores de los Cameros.
Las juderías riojanas se localizan, preferentemente, en los valles del río Ebro y de sus principales afluentes: Oja, Tirón, Najerilla, Iregua, Jubera, Cidacos y Alhama. En la Rioja Baja la población hebrea se concentraba en un reducido número de núcleos de población -en tan sólo doce a fines del siglo XV-, dando lugar a algunas comunidades numerosas, como las de Calahorra, Arnedo, Cornago, Alfaro y Cervera deRío Alhama; por el contrario, en el espacio altorriojano los judíos se encontraban dispersos en un mayornúmero de localidades, algunas de un marcado carácter rural, sobresaliendo las aljamas de Haro, Nájeray Logroño. El Camino de Santiago constituyó también en la Rioja Alta otra importante línea de establecimientode comunidades hebreas, entre las que destacan las de Logroño, Navarrete, Nájera y Grañón (6. Véase sobre este particular el estudio de CANTERA BURGOS, F., "Las juderías españolas y el Camino de Santiago", en XII Semana de Estudios Medievales (Estella, 1974), Pamplona, Institución Príncipe de Viana, 1976, págs. 75-119.).
Entre mediados del siglo XI, momento del que datan las primeras noticias documentales que pruebanla existencia en la Rioja de unas comunidades hebreas plenamente conformadas, y mediados del siglo XIV,los judíos riojanos, como los del reino de Castilla en su conjunto, conocieron un período de esplendor y crecimento de sus comunidades, al calor de la protección que recibían de las autoridades políticas. Este largo período de prosperidad tiene su mejor expresión en el caso concreto de los judíos riojanos en diversas manifestaciones, entre las que destacan las siguientes:
1. El reconocimiento de los judíos por parte de las autoridades políticas como un grupo social organizado y singular, lo que queda plasmado en distintos ordenamientos y compilaciones forales. Especial relevancia tuvo la concesión en los siglos XI y XII de fueros propios a algunas comunidades hebreas (Nájera, Haro), lo que es un signo inequívoco de la voluntad regia de regular la condición jurídica de los judíos y de protegerlos frente a cualquier posible atentado contra sus personas y propiedades. Es, al mismo tiempo, una prueba concluyente de la importancia que por esas fechas habían adquirido estas comunidades hebreas.
2. La cesión regia de algunos castillos y fortalezas de la Rioja (Cellorigo, Nájera, Haro, Arnedo) a diversas comunidades judías, al menos desde el último cuarto del siglo XII, siguiendo una práctica que era frecuente en los reinos de León y Aragón desde el siglo XI (7. BAER, Y., Historia de los Judíos en la España Cristiana, Madrid, Altalena, 1981, 2 vols. (en concreto, vol. I, pág. 65).).
3. Los numerosísimos contratos de compraventa y arrendamiento de bienes inmuebles en los que intervienen los judíos de diversas localidades riojanas (Haro, Nájera y Calahorra, en particular), que evidencian su alta capacidad adquisitiva. 4. Su activa intervención en operaciones crediticias, principalmente en préstamos con interés de pequeñas cantidades a campesinos arruinados como consecuencia de una mala cosecha.
La guerra civil castellana de mediados del siglo XIV supuso el comienzo de un período de crisis para las juderías riojanas, que se extendió hasta mediados de la siguiente centuria; al asalto y saqueo de algunas juderías durante el transcurso de la guerra siguió la huida de grupos de judíos riojanos hacia el vecino reino de Navarra, por el temor a las consecuencias que para ellos podrían derivarse de la victoria de Enrique de Trastámara, siendo acogidos favorablemente por las autoridades políticas navarras (8. CANTERA BURGOS, F., "La judería de Calahorra", en Sefarad, XV (1955), págs. 353-372 y XVI (1956), págs. 73-112 (en concreto, vol. XV, pág. 363).). A estas circunstancias de tipo político vinieron a unirse las nefastas consecuencias de las pestes, de las malas cosechas, de una coyuntura económica de carácter bajista (conocida en términos economicistas como "fase B") y de una crisis gravísima y generalizada en el campo, factores todos ellos que incidieron en la decadencia de las comunidades hebreas castellanas, dificultando su recuperación. La situación se agravó tras las persecuciones antijudías de 1391, si bien todo parece indicar que no tuvieron demasiada repercusión en las comunidades hebreas riojanas, con excepción del caso de Logroño, al que antes se hacía referencia.
El tercer decenio del siglo XV marca el inicio de una lenta recuperación del judaísmo hispano en general, y del riojano en particular, de forma que la segunda mitad de esta centuria puede considerarse, en líneas generales, como una nueva época de apogeo de las comunidades hebreas, pese a la actitud cada vez más hostil de las autoridades concejiles y del pueblo mismo hacia la minoría judía. Es particularmente expresivo a este respecto en la Rioja el caso de Haro, población en la que, mediante la promulgación de sucesivas ordenanzas y disposiciones municipales a lo largo de la segunda mitad del siglo XV, se dificultó la normal actividad de la población hebrea, restringiéndose su capacidad de actuación (9. Véase al respecto CANTERA MONTENEGRO, E., Las juderías de la diócesis de Calahorra en la Baja EdadMedia, Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 1986, págs. 366-375.).
La actitud de los judíos riojanos ante el edicto de expulsión general del 31 de marzo de 1492 fue diversa. En tanto que algunos se convirtieron al cristianismo, lo que les permitió permanecer en sus lugares habituales de residencia, otros, probablemente la mayoría, optaron por el exilio, a cuyo fin vendieron o traspasaron sus propiedades inmuebles y abandonaron el reino de Castilla antes de los tres meses fijados en el edicto, trasladándose en su mayor parte hacia Portugal y hacia el vecino reino de Navarra.
La dilatada permanencia en el tiempo de la población hebrea en las tierras riojanas tuvo como resultado una importante contribución judía al proceso de constitución y consolidación de la sociedad riojana en época medieval.
Pese a que en todo momento fueron un sector absolutamente minoritario en el conjunto de la población - en torno al 5% del total poblacional riojano en vísperas de la promulgación del edicto de expulsión de 1492 (10. Una más amplia información acerca de la demografía judía en la Rioja puede obtenerse en el libro de CANTERA MONTENEGRO, E., anteriormente citado, en concreto en el capítulo titulado "Censo general de losjudíos en la diócesis de Calahorra", págs. 62-69.), -los judíos intervinieron de forma activa en las tareas de repoblación y colonización del territorio riojano y colaboraron decisivamente al proceso de desarrollo de diversos sectores de la actividad socio-profesional, en algunos de los cuales con una contribución que puede considerarse como auténticamente fundamental.
La intervención judía en la repoblación y puesta en explotación de las tierras riojanas tiene su más patente expresión en los florecientes burgos que surgieron y se desarrollaron a lo largo del Camino de Santiago. Las peregrinaciones a Compostela, que tuvieron unas trascendentales consecuencias para los reinos hispanos desde los más diversos puntos de vista demográfico, social, económico, religioso y cultural, fueron un factor de primer orden en el surgimiento y posterior desarrollo de diversas comunidades hebreas; no en vano, el nacimiento de una civilización que podría denominarse preurbana, con el notable impulso dado a las actividades artesanales y mercantiles, tuvo un indudable atractivo para la población hebrea, que se instaló en la mayor parte de las ciudades y villas del Camino, dando lugar a la formación de comunidades de mayor o menor importancia.
Al igual que los francos, los judíos contaron desde el primer momento con el favor y la protección de reyes y demás autoridades políticas, conocedores de sus excelentes aptitudes para el desempeño de las actividades artesanales y mercantiles, así como de sus elevados conocimientos sobre las técnicas financieras, que constituirían la auténtica razón de ser de las ciudades del Camino de Santiago, además de la propiamente religiosa.
Estas poblaciones, auténticos burgos de artesanos y mercaderes, se asemejaron paulatinamente a los núcleos urbanos ultrapirenaicos en cuanto a su formación, crecimiento y fisonomía social, y se transformaron en centros de actividad artesanal y mercantil, cada vez en mayor relación con el mercado europeo (11. MOXÓ Y ORTIZ DE VILLAJOS, S. de, Repoblación y Sociedad en la España Cristiana Medieval, Madrid, Rialp, 1979, pág. 264.).
El desarrollo de las comunidades hebreas riojanas, y de las del Camino de Santiago en general, se vio potenciado desde fines del siglo XI por la llegada de numerosos grupos de judíos andalusíes que huían ante la creciente intransigencia religiosa de los almorávides primero y, principalmente, de los almohades más tarde. Estos judíos llegados desde al-Andalus eran más cultos y gozaban de una más completa preparación técnica que la que poseían los que desde hacía ya largo tiempo residían en los reinos hispano-cristianos, y en su mayor parte se establecieron en Cataluña y el Languedoc, en el valle del Ebro y en las ciudades y villas del Camino de Santiago. Pese a sus iniciales dificultades de adaptación a una sociedad más rural y más tosca que la andalusí de procedencia, el favor regio de que gozaron, tanto en Castilla como en Aragón, en Cataluña y en Navarra, les permitió proseguir con el cómodo status socio-económico que disfrutaban en al-Andalus, e intervenir activamente desde muy pronto en el desarrollo económico de los reinos y ciudades en que se establecieron. Su contribución no fue menor desde el punto de vista intelectual y religioso, de forma que propiciaron una profunda renovación del judaísmo hispano.
Aunque ningún dato seguro ofrece al respecto la documentación conservada de época medieval, cabe suponer que algunos grupos de judíos andalusíes se establecieran en diversas localidades riojanas, acogiéndose al amparo de las comunidades hebreas que en ellas residían con anterioridad. Es muy probable que la aportación judeo-andalusí contribuyera decisivamente al progreso de algunas comunidades hebreas riojanas que, como las de Haro, Nájera, Logroño o Calahorra, conocieron un importante desarrollo a partir de los siglos XII y XIII.
Por otra parte, el Camino de Santiago constituyó a lo largo de los siglos de la Plenitud medieval una excelente vía para la penetración en los reinos hispanos de las más modernas técnicas mercantiles y financieras, contribuyendo a la paulatina generalización de hábitos de trabajo y de prácticas contractuales ya conocidas en otras áreas de la Europa occidental, y que ayudaron a simplificar considerablemente las formalidades y trabas de antaño.
No cabe ninguna duda de que el papel desempeñado por los judíos como dinamizadores de la vida económica en los reinos hispano-cristianos fue de una enorme importancia, sobresaliendo en este sentido el papel que tuvo el crédito judío. En los siglos XII y XIII es fácil observar un lento proceso de transformación en los ámbitos económico-profesionales de interés de la población hebrea, de manera que un cierto sector -el más dinámico y emprendedor, sin duda alguna- fue superando la inicial dedicación prioritaria -casi podría decirse que exclusiva- a actividades del sector primario y a oficios artesanales de escasa complejidad técnica, lo que es propio y característico de los siglos X y XI, y fue orientando su atención hacia el comercio y hacia oficios artesanales más complejos, actividades que complementaban con una dedicación cada vez más intensa a operaciones crediticias.
Como en otras comarcas hispanas, también la documentación riojana de época bajomedieval ofrece multitud de noticias acerca de la actuación de una auténtica red de prestamistas judíos que se dedicaban, preferentemente, a facilitar créditos a pequeños campesinos, con el fin de que pudieran hacer frente a la crítica situación surgida como consecuencia de una mala cosecha. Como ha estudiado Juan Carrasco para el caso navarro (12. Véanse sus trabajos titulados "Acerca del préstamo judío en Tudela a fines del siglo XIV, según el registrodel sello de 1383", en Príncipe de Viana, XLIII, núms. 166-167 (1982), págs. 909-948; "La actividad crediticia de los judíos en Pamplona (1349-1387), en Minorités et Marginaux en France meridionale et dans la Péninsula Ibérique (VIIe-XVIIIe siècles), Actes du Colloque de Pau 27-29 mai 1984, Paris, Éditions du Centre National de la Recherche Scientifique, 1986, págs. 221-263; "Crédito agrícola y deuda mudéjar en el reino de Navarra (1436- 1441). Notas para su estudio", en Homenaje al Prof. Darío Cabanelas Rodríguez O.F.M. con motivo de su LXX aniversario, Granada, 1987, págs. 203-215; y "Aproximación al mercado monetario de las villas navarras del Camino de Santiago: Sangüesa (1362-1364)", en Anuario de Estudios Medievales núm. 18. Estudios dedicados a la memoria del Profesor Emilio Sáez, Barcelona, 1988, págs. 337-347, recogidos todos ellos en el volumen titulado Sinagoga y mercado. Estudios y textos sobre los judíos del Reino de Navarra, Pamplona, Gobierno de Navarra, 1993 (capítulo IV: El crédito judío, págs. 235- 331), la mayor parte de estos créditos "de consumo" se concertaban durante los meses de mayo, junio y julio, lo que demuestra de forma concluyente su estrecha conexión con necesidades concretas del ciclo agrario. Los ejemplos de este tipo de operaciones crediticias son frecuentísimos en las más diversas localidades riojanas que conocieron la presencia de una comunidad hebrea; se trata, normalmente, de pequeñas cantidades prestadas para un corto espacio de tiempo, y de las que se beneficiaba un elevado número de pequeños propietarios campesinos, frente a los créditos facilitados por prestamistas cristianos, que solían consistir en cantidades más elevadas y con unos plazos de vencimiento más largos.
Teniendo en cuenta estas circunstancias, considero que no es exagerado afirmar que el crédito judío actuaba como elemento regulador y dinamizador de la vida rural. Junto al crédito agrícola, el capital judío impulsó también, aunque sin duda en menor medida, la puesta en marcha de empresas artesanales y mercantiles, financiando operaciones mercantiles del tipo de la commanda, en las que los judíos suelen aparecer como socios capitalistas (13. La commanda es una modalidad de contrato mercantil que conoció un considerable desarrollo en toda la Europa occidental a partir de la Plena Edad Media. Vincula a un socio capitalista, que financia la operación, y a un socio mercader, que se encarga de realizar la transacción; los beneficios se reparten entre ambos, generalmente a razón de tres cuartas partes para el socio capitalista y una cuarta parte para el socio mercader.). Del mismo modo, tampoco eran raras las contrataciones de créditos públicos, con frecuencia con concejos, a los que se facilitaban cantidades más o menos importantes con las que poder atender distintas necesidades públicas perentorias; con asiduidad adelantaban sumas que los concejos debían satisfacer a la hacienda real en concepto de préstamo.
Por tanto, parece indudable que los judíos intervinieron de forma decisiva en la configuración de una "técnicacapitalista" y en la génesis de una "revolución mercantil", fenómenos ambos que tuvieron su proceso de desarrollo en los reinos hispano-cristianos a lo largo de los siglos XIV y XV. Los sectores más dinámicos y más poderosos social y económicamente de las aljamas judías riojanas, como en otras diversas comarcas hispanas, supieron sacar partido de la potencialidad lucrativa del dinero, contribuyendo en buena medida a la configuración de una red de mercados monetarios, que en el caso concreto de la Rioja se articulaba siguiendo el eje marcado por la ruta jacobea.
La excelente aptitud de algunos miembros de la comunidad hebrea para los tratos dinerarios tiene también una clara manifestación en el elevado número de judíos riojanos que intervinieron en actividades de arrendamiento y recaudación de impuestos, tanto reales como eclesiásticos, nobiliarios o concejiles (14. Véase CANTERA MONTENEGRO, E., Op. cit., págs. 140-144.) y, especialmente, en la confianza que en ellos depositaron como tesoreros o mayordomos los reyes y los grandes señores para la gestión de las haciendas regia y nobiliarias. No cabe duda de que estos judíos contribuyeron en buena medida a una paulatina modernización en los reinos hispanos de las técnicas de gestión económica, anticipando la decisiva aportación que en este sentido harán algún tiempo después los banqueros y hombres de negocios genoveses establecidos en diversas localidades, señaladamente en Sevilla. Por lo que en concreto respecta a las tierras riojanas, cabe destacar a dos importantes personajes, llamados don Jachon Faras, vecino de Haro, y don Santo Tuby, vecino de Nájera, quienes a fines del siglo XV ejercían como mayordomos del adelantado don Íñigo de Guevara y del duque de Nájera, respectivamente (15. CANTERA MONTENEGRO, E., Op. cit., págs. 401 y 465.).
Por otra parte, la estratégica situación geo-política de la comarca riojana, a caballo de los reinos de Castilla, Aragón y Navarra, y en el eje del Camino de Santiago, fue un factor de primer orden en el desarrollo de un comercio interregional, en el que desde muy pronto intervinieron activamente los judíos quienes, con frecuencia, utilizaron la cobertura que les facilitaban las propias comunidades hebreas. Baste como ejemplo señalar que en documentación fiscal navarra de mediados del siglo XIV se encuentran noticias sobre varios judíos vecinos de Logroño, Calahorra y Cervera de Río Alhama que fueron obligados a satisfacer determinadas cantidades en los peajes de Tudela y Pamplona por las mercancías que sacaban desde el reino de Navarra (16. Véase MARTÍN DUQUE, A.J. - ZABALO ZABALEGUI, J. - CARRASCO PÉREZ, J., Peajes navarros, Universidadde Navarra, 1973.). Pese a que se trata, en general, de mercancías de escasa importancia y de poco valor cuantitativo, llama la atención el hecho de que aparezcan hasta seis judíos riojanos obligados a pagar en el peaje de Tudela en el corto espacio de tiempo comprendido entre marzo y julio de 1365 (Ybraym y Jento de Cervera, vecinos de Cervera de Río Alhama, y Simuel Alboros y Juçe, Juda y Simuel de Calahorra, vecinos de esta ciudad), lo que invita a pensar que debía tratarse de una práctica habitual. Unos decenios más tarde, en el año 1398, y en términos de la población navarra de Peralta, fueron requisadas catorce docenas de aceite a un judío de Calahorra, del que la documentación no nos ofrece su nombre, al ser acusado de transportar una cantidad de aceite mayor a la que en su momento había declarado y por la que había pagado los derechos correspondientes (17. Archivo General de Navarra, Comptos, Caj. 76, nº 48, XLV y XLVI. Véase CANTERA MONTENEGRO, E., Op. cit., pág. 541.).
Como es ya suficientemente conocido, desde los siglos XII y XIII los judíos hispanos manifiestan una clara preferencia por el mundo urbano, lo que obedecía no sólo a las mayores facilidades que la ciudad les ofrecía para la organización de su vida comunitaria (18. Las comunidades judías de mayor importancia constituían aljamas (en hebreo qahal= "congregación" o"asamblea"), término con el que se denomina a la comunidad judía que residía en una localidad determinada.Las aljamas gozaban de plena autonomía en sus asuntos internos, tanto de carácter religioso como fiscal o judicial, y se gobernaban de acuerdo con sus propios estatutos (taqqanot), a cuyo fin disponían de un cuerpo legislativo, de tribunales de justicia y de oficiales públicos propios. La pertenencia a la aljama era obligatoria para todos los judíos residentes en la localidad, quedando únicamente exceptuados de esta obligación algunos relevantes personajes por privilegio real.), sino también a su progresiva especialización en actividades socio-profesionales que pueden ser consideradas como propias del ámbito urbano. Pese a todo, no hay que perder de vista que los núcleos de población que se desarrollaron a lo largo del Camino deSantiago mantuvieron a lo largo de toda la Edad Media, como la ciudad medieval en su conjunto, un permanenteequilibrio entre las actividades propiamente urbanas y el mundo agrario. Y algo muy parecidosucedió con los judíos riojanos, de forma que no sólo los que residían en pequeñas localidades enclavadas en un medio rural, sino también los que eran vecinos y desarrollaban su actividad profesional en un núcleo urbano propiamente dicho compaginaban normalmente los intereses urbanos y los agrarios. De este modo, son muy frecuentes desde los siglos XI y XII las referencias documentales a judíos vecinos de distintas ciudades y villas riojanas que aparecen como contratantes o, simplemente, como colindantes o testigos en contratos de compraventa, permuta o arrendamiento de tierras de labor, huertas y viñedos.
La estrecha vinculación de las comunidades hebreas riojanas con el mundo agrario queda también de manifiesto a través de los largos y enconados pleitos que, con motivo de los diezmos y primicias de las tierras que los judíos adquirían de cristianos, se suscitaron en diversas localidades riojanas entre las aljamas judías, por una parte, y el cabildo catedralicio de Calahorra y las iglesias locales, por la otra. Estos pleitos tenían su origen en la reconocida exención de los judíos de satisfacer a la Iglesia los diezmos y primicias de todos los frutos obtenidos en las tierras de su propiedad, lo que había motivado la queja del cabildo de la Iglesia Catedral de Calahorra y de varias iglesias locales riojanas, por cuanto la frecuente adquisición por parte de los judíos de tierras que eran propiedad de cristianos y que, por tanto, estaban sujetas a estos gravámenes, suponía la detracción para ellas de cuantiosas rentas. En concordancia con las disposiciones emanadas del III y IV Concilios de Letrán, de 1179 y 1215 respectivamente, las sentencias otorgadas en los pleitos a que estamos haciendo referencia obligaron a los judíos a satisfacer a la Iglesia los diezmos y las primicias de todas aquellas tierras que adquirieran de cristianos y que con anterioridad estuvieran sujetas a dicha obligación tributaria (19. CANTERA MONTENEGRO, E., Op. cit., págs. 84-86 y 130-131.).
Al igual que en otras diversas comarcas hispanas, los judíos controlaron en la Rioja una parte importante del proceso de producción vinícola, de forma que son muy frecuentes las referencias documentales a judíos propietarios de viñedos, desde los siglos XI y XII hasta los mismos tiempos de la expulsión. No en vano, el vino constituye un elemento fundamental de la liturgia judía, siendo objeto de bendiciones rituales tanto en la cena del shabat (20. Sábado, día que pone fin a la semana en el calendario judío. En rememoración del descanso de Yahvehtras la creación del mundo (Génesis, II, 2-3), es un día consagrado al descanso y a la meditación.) como en el séder o cena ritual de Pesah, la Pascua judía (21. Pesah, literalmente "pasar de largo" o "perdonar la vida", es una de las tres fiestas mayores del calendario litúrgico judío, en la que se conmemora la liberación de la esclavitud de Egipto. Se celebra durante ocho días, a partir del 14 del mes de nisán (el comienzo de este mes oscila entre el 13 de marzo y el 11 de abril), en los que está terminantemente prohibido comer todo tipo de alimento fermentado, en especial pan. El rito principal de Pesah consiste en el séder, cena ritual que tiene lugar en las dos primeras noches de esta fiesta en rememoración de la última cena de los israelitas antes de su salida del cautiverio de Egipto. La celebración del séder va acompañada de diversas recitaciones, cánticos, bendiciones, aleluyas y otras plegarias, entre las que destaca la lectura por el padre de familia de la haggadah de Pesah, que actualiza el hecho histórico de la liberación de Egipto, que es el acontecimiento salvífico por excelencia del judaísmo.); asimismo, como en toda civilización mediterránea, el vino ocupaba entre los judíos un importante lugar en la alimentación cotidiana, aportando buen número de calorías a la dieta alimentaria. Por todas estas razones, las aljamas hebreas se esforzaron por garantizar el abastecimiento de "vino judiego", es decir de vino kasher o apto para el consumo por parte de los judíos (22. Para que goce de la condición de kasher, el vino debe cumplir determinados preceptos, entre los que es fundamental que en su proceso de elaboración no intervenga ningún gentil.). Llama poderosamente la atención cómo en diversas localidades las comunidades hebreas consiguieron de los concejos concesiones muy favorables en orden a la importación de "vino judiego" desde otras comarcas, especialmente en años de mala cosecha, lo que es altamente significativo teniendo en cuenta el fuerte proteccionismo que caracterizó a la producción y comercio del vino a lo largo de toda la Edad Media. Particularmente interesante es el caso de Haro, donde a fines del siglo XV debía ser tan abundante la producción de "vino judiego" que era muy frecuente que los vecinos cristianos acudieran a la judería para abastecerse de vino; esta práctica fue prohibida medianteuna disposición concejil de fecha 24 de marzo de 1490, por considerarla contraria a los usos, costumbres y leyes de la villa (23. Archivo Municipal de Haro, leg. 57, letra AB. CANTERA MONTENEGRO, E., Op. cit., pág. 379.).
Parece fuera de toda duda que en época bajomedieval los judíos, junto a los señores laicos y eclesiásticos, impulsaron decididamente la producción vinícola en diversas comarcas hispanas. Es éste un momento en el que la vid se había convertido en un producto de calidad y con fácil salida en el mercado, lo que condujo a una paulatina especialización comarcal vitivinícola; muy probablemente sea éste el caso de la Rioja, donde la extensión del cultivo de la vid se vio favorecida, entre otros diferentes motivos, por la amplia red fluvial y por el cinturón ciudadano. En el proceso de expansión de la vid en la Rioja tuvieron un destacado papel algunas comunidades hebreas, con las familias e individuos más dinámicos y emprendedores de las mismas a la cabeza, pues comprendieron enseguida la segura rentabilidad de un producto de primera necesidad y objeto de creciente demanda por los señores y por las ciudades. Estas circunstancias debieron animar a numerosos judíos riojanos a invertir elevados capitales en este tipo de producción, especialmente a partir del segundo tercio del siglo XV, en un momento en el que, superadas las dramáticas secuelas de las crisis demográficas propias de la segunda mitad del siglo XIV, surgen síntomas evidentes de una progresiva capitalización de la producción agraria. Estos novedosos planteamientos, unidos al crecimiento continuo de la masa monetaria y a la mayor velocidad de circulación de la misma, favorecieron la generalización de prácticas crediticias, de forma que, como antes se indicaba de forma más detallada, el crédito se transformó en un instrumento de primera importancia en orden a la financiación del sector agrícola; y no hay que olvidar el importantísimo lugar que ocupó el crédito agrícola judío en la Baja Edad Media.
Los judíos riojanos se interesaron también desde muy pronto por la producción hortícola, siendo muy frecuentes las referencias documentales a judíos propietarios de huertas en las ricas vegas del río Ebro y de sus principales afluentes riojanos (Tirón, Oja, Najerilla, Iregua, Cidacos y Alhama). Es muy probable que la llegada desde fines del siglo XII de grupos de judíos que huían de al-Andalus como consecuencia de la persecución almohade, en algunos casos expertos en cultivos de regadío en sus lugares de procedencia, incrementara el interés de las comunidades hebreas de territorio hispano-cristiano por una producción que comenzaba a tener un peso cada vez mayor en la alimentación cotidiana, y por ello mismo con fácil salida en los mercados urbanos que por las mismas fechas comenzaban a desarrollarse; la culminación de este proceso llevará a la constitución de auténticos cinturores hortícolas en torno a los principales núcleos de población, ya en época bajomedieval.
La contribución de los judíos al desarrollo de otros sectores de la actividad socio-profesional riojana no fue de menor importancia. Por lo que en concreto respecta a la artesanía, fueron varios los sectores -textil, metalúrgico, alfarero- en los que la intervención hebrea fue especialmente significativa en diversas localidades, aunque muy probablemente en ninguno de ellos alcanzó la relevancia que conoció en el del cuero, pudiendo llegar a aventurarse la hipótesis de que la industria de las tenerías y de los curtidos fuera en algunas localidades riojanas una aportación principalmente hebrea. Éste pudo ser el caso de Haro, población en la que las tenerías, ubicadas mayoritarimente en la zona de la Vega, se encontraban en buena parte en manos de judíos (24. HERGUETA Y MARTÍN, D., Noticias Históricas de la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Haro. Haro, 1906 (reimp. Excma. Diputación Provincial de Logroño, 1979, pág. 345).).
Las tenerías y curtidos contribuyeron al desarrollo de otras industrias de no menor importancia, como la del calzado, a la que se dedicaban numerosos judíos en diversas localidades riojanas. En el último cuarto del siglo XIV surgió un enconado enfrentamiento entre el cabildo de los zapateros de Logroño y algunos judíos vecinos de esta ciudad dedicados al oficio de la zapatería que, al parecer, les había estado tradicionalmente prohibido. La queja formulada en el año 1377 ante la justicia regia no debió alcanzar una solución satisfactoria para las partes litigantes, pues todavía en el año 1476 los Reyes Católicos se vieron obligados a mediar en la disputa; mediante una sentencia de fecha 4 de julio, en la que se recuerdan los orígenes del pleito un siglo antes, los reyes renovaban la prohibición de que los judíos ejercieran el oficio de la zapatería en la ciudad de Logroño (25. Archivo General de Simancas, Registro General del Sello, fol. 359; documento de julio de 1476. SUÁREZ FERNÁNDEZ, L., Documentos acerca de la expulsión de los judíos, págs. 97-103.). También en Haro eran varios los judíos que en el siglo XV se dedicaban a la elaboración de zapatos, pues en el año 1460 el concejo de esta villa ordenaba a García Pérez de Fynganos y a Juan Martínez de Riba contar los pies de alisos que habían cortado los zapateros judíos, pues se sospechaba que habían cortado un número superior de árboles que para el que habían sido autorizados (26. Archivo Municipal de Haro, leg. 100, letra H.).
Pero, con todo, debió ser aún más importante la aportación judía al desarrollo de otro tipo de actividades profesionales que podrían englobarse, utilizando la terminología actual, bajo la denominación de "liberales". Entre ellas ocupó un lugar de privilegio, sin duda de ninguna clase, la medicina, de manera que no hay prácticamente ninguna comunidad hispano-hebrea de cierta importancia en la que la documentación medieval no conserve alguna noticia sobre médicos o cirujanos judíos. Es muy posible que las autoridades comunitarias hebreas, y en particular los rabinos, propiciaran el aprendizaje de la medicina por parte de algunos miembros de la comunidad, con el fin de no depender de los médicos cristianos, teniendo en cuenta la estrecha interconexión que a lo largo de toda la Edad Media existió entre medicina y religión. Es probable también que la difusión de la práctica de la medicina entre los judíos de la España cristiana guarde alguna relación con la llegada de los judíos andalusíes que huían de las persecuciones almorávide y almohade, si tenemos en cuenta la larga tradición que el ejercicio del oficio médico tuvo en las comunidades hebreas de la España musulmana; estos judíos inmigrantes llegarían no sólo con los conocimientos científicos sino también, con toda probabilidad, con algunos manuscritos de obras clásicas de medicina.
En definitiva, eran numerosos los judíos que, al menos desde los siglos XII y XIII, ejercían la medicina en los diversos reinos hispanos, pudiendo también rastrearse en la documentación de estas centurias referencias documentales a médicos judíos en las cortes regias de Castilla y Aragón, lo que constituye una prueba inequívoca de la alta reputación profesional de que gozaban. Otra prueba incontestable acerca del elevado número de judíos que practicaban la medicina, y del recelo cada vez mayor que ello provocaba entre la población cristiana, es que desde fines del siglo XIV comienzan a extenderse por los reinos hispanos acusaciones contra los médicos judíos, quienes aprovecharían su ventajosa posición para causar la muerte de sus pacientes cristianos; una de las primeras calumnias de este tipo es la que recayó sobre Mayr Alguadex, quien fue acusado de la muerte del rey Enrique III. No llama la atención, por tanto, que desde comienzos del siglo XV se prohiba a los judíos la práctica del oficio médico en diversos ordenamientos legales castellanos, principalmente en el Ordenamiento de Valladolid de 1405 y en las leyes de Ayllón de 1412. Pese a todo, los judíos continuaron desempeñando esta profesión a lo largo de todo el siglo XV, hasta el mismo momento de la expulsión; y de hecho, en diversas poblaciones hispanas surgieron muy serios problemas debido a la falta de médicos como consecuencia de la salida de los judíos. Es suficientemente expresivo a este respecto el caso de la ciudad de Vitoria donde, reunidos los representantes concejiles en ayuntamiento el día 28 de octubre de 1492, "conosçiendo la neçesidad en que la çibdad e su tierra e comarca estaba de físicos por la ida e absençia de los judíos e físicos de la dicha çibdad e de sus comarcas", acordaron solicitar al licenciado maestre Antonio de Tornay, físico, que permaneciera en la ciudad, ofreciéndole la suma de diez mil maravedíes por ejercer el oficio médico durante un año. Esta crítica situación se mantuvo durante algún tiempo en la ciudad vitoriana, de modo que en el ayuntamiento que tuvo lugar el día 10 de junio de 1493 las autoridades del concejo se quejaban de que había "escasez de médicos, por la ida y absençia de los judíos" (27. LANDÁZURI Y ROMARATE, J.J. de, Historia General de Álava. Libro VI: Historia civil, eclesiástica, política, legislativa y foral de la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Vitoria, Bilbao, La Gran Enciclopedia Vasca (reimp.), 1973, pág. 113.).
Al igual que en otras comarcas hispanas, también en la Rioja los médicos judíos desempeñaron un papel fundamental en el cuidado de la salud pública, siendo varios los nombres de maestres, físicos y cirujanos judíos que aparecen en la documentación riojana de época bajomedieval (28. CANTERA MONTENEGRO, E., Op. cit., págs. 137-140.); en algunos concejos, incluso, los judíos debían ejercer un cierto monopolio de la medicina. Éste debía ser el caso de Haro a fines del siglo XV, pues sabemos que en noviembre de 1488 maestre Vidal, médico judío, solicitaba del concejo la concesión de un salario como compensación por los servicios que había prestado de forma desinteresada, y aún facilitándoles medicamentos de forma gratuita, a numerosos enfermos pobres de esta villa, tanto en el hospital como en sus casas. En su reclamación maestre Vidal ponía en conocimiento del concejo que continuamente se le reclamaban sus servicios desde otras diversas localidades, pero indicaba que su deseo era quedarse en Haro siempre y cuando se le facilitara el salario solicitado. Finalmente el concejo no consideró oportuna la fijación de un salario para maestre Vidal, aunque manifestó que no se opondría a la decisión que al respecto adoptaran el alcalde y los regidores de la villa (29. Archivo Municipal de Haro, leg. 57, letra Z.).
Dos años después, en 1490, ocupaba el cargo de médico del concejo de Haro otro judío, llamado maestre Levi, quien recibía del mayordomo del concejo la cantidad de ocho fanegas de trigo por el desempeño de este oficio. Por acuerdo adoptado el día 18 de febrero de 1491, el concejo decidió no mantener a maestre Levi el salario que venía percibiendo, fuera en metálico o en especie, alegando para ello el sorprendente razonamiento de que los vecinos de la villa estaban sanos; de este modo, en adelante las personas que enfermaran deberían avenirse de forma personal con maestre Levi (30. Archivo Municipal de Haro, leg. 57, letra N.). El médico judío actuó contra la decisión concejil y logró una carta del Conde de Haro en la que se ordenaba al concejo el mantenimiento del salario que venía percibiendo maestre Levi; la réplica de las autoridades concejiles ante el Conde no se hizo esperar, alegando que la sentencia pronunciada suponía un gravo quebranto para los intereses económicos del concejo, por cuanto eran muchas sus necesidades y, además, porque podría servir de precedente para otras de similar naturaleza (31. Archivo Municipal de Haro, leg. 57, letra AC.). La documentación conservada no nos informa sobre el resultado final de este litigio.
Como era habitual entre los reyes y entre los miembros de la alta nobleza, los Condes de Haro tuvieron también a su servicio médicos judíos, entre los que figura en el año 1490 don Santo Setebi como médico de la condesa (32. Archivo General de Simancas, Patronato Real, Inquisición, leg. 28/73v. CARRETE PARRONDO, C., Fontes Iudaeorum Regni Castellae. II. El Tribunal de la Inquisición en el Obispado de Soria (1486-1502), Universidad Pontificia de Salamanca-Universidad de Granada, 1985, pág. 166, párrafo 401.).
En Logroño se produjo también a comienzos del siglo XVI una situación similar a la de Vitoria a la que antes se hacía referencia, lo que hace sospechar que con anterioridad a la promulgación del edicto general de expulsión de 1492 la mayor parte de los médicos de esta ciudad debían ser judíos (33. No obstante, la documentación logroñesa de fines del siglo XV no es muy abundante en noticias sobre médicos hebreos, y tan sólo ofrece alguna información sobre rabí Jaco Galochero, físico de profesión, quien en el año 1489 mantenía un pleito con rabí Ça, también vecino de Logroño, quien le acusaba de una agresión(Archivo General de Simancas, Registro General del Sello, fol. 251; documento de julio de 1489).). Así, el concejo logroñés se vio en la necesidad de nombrar como médico al judeoconverso doctor Béliz, pues no era posible encontrar otro que cumpliera el requisito deseable de ser cristiano viejo (34. CANTERA BURGOS, F., "Las juderías españolas y el Camino de Santiago", pág. 94.). Es posible que el grave problema que debió plantearse en 1492 por la marcha de los médicos judíos se resolviera, al menos parcialmente, gracias al retorno de algunos de los expulsados, convertidos previamente al cristianismo; éste es el caso de maestre Francisco, quien en el año 1493 regresó de Portugal, reclamando inmediatamente la devolución de los bienes que había vendido al salir de la ciudad (35. Archivo General de Simancas, Registro General del Sello, fol. 177; documento de julio de 1493. SUÁREZ FERNÁNDEZ, L., Documentos acerca de la expulsión de los judíos, págs. 522-523.).
Aprovechando una vez más la estratégica situación geo-política del territorio riojano, y siguiendo una tradición hebrea que tuvo una especial significación en las relaciones entre los reinos hispano-cristianos y el reino nazarí de Granada a lo largo de la Baja Edad Media (36. El papel de los judíos en las relaciones cristiano-islámicas fue especialmente importante en su faceta de diplomáticos y de intérpretes. Véanse sobre este particular, entre otros, los trabajos de ABELLÁN PÉREZ, J., "Notas sobre cuatro judíos murcianos", en Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos, XXX, 2 (1981), págs. 99-107, de MENJOT, D., "Les minorités juives et musulmanes dans l'économie murcienne au Bas Moyen-Age", en Minorités et Marginaux en France méridionale et dans la Péninsule Ibérique (VIIe-XVIIIe siècles), Actes du Colloque de Pau, 27-29 mai 1984, Paris. Éditions du Centre National de la Recherche Scientifique, 1986, págs. 265-286, y de CANTERA MONTENEGRO, E., "Algunas notas acerca de los judíos murcianos y la frontera del reino de Granada a fines de la Edad Media", en Dona Ferentes. Homenaje a Francisco Torrent, Madrid, Ediciones Clásicas, 1994, págs. 45-57.), algunos judíos riojanos desarrollaron una interesante actividad política y diplomática, normalmente al servicio de los reyes castellanos o navarros. Éste es el caso del judío llamado Ferrandillo de Haro, posiblemente vecino de esta localidad riojana, quien en el transcurso de la guerra civil que enfrentó por el trono castellano a Pedro I y a su hermanastro Enrique de Trastámara actuó como embajador castellano ante el rey Carlos II de Navarra (37. Archivo General de Navarra, R.C. tomo 131, fol. 101. GARCÍA-ARENAL, M. y LEROY, B., Moros y judíos en Navarra en la baja Edad Media, Madrid, Hiperión, 1984, pág. 185.). En el marco de la misma contienda Judas León, judío vecino de Alfaro, estaba registrado en la Cámara de Comptos como embajador secreto del rey de Navarra, por lo que en el año 1369 se daban órdenes por parte de la tesorería real navarra para que se le libraran veinte florines de oro como recompensa por sus servicios (38. Archivo General de Navarra, Comptos, Caj. 14, nº 155, fol. 19rº y vº. LEROY, B., "Le Royaume de Navarre et les Juifs aux XIVème et XVème siècles: entre l'accueil et la tolerance", en Sefarad, XXXVIII (1978), págs. 263-292 (en concreto, pág. 277).).
En último lugar, hay que hacer una breve referencia a la contribución intelectual de los judíos a la sociedad riojana medieval. A este respecto, no pasa inadvertido que en la comunidad hebrea riojana no sobresalió a lo largo de toda la Edad Media ninguna figura que alcanzara auténtico relieve en la intelectualidad hispano- hebrea; de este modo, no aparece ningún judío riojano en la amplia nómina de trescientos cuarenta y seis autores citados por Ángel Sáenz-Badillos y Judit Targarona en su Diccionario de autores judíos (39. SÁENZ-BADILLOS, A. y TARGARONA BORRÁS, J., Diccionario de autores judíos (Sefarad. Siglos X-XV), Córdoba, Ediciones El Almendro, 1988.). Esta penuria contrasta con el esplendor intelectual de la aljama navarra de Tudela, tan próxima a la comarca riojana, y que a lo largo de la Edad Media constituyó un auténtico foco irradiador de cultura y centro de consultas rabínicas para el judaísmo occidental; en la aljama tudelana brillaron figuras de la talla de Abraham ibn Ezra, Yehudah ben Semuel ha-Levi y Benjamín de Tudela, en los siglos XI y XII; Abraham ben Semuel Abulafiah y Sem Tob ben Yosef ibn Falaqerah, en el siglo XIII; Hayyim ben Semuel ben David de Tudela, Moshe ben Semuel ben Abbos y Sem Tob ben Yishaq ibn Saprut, en el siglo XIV; y Sem Tob ben Semuel ben Yamil, Yehosua ibn Suayb o Yoel ibn Suayb, en el siglo XV, quienes cultivaron los más diversos campos de la poesía, la filosofía, la ciencia, la geografía, la exégesis, la kabbalah (40. Textualmente, "tradición". Es una corriente místico-especulativa del judaísmo, que conoció una importantedifusión a lo largo de las Edades Media y Moderna. Consiste, en un principio, en una interpretaciónmística de la Torah, a la que se vinieron a añadir, posteriormente, prácticas esotéricas y de astrología y hechicería.Su obra culminante es el Séfer ha-Zohar (= Libro del Esplendor), del que es autor el rabino Moshe benSem Tob de León (1250-1305).)o la halakah (41. Textualmente, "camino" o "marcha". Con este término se designan las secciones de carácter más propiamente jurídico del Talmud, que constituyen un "corpus" de normas y formas de conducta ético-jurídicas.).
Es muy probable que algunos rabinos de las principales comunidades hebreas riojanas acudieran a completar su formación a la yeshibah (42. Literalmente, "sesión" o "asiento". Así se denomina a la escuela o academia superior talmúdica, dedicada de forma expresa al estudio de la Torah y del Talmud. La mayor parte de las sinagogas disponían de una yeshibah, que era muy frecuentada por rabinos, estudiantes y lectores piadosos. Normalmente las yeshibotdis ponían de un grupo permanente de rabinos, quienes percibían una modesta pensión que corría a cargode la propia comunidad, de un legado particular o de un mecenas.) de Tudela, que alcanzó gran notoriedad en el mundo hebreo del norte peninsular hispano, o que mantuvieran una correspondencia más o menos regular con los rabinos de la misma. A su vez, los rabinos riojanos se encargarían de transmitir los conocimientos adquiridos a través de la yeshibah de su aljama.
Por otra parte, las autoridades comunitarias hebreas se interesaban por la educación de los niños, a cuyo fin procuraban el mantenimiento de una o varias escuelas. Según prescriben las Taqqanot de Valladolid de 1432 en su capítulo primero (43. Las Taqqanot, literalmente "estatutos" u "ordenanzas", consisten en decisiones rabínicas que tienen valor de ley para la población hebrea, sin posibilidad alguna de apelación; pueden consistir en un reglamento o en una prescripción. En general, responden a necesidades concretas y circunstanciales de una determinada comunidad, y le afectan únicamente a ella, siendo mucho más raras las Taqqanot de carácter general para el conjunto de las comunidades hebreas de un reino. Entre estas últimas tienen una muy especial relevancia las Taqqanot redactadas y aprobadas en 1432 por una comisión de judíos notables, representantes de las principales aljamas del reino de Castilla, reunidos en Valladolid bajo la presidencia de Abraham Bienveniste; estas Taqqanot servirían como norma de gobierno general para todas las comunidades hebreas castellanas, y su objetivo principal consistía en la recuperación del judaísmo tras las desastrosas consecuencias derivadas de las persecuciones antijudías de 1391. Las Taqqanot de Valladolid de 1432 pueden consultarse a través de la excelente edición de MORENO KOCH, Y., Fontes Iudaeorum Regni Castellae. V. De iure hispano-hebraico. Las Taqqanot de Valladolid de 1432. Un estatuto comunal renovador, Salamanca, Universidad Pontificia de Salamanca-Universidad de Granada, 1987 (en concreto para el tema de las escuelas comunitarias, véanse págs. 29-33).), toda aljama habrea que contara con al menos quince cabezas de familia debería disponer de un maestro, al que se aseguraría un mantenimiento razonable por parte de los padres de los alumnos; el maestro podría tener a su cargo hasta un máximo de veinticinco niños, que podrían ser cuarenta si tuviera la ayuda de un monitor. Estas escuelas (habrah en hebreo) ofrecían a los niños los rudimentos de una instrucción básicamente religiosa (bendiciones que deben ser pronunciadas a lo largo del día; oraciones cotidianas (44. Entre todas ellas sobresale la Shemah Yisra él (="Escucha Israel"), oración que recoge los principios fundamentalesde la religión judía, y en la que se afirma de forma indubitable la unicidad divina; su denominaciónobedece a que comienza con esas palabras.), del sábado y de las principales fiestas del calendario litúrgico judío; y, en general, una familiarización con la Torah), así como la enseñanza de las operaciones aritméticas básicas y de la lectura y escritura mecánicas de la lengua castellana y, en menor medida, de la hebrea. No hay que olvidar que a lo largo de la Edad Media la lengua de comunicación entre los judíos hispanos era la lengua vernácula (castellano, catalán o gallego), y que, excepto en el caso de los rabinos o de personas especialmente cultas, sus conocimientos del hebreo eran muy escasos, y se limitaban a la recitación de las oraciones más comunes y al seguimiento de la liturgia sinagogal. Por este motivo, como se indica en bastantes procesos inquisitoriales de fines del siglo XV, con cierta frecuencia acudían algunos judeoconversos en secreto a los rabinos de la aljama de la población en la que residían, o de alguna localidad próxima, con el fin de que les leyeran y tradujeran libros y oracionales escritos en hebreo, pues para ellos resultaban ya absolutamente incomprensibles, lo mismo que para la gran mayoría de quienes se mantenían fieles a la religión judía.
Las comunidades más numerosas disponían, además, de un talmud torah, la gran escuela comunitaria, conocida frecuentemente entre los judíos españoles y entre sus descendientes emigrados después de 1492 al Próximo Oriente como habrah grande; las Taqqanot de Valladolid de 1432 fijan en cuarenta el número de cabezas de familia a partir del que toda comunidad hebrea del reino de Castilla debería disponer de un talmud torah (45. MORENO KOCH, Y., Fontes Iudaeorum Regni Castellae. V. De iure hispano-hebraico. Las Taqqanot de Valladolid de 1432. Un estatuto comunal renovador, pág. 31.). A esta escuela superior acudían sólo los niños que poseían un mayor nivel cultural, y siempre y cuando el status socio-económico de sus padres les permitiera prolongar sus estudios durante unos años más; su mantenimiento corría a cargo de la sinagoga o sinagogas de la localidad. La enseñanza impartida a los alumnos consistía, principalmente, en una ampliación de los conocimientos de la gramática hebrea, en la realización de comentarios exegéticos sobre textos de autores hebreos (Maimónides, Rabí Abraham ben Ezra) y en una profundización en el estudio del Talmud. Aunque no se conservan datos documentales que permitan asegurarlo de forma concluyente, todo hace suponer que en el siglo XV las aljamas de Haro, Navarrete, Arnedo, Cornago y Calahorra, entre otras comunidades hebreas riojanas, dispondrían de un talmud torah.
En definitiva, las autoridades comunitarias hebreas se esforzaron por garantizar una instrucción, siquiera mínima, de los niños varones (46. Mientras los niños eran enviados desde los cinco o seis años a la habrah, las niñas permanecían en sus casas y eran educadas por sus madres en sus deberes religiosos, en sus responsabilidades morales y en sus obligaciones domésticas, de forma que, con frecuencia, ni siquiera aprendían a leer, ya que su misión fundamental en la vida sería el cuidado de su marido y de sus hijos. Sólo ocasionalmente aparecen referencias documentales en algunas aljamas hispanas a maestras, quienes se ocuparían de la educación de las niñas de familias pertenecientes a los estratos más altos de la sociedad judía local.), con una finalidad primordialmente religiosa, pues en época medieval el primer deber de cualquier buen judío consistía en conocer y poner en práctica los preceptos de la Ley de Moisés. Es posible que la organización educativa de las aljamas hebreas haya podido, incluso, servir de modelo para algunos concejos hispano-cristianos, pues la mutua influencia cristiano-hebrea se observa también en otros múltiples aspectos de la estructura organizativa comunitaria, y es una más de las muchas consecuencias derivadas de la larga convivencia entre ambas comunidades. En este sentido, algunos autores han llamado la atención sobre la semejanza existente en el proceso evolutivo de los concejos hispano- cristianos y de las aljamas hebreas, poniendo de relieve el paralelismo que, en su estructura general, puede apreciarse entre las comunidades de villa y tierra y las collecta hispano-judías (47. Las collecta son circunscripciones o distritos formados por una aljama y por varias comunidades judías de menor entidad, con una finalidad inicial de organizar la recaudación tributaria; a la larga, las collecta generaron lazos de unión entre las distintas comunidades que las integraban, y constituyeron un elemento de indudable interés en la organización autónoma judía en la España medieval, por debajo de las Asambleas o Consejos nacionales (de Castilla o de Aragón). Véase al respecto el interesante trabajo de RUIZ GÓMEZ, F., "Aljamas y concejos en el Reino de Castilla durante la Edad Media", en Espacio, Tiempo y Forma. Revista de la Facultad de Geografía e Historia de la UNED. Serie III. Historia Medieval, 6 (1993), págs. 57-77.).
Enrique Cantera
Titular de la UNED de Historia Medieval